Asunto: 2021-3310
Fecha presentación: 03/03/2021
Código Ord.: 2021-2411
Fecha sanción: 11/03/2021
Título: Becas por Convenio Universidad Nacional de Villa María a nuestra ciudad
Resumen: Becas por Convenio Universidad Nacional de Villa María a nuestra ciudad. Presentado por el Concejo en Pleno el 03/03/2021 bajo el nro. de asunto 3310/2021.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
La Universidad Nacional de Villa María instituye un sistema de becas de ayuda económica para alumnos activos que cursen carreras de grado desarrolladas en dicha Universidad.-
Que la Secretaría de Bienestar de la UNVM, establece condiciones y requisitos exigidos para ser beneficiario del mencionado sistema. Se dispone que la selección de los aspirantes se realice con la participación del Departamento Ejecutivo Municipal, por medio de la Dirección de Acción Social y la aprobación del Concejo Deliberante.-
Que es de fundamental importancia colocar en la implementación de todo programa que signifique viabilizar la posibilidad de que jóvenes de nuestra ciudad se capaciten y preparen para un futuro cada vez más exigente y competitivo en el campo del conocimiento y del trabajo.-
Que a los fines del otorgamiento de las becas se han adoptado para la presente, criterios de selección vinculados a: estructuras familiares, ocupación, ingresos, hábitat, etc., determinantes que definen realidades y características sociales de familias de la ciudad de Bell Ville; valoradas profesionalmente desde la Dirección de Acción Social, para elaborar una nómina de posibles beneficiarios.-
Que, por medio de los informes sociales y valoración de antecedentes, resulto beneficiario el siguiente alumno:
POSTULANTE TITULAR: POCHETTINO, NICOLAS ANDRES- DNI: 41.018.858-2 AÑO CARRERA MEDICINA.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNION, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2411/2021
Artículo 1º: ADHERIR al sistema de Becas de ayuda económica para alumnos que cursan carreras de grado desarrolladas en la Universidad Nacional de Villa María. -
Artículo 2º: DESIGNASE como Beneficiario del sistema al alumno:
a) POSTULANTE TITULAR: POCHETTINO, NICOLAS ANDRES- DNI: 41.018.858 - 2 AÑO CARRERA MEDICINA.
Artículo 3º: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de la fecha de su promulgación.
Artículo 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO.