Asunto: 2020-3105

Fecha presentación: 15/05/2020

Código Ord.: 2020-2342

Fecha sanción: 15/05/2020

Título: Apruebese y ratifiquese el Decreto nro 5416/2020 (Flexibilización COVID-19 - Iglesias y Cultos)

Resumen: Proyecto de Ordenanza: Apruebese y ratifiquese el Decreto nro 5416/2020 de fecha 15 de mayo de 2020. Asunto ingresado bajo nro. 3105/2020. Presentado por el DEM.

Estado: Vigente

Texto completo:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N.º

Artículo 1º: APRUEBESE Y RATIFIQUESE, el Decreto Nro. 5416/2020 de fecha quince (15) de mayo de 2020 suscripto por el Señor Intendente Municipal Dr. Carlos BRINER en acuerdo de Secretarios y refrendado por estos, que conjuntamente con los protocolos de bioseguridad adjuntos forman parte integrante de la presente ordenanza como anexo único.

Artículo 2ª: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES MAYO DE DOS MIL VEINTE

FUNDAMENTOS

Y Visto que con fecha 12 de Mayo de 2020, el COE Central autoriza e informa a través del anexo nro. 58 que se flexibiliza la apertura de Iglesias y Templos de Cultos reconocidos por el Estado incorporando un Protocolo de Bioseguridad para la respectiva apertura. -

Que luego de esta autorización, siguiendo la normativa vigente el Departamento Ejecutivo Municipal, analizando los Protocolos de Bioseguridad establecidos por el Centro de Operaciones de Emergencia Central (COE), considera de suma importancia para la facilitación de las tareas en nuestra Ciudad, establecer protocolos de bioseguridad para las actividades flexibilizadas, pero teniendo como pilar base de toda protección sanitaria los Protocolos de Bioseguridad indicados por el Centro de Operaciones de Emergencia Central (COE), reservándose el Municipio la facultad de ampliar o modificar dichos protocolos para una mayor protección del vecino, evitando la propagación y contagio del virus.-

Que en cumplimiento de dichas premisas el Departamento Ejecutivo Municipal, en acuerdo de Secretarios, dictó el Decreto n° 5416/2020.-

Que el Decreto 5416/2020 y su Anexo I, se remite al Concejo Deliberante para su análisis y posterior ratificación. -

Por ello;