Asunto: 2020-3178
Fecha presentación: 30/11/2020
Código Ord.: 2020-2391
Fecha sanción: 03/12/2020
Título: INCREMENTO DE LA TARIFA DE BOLETOS DE COLECTIVO URBANO DE PASAJEROS
Resumen: INCREMENTO DE LA TARIFA DE BOLETOS DE COLECTIVO URBANO DE PASAJEROS. Presentado por el DEM el 30/11/2020 bajo el Nro. de ASUNTO 3178-2020.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Que visto el servicio público de transporte urbano de pasajeros que presta el municipio dentro de su radio urbano, autorizado mediante Ordenanza 1619/09.-
Que la Municipalidad de Bell Ville, no recibe subsidio alguno por la prestación del servicio de transporte urbano de pasajeros.-
Únicamente estamos adherido al Boleto Educativo Rural.
Que durante el año 2019 la Municipalidad de Bell Ville, ha incorporado nuevas unidades y el sistema contact-less de última generación.
Además por Ordenanza, se crearon los planes provinciales denominados Boleto Educativo Gratuito, Boleto Obrero Social, Boleto Adulto Mayor, Boleto Social Cordobés, todo lo cual se acreditó ante la Secretaría de Transporte para adherir a los mismos y obtener los aportes económicos pertinentes por parte de la Provincia de Córdoba, teniendo la promesa y expectativa de ser incluidos en el Presupuesto Provincial del año 2021.-
Ahora bien, debido a la coyuntura económica que atraviesa nuestro país, se hace necesario actualizar el valor del boleto de transporte urbano de pasajeros, en todos sus variantes, teniendo en cuenta los costos principales de prestación del servicio que a continuación se detallan:
SEGURO MUTUAL RIVADAVIA 23.500,00
CHOFERES 478.544,23
VALENTIN GONZALO FERMIN 48.884,51 * ADM - Se asigna un 50%
BASUALDO DANIEL OSCAR 60.337,65
GUEVARA OSVALDO RAUL 78.700,54
ALTAMIRANO JUAN PABLO 97.985,49
CERVIGNI LUIS ALBERTO 104.814,08
BASUALDO GABRIEL ADELQUI 87.821,96
478.544,23
AMORTIZACIÓN COSTO UNIDAD 1.546.125 * EN FUNCIÓN VALOR DE COMPRA ÚLTIMAS UNIDADES
CANTIDAD 3,00
IPC CBA ENE 2019 - OCT 2020 0,80
COSTO REPOSICIÓN 8.364.754
AMORT.ANUAL 697.062,81
AMORT.MENSUAL 58.088,57 58.088,57
CONSUMO PROMEDIO (LTRS/KM) 0,45
KM MENSUALES ESTIMADOS 8.225,44
LITROS MENSUALES 3.701,45
PRECIO COMBUSTIBLE 71,00 262.802,81
SUBTOTAL (I) 822.935,61
OTROS GASTOS ADM Y MANTENIMIENTO (10%) 82.293,56
SUBTOTAL (II) 905.229,17
PASAJEROS TRANSPORTADOS ULTIMO AÑO 84.000
MESES 10
PROMEDIO MENSUAL PASAJEROS 20 8.400
TARIFA ESTIMADA SUBTOTAL (II) / PROM. PASAJEROS MENSUAL 107,77
SUBSIDIO (40%) - MÁX. ESTIMADO 43,11
TARIFA MUNICIPAL 64,66
Como vemos la tarifa sin subsidio municipal debería trepar a la suma de $107,77 y con un subsidio aproximado del 40%, la misma quedaría en la suma de $64,66, en ambos casos entendemos que en la situación actual estos montos expulsarían a la mayoría de los usuarios del servicio, por lo que consideramos que se debe incrementar el aporte municipal, el cual pretendemos equilibrar con los aportes que debe necesariamente efectuar la provincia en concepto de los planes Boleto Educativo Gratuito, Boleto Obrero Social, Boleto Adulto Mayor, Boleto Social Cordobés, que se reitera tenemos la expectativa de que comiencen a ser girados a partir del año 2021.-
Por lo expuesto supra, el Departamento Ejecutivo cree oportuno actualizar la tarifa pero siempre teniendo en cuenta la economía de los usuarios del mismo.-
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2391/2020.
Artículo 1º: SUSTITÚYANSE los artículos 2 y 3 de la Ordenanza 2247/2018, por el siguiente:
A partir del Primero de enero de 2021:
1. Boleto Único: Pesos Cuarenta ($40,00.-).
2. Boleto Único pago con tarjeta: Pesos Treinta y Cinco ($35,00.-).
3. Boleto Adulto Mayor (BAM) y Educativo (BEG): Pesos Treinta y Cinco ($35,00).
4. Boleto Obrero (BOS): Pesos Treinta ($30,00-).
5. Boleto Social (BSC): Pesos Treinta y Cinco ($35,00).
A partir del Primero de junio de 2021:
1. Boleto Único: Pesos Cuarenta y Cinco ($45,00.-).
2. Boleto Único pago con tarjeta: Pesos Cuarenta ($40,00.-).
3. Boleto Adulto Mayor (BAM) y Educativo (BEG): Pesos Cuarenta ($40,00.-).
4. Boleto Obrero (BOS): Pesos Treinta y Cinco ($35,00).
5. Boleto Social (BSC): Pesos Cuarenta ($40,00.-).
Artículo 2°: FACULTASE al Departamento Ejecutivo para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente y a suscribir los convenios que fueren menester a los fines de contar con los beneficios de los planes provinciales descriptos en el artículo 1° de la presente Ordenanza. –
Artículo 3º: DERÓGUESE la Ordenanza N° 2313/2019
Artículo 4°: LA presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir del primero de enero del año 2021, (01/01/2021).-
Artículo 5°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R. M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-