Asunto: 2018-2880
Fecha presentación: 10/09/2018
Código Ord.: 2018-2221
Fecha sanción: 04/10/2018
Título: RATIFICANDO ACUERDO FARELEIRA
Resumen: RATIFICANDO ACUERDO FARELEIRA.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS.
Visto que con fecha 10 de septiembre de 2018, la Municipalidad de Bell Ville suscribió con el Sr. Francisco Fareleira, convenio mediante el cual, se pretende concluir con el diferendo suscitado por la utilización parcial de dos lotes que la Municipalidad de Bell Ville, afectara al trazado de la calle Juncal, entre Gerónimo del Barco y Falcatto.-
Que con fecha 25 de septiembre de 1987, se había suscripto la aceptación de una propuesta del Sr. Fareleira y la Municipalidad, para compensar la utilización de los lotes relacionados.-
Que desde el año 1987 a la fecha y, siguiendo el acuerdo arribado en su momento, se cumplieron las siguientes obligaciones a cargo del municipio a saber: a) se otorgó el libre deuda de la obra de gas natural; b) se efectuó la conexión de agua a los terrenos 4 y 6 de la manzana 14; c) se corrigieron problemas edilicios que estaban ubicados en la traza de la calle Juncal y c) se solicitó y se obtuvo en su momento el permiso de la empresa constructora para depositar maquinaria o vehículos en la fracción de terreno que quedó en la manzana 13.-
Además la municipalidad procedió a dar de baja la cuenta por tasa de servicios a la propiedad sobre el inmueble original de 39,90 mts. De frente sobre calle Gerónimo del Barco e individualizó, a partir del 27 de junio de 1996, las cuentas de los dos nuevos lotes generados por la apertura de la calle Juncal identificados como 01.02.014.004 al Oeste de calle Juncal y 01.02.013.004 al Este de calle Juncal.-
Que en consecuencia la Municipalidad conforme al acuerdo inicial suscripto en el año 1987 y de dar por concluido el diferendo, deberá ejecutar las acciones pendientes que consisten en: a) la conexión de cloacas al Lote 4 manzana 14 y Lote 6 manzana 14; b) Conexión de agua y cloacas al lote 4 manzana 13; c) Mensura del Lote 6 manzana 14 y d) Mensura del Lote 4 manzana 14 siempre y cuando el Sr. Fareleira haya realizado el trámite de usucapión de este lote como herederos de la causante Aniceta Gandarias, que se comprometió a realizar mediante nota de fecha 27 de mayo de 2013; y e) Condonación de deuda por tasa por servicio a la propiedad hasta la cuota 12/2017 de los siguientes lotes: Lote 4 manzana 14 Nom. Cat. Nº 01.02.014.004; Lote 6 manzana 14 Nom. Cat. Nº 01.02.014.006 y Lote 4 manzana 13 Nom. Cat. Nº 01.02.013.004.-
Todo lo cual fue expresa y voluntariamente aceptado por el Sr. Francisco Fareleira.-
Que atento a la indisponibilidad de los créditos tributarios, es necesario obtener la ratificación legislativa del presente convenio, para poder hacer lugar a la condonación de deuda solicitada, y de esa manera poder cumplimentar con lo acordado, y darle un cierre definitivo al conflicto que se arrastra desde el año 1987.-
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2221/2018
Artículo 1º: RATIFICASE en todas sus partes el CONVENIO ARRIBADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE Y EL SR. FRANCISCO FARELEIRA celebrado con fecha 10/09/2018, que como anexo I, forma parte de la presente.-
Artículo 2º: AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la condonación de deuda generada hasta el mes de diciembre del año 2017, sobre los siguientes inmuebles: Lote 4 manzana 14 Nom. Cat. Nº 01.02.014.004; Lote 6 manzana 14 Nom. Cat. Nº 01.02.014.006 y Lote 4 manzana 13 Nom. Cat. Nº 01.02.013.004, referenciados en el acuerdo arribado.-
Artículo 3°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.