Asunto: 2021-3241
Fecha presentación: 20/05/2021
Código Ord.: 2021-2431
Fecha sanción: 03/06/2021
Título: Desafectación inmueble calle Independencia
Resumen: DESAFÉCTESE del dominio público municipal el inmueble ubicado en la manzana 77, limitado por el polígono 4-5-6-19-4, cuya superficie es de 3201,71 m2, destinado a ESPACIO VERDE, cedido por el Sr. José INCATASCIATO y la Sra. Teresa De BLASI de INCATASCIATO mediante Ordenanza 460/1989. PRESENTADO POR EL DEM, EL DIA 20/05/2021, BAJO EL N° 3241/2021.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
El presente proyecto de ordenanza, tiene por objetivo, desafectar del dominio público municipal un lote de terreno ubicado en calle Independencia, cuya donación fue efectuada por el Sr. José INCATASCIATO y la Sra. Teresa De BLASI de INCATASCIATO, mediante Ordenanza nº 460/1989, de fecha 28 de noviembre de 1989, correspondiente al inmueble perteneciente a la manzana 77, limitado por el polígono 4-5-6-19-4, cuya superficie es de 3201,71 m2, que linda al norte y este con la propiedad de Francisco VALENTIN, al sur con calle Independencia y al Oeste con lotes 1 y 12 del mismo plano; y demás, afectado a espacio verde.
Por lo expuesto
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2431/2021.
Artículo 1º: DESAFÉCTESE del dominio público municipal el inmueble ubicado en la manzana 77, limitado por el polígono 4-5-6-19-4, cuya superficie es de 3201,71 m2, destinado a ESPACIO VERDE, cedido por el Sr. José INCATASCIATO y la Sra. Teresa De BLASI de INCATASCIATO mediante Ordenanza 460/1989.
Artículo 2º: INCORPÓRESE como parte integrante de la presente ordenanza fotocopia autenticada del plano identificando el inmueble.
Artículo 3º: DÉJESE sin efecto la afectación referida en la Ordenanza 460/1989 con relación a dicha fracción de terreno.
Artículo 4º: TÓMESE razón de la desafectación dispuesta en la presente a los efectos de formular las correcciones presupuestarios que hubiere lugar si las mismas resultaran necesarias.
Artículo 5º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.