Asunto: 2018-2874

Fecha presentación: 03/09/2018

Código Ord.: 2018-2216

Fecha sanción: 04/09/2018

Título: NUEVA ESCALA SALARIAL AGOSTO 2018

Resumen: NUEVA ESCALA SALARIAL AGOSTO 2018

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

VISTO:
El acuerdo arribado entre el SINDICATO UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE BELL VILLE y la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE.

Y CONSIDERANDO:
Que en el marco de las reuniones celebradas entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los representantes gremiales, a los fines de evaluar el nivel de ingreso salarial, se resolvió acordar, un incremento escalonado reflejado de la siguiente manera: a) en el mes de Agosto, un cinco por ciento (5%) en relación a los haberes del mes de Junio de 2018 y b) en el mes de octubre, otro cinco por ciento (5%) en relación al sueldo del mes de agosto de 2018, además, los ítems Refrigerio y Asistencia Perfecta y Puntualidad, también sufrirán un incremento, los cuales se percibirán en un total de pesos seiscientos cincuenta ($ 650,00) y de seiscientos pesos ($600,00) respectivamente.
Que lo expuesto se ajusta al interés y preocupación social de la actual Administración Municipal por recomponer y mejorar el nivel de ingresos de todos los trabajadores que componen la familia municipal, en tanto ello sea posible y compatible con los ingresos provenientes de la recaudación municipal y el resto de las erogaciones necesarias para el mantenimiento, continuidad y desarrollo de los servicios públicos y el resto de la actividad municipal.
Por lo expuesto:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2216/2018

Artículo 1º:
APRUEBASE un incremento salarial para los empleados de planta permanente así como también a los jornalizados, contratados y funcionarios de la Municipalidad de la Ciudad de Bell Ville, Departamento Unión, Provincia de Córdoba, cuyo importe – para las distintas categorías– será el siguiente: a) en el mes de Agosto, un cinco por ciento (5%) en relación a los haberes del mes de Junio de 2018 y b) en el mes de octubre, otro cinco por ciento (5%) en relación al sueldo del mes de agosto de 2018, además, los ítems Refrigerio y Asistencia Perfecta y Puntualidad, también sufrirán un incremento, los cuales se percibirán en un total de pesos seiscientos cincuenta ($ 650,00) y de seiscientos pesos ($600,00) respectivamente. Todos los incrementos porcentuales precitados, a calcular sobre los haberes vigentes en los términos de la nueva escala salarial obrante en el ANEXO UNICO, que se incorpora como parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo 2º:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar la ejecución de la presente Ordenanza. -

Artículo 3º:
LA presente Ordenanza Municipal comenzará a regir a partir de su promulgación.

Artículo 4º:
COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.