Asunto: 2025-3751

Fecha presentación: 21/04/2025

Código Ord.: 2025-2735

Fecha sanción: 15/05/2025

Título: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL para otorgar la Concesión Pública de los servicios públicos de Agua

Resumen: CONVOCANDO a LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL para otorgar la Concesión Pública de los servicios públicos de provisión de Agua Potable, Saneamiento y Cloacas en la ciudad de Bell Ville. Presentado por el D.E.M., el día 21/04/2025, bajo el N° 3751/2025. SEGUNDA LECTURA.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTO
Ref. Expte n° 249/2025
Llamado a Licitación Pública -
Concesión de Servicios de Agua, Cloaca y Tratamiento de Efluentes.-

Ante la necesidad de garantizar la adecuada prestación de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales, como el tratamiento de efluentes en nuestra Ciudad, asegurando además la continuidad, eficiencia y mejora progresiva de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales, mediante una concesión que permita la inversión, el desarrollo tecnológico y la adecuada regulación de los mismos.
Que el artículo 66 de la Carta Orgánica indica que son atribuciones y deberes del concejo deliberante aprobar las bases y condiciones de las licitaciones a su vez el artículo 159 de la Carta Orgánica Municipal establece que el plazo de las concesiones no podrá exceder los quince (15) años, salvo autorización mediante referéndum obligatorio.-
Que la concesión actualmente vigente, otorgada originalmente en 1994 por el Gobierno de la Provincia de Córdoba a la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda. y transferida mediante convenio aprobado por Ordenanza N° 795/1994 a la Municipalidad de Bell Ville, finalizó el día 1 de marzo de 2025 encontrándose en la actualidad prorrogada en forma precaria de manera única y excepcional, mediante Ordenanza n° 2712/2024.-
Que mediante Ordenanza N° 2236/2018 se aprobó el convenio con el Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba (ERSeP), transfiriéndose a dicho organismo la función de regulación y control de la prestación del servicio;
Que atento a la finalización del vínculo contractual luego de 30 años de concesión, el Municipio, en su carácter de titular de los servicios públicos, debe definir un nuevo modelo de prestación con enfoque integral, orientado a mejorar la calidad de vida de la población y asegurar un servicio eficiente, sostenible y equitativo;
Que para ello se ha llevado adelante un proceso de recopilación, análisis y planificación, que incluyó el relevamiento técnico, económico, legal y social del sistema, la evaluación del estado de los activos, la revisión del modelo tarifario, la definición de criterios de sostenibilidad financiera, y el diseño de los pliegos licitatorios;
Que, en función de la complejidad técnica del proceso y de la necesidad de garantizar la transparencia y la incorporación de mejores prácticas, se promovió la contratación de una consultoría externa especializada, con competencias en economía, ingeniería, derecho y gestión de servicios públicos;
Que dicho trabajo se realizó en el marco de una estrategia de modernización y fortalecimiento institucional, en línea con el Plan de Desarrollo Productivo Local y los principios de gobernanza democrática, acceso equitativo y sustentabilidad de los servicios públicos esenciales y la transparencia en la gestión pública;
Que el Municipio ha resuelto llevar adelante este proceso mediante una Licitación Pública Nacional, lo que asegura máxima transparencia, apertura a oferentes de todo el país y competitividad técnica y económica en las propuestas;
Que el otorgamiento conjunto y bajo concesión integral de los servicios públicos de agua potable y saneamiento mediante una Licitación Pública Nacional constituye un hecho inédito en todo el territorio de la provincia de Córdoba, marcando un precedente en términos de modernización institucional, planificación estratégica y fortalecimiento de la gestión de servicios públicos esenciales;
Por ello.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2735/2025

Artículo 1°: CONVÓQUESE a Licitación Pública Nacional para el día que mediante Decreto determine el Departamento Ejecutivo Municipal, para la concesión de los servicios públicos de provisión de agua potable, desagües cloacales y tratamiento de efluentes líquidos cloacales, derivados de la ciudad de Bell Ville, de acuerdo con lo establecido en la presente Ordenanza y en los Pliegos de Bases y Condiciones que se incorpora como parte integrante de la misma, el cual regirá el proceso licitatorio. La fecha de convocatoria que fijará el Departamento Ejecutivo Municipal mediante decreto, no deberá exceder el plazo máximo de sesenta 60 días a contar desde la promulgación de la presente Ordenanza. FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar dicha concesión por un plazo de quince (15) años, con posibilidad de prórroga según las condiciones establecidas en el citado Pliego.

Artículo 2º: APRUÉBASE la siguiente documentación que pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza:
1) Pliego de Bases y Condiciones
a. Definiciones Complementarias (Anexo I)
b. Normativa Aplicable (Anexo II)
c. Declaración de Integridad (Anexo III)
d. Continuidad de Servicios y Clasificación de Interrupciones (Anexo IV)
e. Inventario de bienes afectados al servicio (Anexo V)
f. Plan de Inversiones Prioritarias (Anexo VI)
Artículo 3°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar todas las acciones necesarias para la instrumentación del proceso licitatorio, firma del contrato de concesión y demás actos administrativos relacionados.
Artículo 4°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.-
Artículo 5°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.