Asunto: 2021-3259

Fecha presentación: 13/07/2021

Código Ord.: 2021-2442

Fecha sanción: 15/07/2021

Título: ADHEISION LEY NACIONAL Y PROVINCIAL- YOLANDA

Resumen: ADHIÉRASE la Municipalidad de Bell Ville a la Ley Nacional N°27.592 “Ley Yolanda y a la Ley Provincial Nº10.758; para su aplicación dentro del ámbito de la Municipalidad de Bell Ville. Presentado por la Concejal Gladys Fucili del Bloque Unión Cívica Radical, el día 13/07/2021, bajo el N° 3259/2021.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

ORDENANZA: ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 27.592, y a la LEY PROVINCIAL N° 10.758. "LEY YOLANDA”.-

VISTO:
Que en septiembre de 2015, jefes de Estado y de Gobierno se reunieron en la histórica Cumbre del Desarrollo Sostenible en la que aprobaron la Agenda 2030, con indicadores y planes para promocionar políticas públicas sustentables.

Argentina adhirió a la Agenda que contiene 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de aplicación universal que, desde el 1 de enero de 2016, rigen los esfuerzos de los países para lograr un mundo sostenible en el año 2030.

La presente Agenda es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad. También tiene el Objetivo de desarrollo sostenible 17 en cual señala que será eficaz en tanto se trabaje y fortalezcan alianzas entre los gobiernos, sector privado y sociedad civil, necesaria a nivel mundial, regional, nacional y local.
«Se enmarca en una de las obligaciones constitucionales de las autoridades que es proveer a la Educación Ambiental, conforme al artículo 41 de nuestra Constitución Nacional». Además, se inscribe en el marco de los Objetivos del Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU, a los que Argentina adhirió en 2015

Que en la Carta Orgánica Municipal art.36 Es deber del Estado Municipal,… resguardar el equilibrio ecológico, preservar el suelo, sub suelo, aire agua, flora y fauna en todo el territorio municipal y en su entorno.

Y CONSIDERANDO:

La Ley n.º 27592 o Ley Yolanda es una ley que tiene como objetivo garantizar la formación integral en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático, para las personas que se desempeñan en la función pública.

La “Ley Yolanda” fue sancionada el 17 de noviembre de 2020 y alcanza a todas las personas que desempeñan la función pública en todos sus niveles y jerarquías. Recibe su nombre en honor a la tucumana Yolanda Ortiz, primera Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de Argentina.

La Norma establece la capacitación obligatoria en temáticas medioambientales y de desarrollo sostenible, para las personas que trabajan en los tres poderes del Estado.

Que la Provincia de Córdoba adhirió a la ley Yolanda mediante Ley10.758, del 19 de Mayo de 2021 definiendo como autoridad de aplicación a la Secretaria de Ambiente o al organismo que la sustituya en sus competencias.

La nueva ley establece una formación obligatoria “con perspectiva de desarrollo sostenible” en materia medioambiental, y con particular "énfasis en el cambio climático".
La ley establece que los "lineamientos generales deberán contemplar como mínimo información referida al cambio climático, a la protección de la biodiversidad y los ecosistemas, a la eficiencia energética y a las energías renovables, a la economía circular y al desarrollo sostenible, así como también deberán contemplar información relativa a la normativa ambiental vigente".
Que establece que las personas que se desempeñen en la función pública en todos los niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial deben recibir una capacitación obligatoria en materia ambiental, con perspectiva de desarrollo sostenible y cambio climático.
Concretamente, la comunidad científica nacional e internacional, advierten sobre los efectos nocivos que provoca la mano del hombre en el ambiente, con la agricultura a gran escala, la deforestación, los incendios forestales, entre tantas otras cuestiones que nos tienen que poner en alerta, y hacer entender que se debe empezar a accionar políticas públicas con perspectiva ambiental".

Ordenanza presentada por la Concejal Gladys Fucili del Bloque Unión Cívica Radical, fundamentado por su autora.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2442/2021

Artículo 1º: ADHIÉRASE la Municipalidad de Bell Ville a la Ley Nacional N°27.592, llamada “LEY YOLANDA” y a la Ley Provincial Nº10.758; para su aplicación dentro del ámbito de la Municipalidad de Bell Ville, y cuyos textos se incorporan como Anexo I de la presente Ordenanza. -
Artículo 2º: Será Autoridad de aplicación de la presente Ordenanza, la que el Departamento Ejecutivo Municipal determine mediante decreto.-
Artículo 3º: La presente Ordenanza entrará en vigencia desde su promulgación. -
Artículo 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M y archívese. -

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-