Asunto: 2026-3898

Fecha presentación: 28/07/2026

Código Ord.: 2026-2817

Fecha sanción: 06/08/2026

Título: ESTABLECIENDO la numeración de la calle General Paz del 800 al 1000

Resumen: ESTABLECIENDO la numeración de la calle General Paz del 800 al 1000 y la circulación de doble mano del 800 al 1000. Presentado por el Bloque Unión Cívica Radical con la autoría del Concejal Juan Pablo Oviedo, el día 28/07/2026, bajo el N° 3898/2026.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

Dada la reciente apertura de la traza de calle General Paz, en el tramo comprendido entre las numeraciones 800 al 900 y 900 al 1000. A lo que se suma la necesidad de proceder a su correcta identificación catastral mediante la asignación de la correspondiente numeración y de establecer el sentido de circulación vehicular de dicha arteria
Que la apertura de este nuevo tramo de la calle General Paz constituye una obra de significativa importancia para el desarrollo urbano de ese sector de la ciudad, mejorando la conectividad entre distintos barrios y facilitando una circulación más ágil y ordenada.
Que la habilitación de esta arteria permitirá una mejor distribución del tránsito vehicular, ofreciendo nuevas alternativas de circulación y favoreciendo el acceso de vecinos, frentistas, servicios públicos y de emergencia.
Que, en atención a las características urbanísticas del sector y al análisis realizado por las áreas técnicas competentes, resulta conveniente establecer para dicho tramo el doble sentido de circulación, medida que permitirá responder de manera adecuada a las necesidades actuales y futuras de movilidad.
Que las medidas propuestas constituyen una adecuación necesaria de la infraestructura vial de la ciudad, acompañando el crecimiento urbano y generando mejores condiciones de accesibilidad, circulación y calidad de vida para los vecinos del sector.

Proyecto presentado por el Bloque de la U.C.R. con autoría del Concejal Juan Pablo Oviedo.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNION, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2817/2026

Artículo 1°: ESTABLÉCESE la numeración oficial de la calle General Paz, en el tramo comprendido entre las numeraciones 800 al 900 y 900 al 1000.
Artículo 2°: DISPÓNESE que el tramo de calle General Paz comprendido entre las numeraciones 800 al 1000 (calles Bv. Unión y Ricardo Aravena) tendrá doble sentido de circulación vehicular, debiendo el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área competente, disponer la señalización horizontal y vertical correspondiente, conforme a la normativa vigente en materia de tránsito.
Artículo 3°: ENCOMIÉNDESE al Departamento Ejecutivo Municipal la comunicación de la presente Ordenanza a las reparticiones públicas y organismos que correspondan, en especial a la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba, al Registro General de la Propiedad, a las empresas prestatarias de servicios públicos y privados, al Correo Argentino y demás organismos que utilicen la nomenclatura urbana oficial.
Artículo 4°: ENCOMIÉNDESE al Área de Tránsito Municipal la colocación de la cartelería nomencladora de la arteria y de la señalización vial necesaria para la correcta implementación del doble sentido de circulación.
Artículo 5°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 6°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.-