Asunto: 2018-2892
Fecha presentación: 03/10/2018
Código Ord.: 2018-2222
Fecha sanción: 04/10/2018
Título: Compra directa pelotas de fútbol
Resumen: Compra directa pelotas de fútbol.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
El Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre del corriente año sancionó la Resolución 685/2018 por la cual se sugirió al DEM a la adquisición de pelotas de fútbol a los fabricantes locales, inscriptos en la Municipalidad de Bell Ville y sin deudas contraídas con la misma.
La comisión organizadora de la Fiesta Nacional de la Pelota de Fútbol llevó adelante reuniones con los 5 fabricantes de balones locales a los fines de consensuar un producto de primera calidad a un mismo valor.
El importe fijado por los fabricantes, por un balón de primera calidad, sin ninguna marca, solo los logos solicitados por el Ejecutivo Municipal, es de pesos quinientos noventa y ocho ($598.00) IVA incluido, final por pelota.
El Ejecutivo resolvió la adquisición de cincuenta (50) pelotas de fútbol a cada uno de los fabricantes, y de este modo cumplimentar con la Resolución del Concejo Deliberante, tendiente al fomento de la fabricación de balones en todas sus cadenas de producción.
En el marco del artículo 10, inciso 4 del régimen de contrataciones, se requiere una ordenanza particular para llevar adelante la presente adquisición.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2222/2018
Artículo 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa a las Empresas fabricantes de Pelotas de futbol, inscriptas en la Municipalidad de Bell Ville, y sin deudas con el Fisco, cincuenta (50) pelotas de futbol a cada una de las fábricas.
Artículo 2º: La contratación autorizada en el artículo anterior asciende a la suma de pesos ciento cuarenta y nueve mil quinientos ($149,500.00) IVA incluido, distribuidos en las cinco Empresas fabricantes de Pelotas de futbol, lo que se abonará a cada Empresa la suma de pesos veintinueve mil novecientos ($29,900.00) IVA incluido.
Artículo 3°: Los titulares de las Empresas fabricantes de Pelotas de futbol a adquirir, serán los siguientes:
• Antonini José
• Cairo Jesús
• Fuglini Fernando y Germán
• Grella Nicolas
• Medina Norberto
Artículo 4º: IMPÚTENSE los EGRESOS que demande la ejecución de la presente Ordenanza a la partida presupuestaria“FIESTA NACIONAL DE LA PELOTA DE FUTBOL” (código 02.01.03.13)
Artículo 5°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 6º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.