Asunto: 2018-2911
Fecha presentación: 30/10/2018
Código Ord.: 2018-2246
Fecha sanción: 29/11/2018
Título: ORDENANZA PRESUPUESTO AÑO 2019
Resumen: ORDENANZA PRESUPUESTO AÑO 2019. Presentado por el D.E.M., con fecha 30/10/2018, bajo el N° 2911/2018.
Estado: Vigente
Texto completo:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N°2246/2018
PRESUPUESTO GENERAL Capítulo 1
Gastos y Recursos
Artículo 1°.-FIJASE el PRESUPUESTO GENERAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE para atender los gastos que demande la administración en el transcurso del año dos mil diecinueve (2019) en la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($955.949.500,00 )de acuerdo con el detalle específico que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2°.- ESTIMASE los RECURSOS DE LA MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE durante el año dos mil diecinueve (2019) destinados a la financiación del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS de la administración municipal fijado en el artículo precedente, en la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($955.949.500,00) de acuerdo con el detalleespecíficoquefiguraenlasplanillasanexasqueformanparteintegrante dela presente Ordenanza.
Capítulo 2
Compensaciones
Artículo3°.-AUTORIZASEalDepartamentoEjecutivo,cuandoloestimenecesarioypor vía de decreto, a realizar compensaciones entre rubros presupuestarios de acuerdocon las siguientes normas:
1) Dentro delaPartida Principal
•PERSONAL:
Alosfinesdereforzarpartidasparaatenderremuneracionesdelpersonalytodoloque seencuentre comprendidoenla misma,podrácompensarselos eventualesfaltantesmediante elprocedimientode tomar elcréditoadicional establecidopara incrementossalarialesy/uotroscréditosdisponiblesque puedan existir en las divisiones dedichapartidaprincipal.
Dicha compensaciónnoautoriza lacreaciónde nuevaspartidas,dentrode la partidaprincipalI,paralacreacióndecargosuotrasvinculaciones,loque solo podrárealizarsemedianteOrdenanza.
2) Dentro delasPartidasPrincipales
• BIENESDE CONSUMO,
•SERVICIOSNO PERSONALES:
Podrán efectuarsecompensacionesen susdivisiones internas,o entreellas pudiendotransferirsede una partidaprincipala otra,siempre que no modifique lasumatoria que resultedeadicionarlapartidaprincipalII conla partidaprincipalIII,cuyo total deberáser fijo einamovible.
3) Dentro delasPartidasPrincipales
• TRANSFERENCIAS PARA FINANCIAR EROGACIONESCORRIENTES
•INTERESESY GASTOSDE LA DEUDA
•INVERSIONESFISICAS
•TRANSFERENCIAS PARA FINANCIAR EROGACIONES DECAPITAL
•INVERSIONESFINANCIERAS
• AMORTIZACIONDELADEUDAYDISMINUCIONDEOTROSPASIVOS
•CUENTAS NO CLASIFICADAS
Podránefectuarsecompensacionesensusdivisionesinternas,siemprequeno semodifique elmonto acordado acadapartidaprincipal.
Capítulo3
Incorporaciones
Artículo 4°.-ESTABLECESEquelosfondosrecibidosporlaMunicipalidad desde elsector público Nacional, Provincial, Municipal y/o sector privado,deberánser incorporadosalPresupuesto paraconsignarsuingreso.Eleventualegresodeberáconcretarseconformecon lasdisposicionesdeestaOrdenanzay demásnormascomplementarias.Ensu caso,estosfondospodráncanalizarse porcuentasbancarias que posea el Municipio o a crearse específicamente para tal fin,lasque seránoficialeseincorporadascomotalesdentro del reflejo presupuestario.
Capítulo4
Ampliaciones
Artículo5º.-AUTORIZASEalDepartamentoEjecutivo-cuandoloestimenecesarioy por vía de decreto- a ampliar porcentualmente los créditos adicionales por incrementossalarialesorefuerzosde partidas,enfunciónde la inflación realque se produzca,medida segúnla evolucióndelíndice delcostode vidaCórdoba,a cuyoefectosecomputaráelíndicevigenteal últimomesanterioralquese realicela ampliación conel índicebasevigente al mes deDiciembrede2018.
Artículo6º.-A losfinesde determinarelmontode incrementode loscréditoscitados,se aplicará elporcentualde desfasajedeterminadoporelprocedimientofijadoenel artículo anterior sobre los créditos adicionales del presupuesto de gastos original, sin tener en cuenta las compensaciones autorizadas por esta Ordenanza.
Enelmismodecretodeampliación,paraequilibrar elpresupuestode ingresos coneldegastos,elDepartamentoEjecutivodeberá proceder alaestimaciónde losnuevosmontosde losingresosque permitiránhacerfrente adichas ampliaciones.
Capítulo5
Créditos
Artículo7°.-AUTORIZASEalDepartamentoEjecutivoa solicitar anteinstituciones bancariasy/ofinancierasytomaradelantosy/opréstamosdedinerohastala sumaequivalentea un(1) mesdecoparticipación bruta,fundadoen razonesde financiamientotransitorioy elloresultenecesarioalosfinesdenoentorpecerel normal funcionamiento de la administración municipal.
Artículo8°.-AUTORIZASEalDepartamentoEjecutivoa solicitar anteinstituciones bancariasy/ofinancierasytomaradelantosy/oprestamosdedinerohastala sumaequivalenteaun(1)mesdecoparticipaciónbruta alosfinesde serdestinadoa la realización de obras públicas y/o adquisición de maquinarias y/o herramientas de trabajoy/o bienes inmuebles.-
LaMunicipalidadpodrágarantizarladevolucióndelosmismosconla contribución que incide sobre servicio comercio e industria previsto en laOrdenanzaGeneralImpositiva y/o con los montos coparticipables.
Capítulo 6
Inversiones
Artículo9°.-AUTORIZASEalDepartamentoEjecutivo,cuandolo estime oportunoy conveniente, a invertir susahorros, reservas,excedentes, fondos específicos de obras aún no ejecutadasy/uotros fondosociososen operacionesfinancieras (como por ejemplo depósitos en plazos fijos, colocaciones en fondos comunes de inversión, entre otras),tantoenmoneda decursolegalcomo extranjera,y/oen títulospúblicos,a los finesde preservarsuvaloradquisitivo.Dichasoperaciones únicamentesepodránrealizarconentidadesbancariasautorizadasporelBCRA yencontrarsefehacientementedocumentadas.
Capítulo7
Generales
Artículo 10°.-LapresenteOrdenanza comenzaráaregirapartir del 1° de enero de 2019.-
Artículo11°.-DERÓGUESEla Ordenanza N°2104/2018 ytodaotra normadeigualjerarquíaqueseopongaaloscontenidos dela presente Ordenanza.
Artículo12°.-COMUNÍQUESE, publíquese , dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.