Asunto: 2020-3151

Fecha presentación: 01/10/2020

Código Ord.: 2020-2378

Fecha sanción: 08/10/2020

Título: OBRA DE CLOACAS EMPRESA LA BELLVILLENSE CEREALES S.R.L.

Resumen: ORDENANZA: APRUÉBESE la solicitud realizada por empresa “La Bellvillense de Cereales S.R.L”, referida a la ampliación de la red cloacal ubicada en Int. Leonelli (entre Cura Ferreyra y Ruta Nacional n° 9). Presentado por el DEM, EL DÍA 01/10/2020, bajo el nro. 3151/2020.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

Que mediante nota de fecha 30 de Julio de 2020,la empresa “La Bellvillense de Cereales S.R.L”, solicita en su carácter de propietario del inmueble ubicado en Int. Leonelli (entre Cura Ferreyra y Ruta Nacional n° 9) nomenclatura catastral Circ. 01 -Secc. 01- Mza. 042 – Parc. 8, 9 y 10 y Mza. 041 – Parc. 5, la ejecución de la extensión de la cañería subsidiaria de desagües cloacales sobre calle Int. Leonelli ya que existe una boca de registro en su intersección con calle Cura Ferreyra a fin de dotar de dicho servicio a las propiedades antes mencionadas. -
Que la referida ampliación no tendrá costo alguno para el Municipio, ya que dicho gasto será afrontado de manera total por el solicitante; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red de Agua pasará a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad. -

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N°2378/2020

Artículo 1°:APRUÉBESE la solicitud realizada por empresa “La Bellvillense de Cereales S.R.L”, referida a la ampliación de la red cloacal ubicada en Int. Leonelli (entre Cura Ferreyra y Ruta Nacional n° 9) nomenclatura catastral Circ. 01 -Secc. 01- Mza. 042 – Parc. 8, 9 y 10 y Mza. 041 – Parc. 5, a fin de dotar del servicio a dicha parcela. -

Artículo 2°:TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n° 516/2020 de fecha 30/09/2020, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltada.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Contrato de Obra.
5- Plano de Detalle de la Obra.

Artículo 3°:DECLÁRESEde utilidad pública la presente ampliación de red cloacal referenciada en el Articulo 1 y en consecuencia pase a formar parte de la red cloacal municipal. -

Artículo 4°:ESTABLÉZCASEque el pago de la obra, estará a cargo de la empresa “La Bellvillense de Cereales S.R.L”en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios. -

Artículo 5°:DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Agua se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes. -

Artículo 6°:ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda -CUIT n°30-66824965-1.-

Artículo 7°: El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza. -

Artículo 8°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBREDEL AÑO DOS MIL VEINTE.