Asunto: 2018-2860

Fecha presentación: 07/08/2018

Código Ord.: 2018-2215

Fecha sanción: 16/08/2018

Título: Contrato locación DISPENSARIO MUNICIPAL “SANTA RITA”

Resumen: Contrato locación DISPENSARIO MUNICIPAL “SANTA RITA”.

Estado: Vigente

Texto completo:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2215/2018

Artículo 1º: RATIFICAR el contrato de locación urbana celebrado por el Señor CARLOS EDGARDO BRINER, en su carácter de titular del Departamento Ejecutivo Municipal, en nombre y representación de la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, en ejercicio de sus atribuciones legales, y la Señora ENILDA MARIA CICARELLI DE ZUCAR, DNI N° 7.568.084 con relación al inmueble de su propiedad, ubicado en calle Falucho N° 67 de esta Ciudad, y con destino al funcionamiento del DISPENSARIO MUNICIPAL “SANTA RITA”, en el marco del Programa Municipal de Atención Primaria de la Salud, el que se incorpora como ANEXO I (de una foja) y forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.-

Artículo 2º: La ratificación dispuesta en el artículo precedente comprende el otorgamiento al Departamento Ejecutivo de la facultad para celebrar el contrato de locación urbana con la propietaria del inmueble hasta por un término máximo de dos (02) años con un precio mensual equivalente A CINCO MIL ($ 5.000), para el primer año de locación, para el segundo año de locación dicho monto mensual se incrementará en un 30%, con más los impuestos, tasas y servicios que correspondan al inmueble locado.-

Artículo 3º: El egreso que demande la contratación de los artículos precedentes se imputará a la partida presupuestaria Cuenta Número 02.01.03.02.01 (ALQUILERES DE EDIFICIOS LOCALES Y CARPAS ESTRUCTURALES) de la Ordenanza Presupuestaria Vigente.-

Artículo 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

FUNDAMENTOS

Visto que el Dispensario “SANTA RITA” viene desarrollando su actividad en la propiedad ubicada en calle Falucho N° 67 de esta Ciudad de Bell Ville.-

Que se deber seguir dando respuesta a los vecinos de este sector de la Ciudad, para dar contención sanitaria a los mismos.

Y considerando que dentro del Plan Municipal de Atención Primaria de la salud, se tiene previsto seguir contando con el Dispensario SANTA RITA, para dar cobertura a las necesidades planteadas.

Que este nuevo proyecto, pretende la composición por acuerdo de partes, de los valores locativos, los que quedarán fijados para toda la vigencia del contrato respectivo, resultando innecesarias otras cláusulas de actualización.-

Por lo expuesto:

Bell Ville, 27 de julio de 2018.

Al Sr. Presidente del Concejo
Deliberante de Bell Ville
Dr. Ernesto Ramon Gavier
Presente

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a Usted y por su digno intermedio a los miembros del Órgano Deliberativo que Ud. preside, a fin de elevar el presente Proyecto de Ordenanza, que tiene por finalidad la ratificación del contrato de locación urbana del inmueble sito en calle Falucho N° 67, de esta Ciudad, celebrado por el Intendente Municipal en ejercicio de sus atribuciones legales y la Señora ENILDA MARIA CICARELLI de ZUCAR , a fin de dar continuidad con el funcionamiento del DISPENSARIO MEDICO MUNICIPAL, SANTA RITA,en el marco del Programa Municipal de Atención Primaria de la Salud.-
Que habiendo quedado sin vigencia el contrato anterior, anexo a la Ordenanza Nº 1881/2014.
Por lo todo lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal solicita se imprima el debido tratamiento legislativo, al mencionado proyecto de Ordenanza.-
Sin otro particular, saludo a Ud. con la mayor consideración y respeto.-