Asunto: 2018-2788
Fecha presentación: 15/03/2018
Código Ord.: 2018-2174
Fecha sanción: 28/03/2018
Título: COMPRA TRANSPORTE INST. 3.18 SUBSIDIO CONADIS
Resumen: Tema: Proyecto de Ordenanza: AUTORIZANDO al D.E.M., a adquirir en forma directa a la empresa “COLCOR S.A.”, con domicilio en Av. Circunvalación- Agustín Tosco- Córdoba 1580, Barrio Los Boulevares, un Mercedes Benz Sprinter 515 CDI 19+1 4325, Techo Elevado, Doble Aire Acondicionado, Motor Marca Mercedes Benz de 4 cilindros en línea 2.143 cm3, 150CV/3800, caja manual de 6 marchas y equipamiento normal de fábrica.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Y VISTO el subsidio gestionado oportunamente por la Municipalidad de Bell Ville, ante el Comité Coordinador de Programas Para Personas con Discapacidad, el cual se materializó mediante acta 802 de fecha 12/07/2017 por la suma de Pesos Un Millón Cuarenta y Ocho Mil Quinientos ($1.048.500), con la finalidad de adquirir un vehículo para transporte institucional con rampa para ser destinado al traslado y movilidad de personas discapacitadas.-
Que dichos fondos se encuentran acreditados en cuenta bancaria municipal, disponibles para afectarlos a la compra pretendida.-
Que de todas las opciones analizadas se entiende la más conveniente adquirir el minibús Mercedes Benz Sprinter 515 CDI 19 +1, ya que el mismo cuenta con 19 asientos más el asiento del conductor, posibilitando que se extraigan 4 o 5 asientos para dejar espacio de acceso a dos sillas de ruedas como mínimo, quedando la posibilidad de transportar 14 o 15 personas sentadas en asientos fijos, dando lugar a una buena, confrontable y económica capacidad de traslado.-
Asimismo dicho vehículo cuenta con ruedas duales traseras lo que otorga mayor estabilidad y seguridad al mismo.-
Que la firma COLCOR SA, (nombre de Fantasía COLCAR), cuenta con muy buenos antecedentes a nivel zonal y regional, teniendo solvencia económica y garantía post venta, contando con stock de repuestos y con entregas inmediatas.-
Que con respecto a la rampa de acceso, la propuesta más ventajosa es la del proveedor REFIRE Modelo HRD 300 TPL, de la ciudad de Córdoba, lo que facilita el acceso a los service y provisión de repuestos.-
Que siendo un vehículo especial, el cual debe a su vez ser adaptado para la instalación de rampa de acceso, resulta muy dificultoso y desfavorable un proceso licitatorio, ya que, por las caracterizas de los vehículos existentes en el mercado, no hay opciones convenientes al modelo Mercedes Benz descripto supra, con lo cual se corre serio riesgo de licitaciones desiertas, desvalorización del dinero recibido en concepto de subsidio, aumento del valor del bien por aumento del dólar, etc.-
Que el dictamen de Asesoría Letrada, sugiere que la contratación pretendida se materialice mediante Ordenanza en particular dictada por el Concejo Deliberante, para obtener la autorización necesaria conforme art. 10 inc. 4 de la Ordenanza 2157/2017.-
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2174/2018
Artículo 1º.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa a la empresa “COLCOR S.A.” CUIT N° 30-71163146-8, con domicilio en Av. Circunvalación- Agustín Tosco- Córdoba 1580, Barrio Los Boulevares, Norte de la ciudad de Córdoba, un Mercedes Benz Sprinter 515 CDI 19+1 4325, Techo Elevado, Doble Aire Acondicionado, Motor Marca Mercedes Benz de 4 cilindros en línea 2.143 cm3, 150CV/3800, caja manual de 6 marchas y equipamiento normal de fábrica.-
Artículo 2º.- La adquisición del vehículo relacionado asciende a la suma convenida de dólares estadounidenses Setenta y Cinco Mil Cuatrocientos Setenta con IVA Incluido (U$S 75.470,00).- Queda a cargo de la Municipalidad de Bell Ville, el pago del impuesto al cheque, gastos de inscripción de la unidad ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, gastos de flete y gastos de formularios.-
Artículo 3º.- Que las partes establecen que el precio del bien objeto de esta compra venta, en dólares estadounidenses, de conformidad a lo que dispone el art. 765 del CCC, y la MUNICIPALIDAD se liberará de las obligaciones de pago que asume, entregando dólar billetes o su equivalente en moneda de curso legal, supuesto en que se tomará en consideración el que fije Mercedes Benz Argentina SA y esté vigente al momento del pago de la misma.-
Artículo 4°.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa a la empresa “REFIRE HIDROMECÁNICA SRL” CUIT N° 30-692939197, con domicilio en Bv. Los Alemanes 3093, de la ciudad de Córdoba, una Plataforma Hidráulica elevadora de silla de ruedas con kit de fijación en puerta posterior Modelo HRD 300, para ser montada en minibus Mercedes Benz Sprinter 515 CDI 19+1 4325, Techo Elevado, Doble Aire Acondicionado, Motor Marca Mercedes Benz de 4 cilindros en línea 2.143 cm3, 150CV/3800, caja manual de 6 marchas y equipamiento normal de fábrica.-
Artículo 5º.- La adquisición y colocación de la plataforma relacionada asciende a la suma de Pesos Noventa y Siete Mil Trescientos Setenta y Ocho con 75/100 ($97.378,75), con IVA Incluido.- Que dentro de este precio se encuentra contemplado el certificado de modificación de modelo, disposición 25/2009, (2900 + IVA 21%= $3509).-
Artículo 6°: FACULTASE, al Departamento Ejecutivo a llevar adelante las distintas adquisiciones autorizadas supra, hasta con una variación del precio como máximo del tres por ciento (3%).-
Artículo 7º.- FACULTASE al Señor Intendente Dr. Carlos Edgardo Briner, D.N.I. Nº 20.288.106, para que en nombre y representación de la Municipalidad de Bell Ville suscriba toda la documentación que sea menester a los fines de cumplimentar con lo dispuesto en los artículos precedentes, en los términos y condiciones establecidos en la presente ordenanza.
Artículo 8º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 9º.- IMPÚTENSE los EGRESOS que demande la ejecución de la presente Ordenanza a la partida presupuestaria “EQUIPOS DE TRASNPORTES, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN” Código Nº 02.02.01.03.01.02.
Artículo 10º.- COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.