Asunto: 2020-3145

Fecha presentación: 14/09/2020

Código Ord.: 2020-2372

Fecha sanción: 17/09/2020

Título: Prescripción administrativa del inmueble identificado como Lote 100

Resumen: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a iniciar los trámites necesarios para la prescripción administrativa del inmueble identificado como Lote 100, manzana catastral 62 (mza. Of.62) de la ciudad de Bell Ville.- Presentado por el DEM el día 14/09/2020 bajo el nro. de asunto 3145/2020.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

VISTO: El expediente administrativo N°00467/2020, caratulado “Coordinación de Vivienda y Hábitat- Prescripción adquisitiva de lote municipal”.
Y CONSIDERANDO: Que la Ordenanza N° 848/1995 sancionada por el Concejo Deliberante de nuestra ciudad con fecha 23 de noviembre de 1995 autoriza a representantes de la Municipalidad de Bell Ville a participar como oferentes en la subasta fijada para el día 28 de noviembre del año 1995, en los autos caratulados “Municipalidad de Bell Ville c/ Valentín Sotero Rubio y otro- apremio”. Exp M- N°848/1995.
Que el auto interlocutorio N° 200 dictado con fecha 15 de agosto del año 1997 por el Juzgado de 1° Instancia y 1° Nominación Civil y Comercial de la ciudad de Bell Ville adjudica a la Municipalidad de Bell Ville el terreno que consta en dominio N°4842 F°7572 T°31 del año 1973, individualizado en los considerandos del referido instrumento.
Que a partir de ese momento el Municipio comenzó a ejercer actos posesorios sobre el inmueble y las parcelas adyacentes.
Que la inscripción registral del terreno no logró materializarse en tiempo y forma, debido a un error en su descripción catastral por parte del Juzgado interviniente.
Que en virtud de no contar con los elementos necesarios para la inscripción del inmueble ante el Registro General de la Provincia de Córdoba, el Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente iniciar la prescripción adquisitiva prevista en la Ley N°21.477, modificada por Ley N°24.320.
En consecuencia, a los fines de cumplimentar con los requisitos de la normativa mencionada en el párrafo precedente, se confeccionó un nuevo plano de mensura de posesión, el cual fue aprobado por la Dirección de Catastro con fecha 07 de enero del corriente año,

Por lo expuesto:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2372/2020

Artículo 1°: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a iniciar los trámites necesarios para la prescripción administrativa del inmueble identificado como Lote 100, manzana catastral 62 (mza. Of.62) de la ciudad de Bell Ville, descripto por plano de mensura elaborado por el Ing. Adrián Briner con las siguientes medidas y linderos: Partiendo del esquinero N.O. vértice A, con un ángulo interno de 90°00’ y con rumbo N.E hasta el vértice B mide 130,05 metros (línea A-B) colindando con la calle Garay; desde el vértice B con un ángulo interno de 90°00’ y con rumbo S.E hasta el vértice C mide 128,55 metros (línea B-C), colindando con calle Urquiza; desde el vértice C con un ángulo interno de 90°00’ y con rumbo S.O hasta el vértice D mide 130,05 metros (línea C-D), colindando con calle Brasil; cerrando la figura desde el vértice D, con un ángulo de 90°00’ y con rumbo N.O hasta el vértice A mide 128,55 metros (línea D-A) colindando con calle las Heras, con una superficie total de 16.717,93 m2, con la finalidad de formalizar la inscripción en el Registro General de la Provincia de Córdoba.

Artículo 2°: FACÚLTESE al Señor Intendente Municipal, Dr. Carlos Edgardo Briner, D.N.I. Nº 20.288.106, para que en nombre y representación de la Municipalidad de Bell Ville, suscriba toda la documentación que sea menester a los fines de cumplimentar con lo dispuesto en el Artículo precedente.

Artículo 3°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.