Asunto: 2020-3083
Fecha presentación: 03/03/2020
Código Ord.: 2020-2329
Fecha sanción: 12/03/2020
Título: CONVENIO DE ADHESIÓN PROVINCIA- MUNICIPIO AL RÉGIMEN DE PROVISIÓN DEL BOLETO EDUCATIVO GRATUITO
Resumen: ORDENANZA: RATIFICANDO en todas sus partes EL CONVENIO DE ADHESIÓN PROVINCIA- MUNICIPIO AL RÉGIMEN DE PROVISIÓN DEL BOLETO EDUCATIVO GRATUITO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, celebrado con fecha 06 de febrero de 2020, entre la Municipalidad de Bell Ville, representada por el señor Intendente Municipal Dr. Carlos Edgardo Briner y el Gobierno de la Provincia de Córdoba a través de la Secretaria de Trasporte, representado por el Secretario de Transporte Dr. Franco Hernán Mogetta Prevedello. Presentado por el D.E.M., bajo el N° 3083-2020. Con fecha 03-03-2020.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Que con fecha 06 de febrero del corriente año se celebró un convenio de adhesión entre la Secretaria de Trasporte del Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Bell Ville sobre el régimen de provisión del boleto educativo gratuito de la provincia de Córdoba.
Que en el mencionado acuerdo la Secretaría de Transporte se compromete a aportar los fondos necesarios para la provisión del boleto educativo gratuito dentro de la jurisdicción de la ciudad Bell Ville, y la Municipalidad se obliga a arbitrar los medios necesarios para asegurar a los ciudadanos de su efectivo goce.
Que éste Departamento Ejecutivo Municipal considera de suma importancia el fortalecimiento y fomentación del acceso a la educación.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2329/2020
Artículo 1°: RATIFICASE en todas sus partes EL CONVENIO DE ADHESIÓN PROVINCIA - MUNICIPIO AL RÉGIMEN DE PROVISIÓN DEL BOLETO EDUCATIVO GRATUITO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, celebrado con fecha 06 de febrero de 2020, entre la Municipalidad de Bell Ville, representada por el señor Intendente Municipal Dr. Carlos Edgardo Briner y el Gobierno de la Provincia de Córdoba a través de la Secretaria de Trasporte, representado por el Secretario de Transporte Dr. Franco Hernán Mogetta Prevedello.
Artículo 2°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.