Asunto: 2021-3271

Fecha presentación: 20/08/2021

Código Ord.: 2021-2452

Fecha sanción: 02/09/2021

Título: CONVENIO MARCO MUNICIPALIDAD y UTN REGIONAL CORDOBA

Resumen: RATIFIQUESE en todos sus términos el “CONVENIO MARCO” celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE y la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL REGIONAL CORDOBA, por el que convienen en un marco general la posibilidad de asistencia en materia de capacitación de recursos humanos, asesoramiento y servicio técnico, transferencia de investigación aplicada a desarrollos tecnológicos. Presentado por el D.E.M., el día 20/08/2021, bajo el N° 3271/2021.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

Desde hace tiempo nuestra Municipalidad viene gestionando la manera de evitar el ingreso de camiones a la ciudad. En ese sentido fue de gran ayuda la construcción de la circunvalación oeste, dado que permite que aquellos camiones que no tengan necesidad de ingreso, atraviesen la ciudad por una ruta segura y alejada del tránsito cotidiano.

Por otra parte, aquellos camiones que hacen “dormitorio” en la ciudad, debe ser resuelto por el propio sector privado, toda vez que el municipio no puede ser solidariamente responsable de lo que acontezca con cada unidad en una eventual playa pública, de hecho, se está trabajando con los sectores involucrados para tal fin, sin perjuicio de contar actualmente en la ciudad con algunas playas de camiones privadas.

En esta oportunidad, el DEM ve oportuno interactuar con la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Córdoba, prestigiosa institución con altos profesionales en el rubro de la planificación y logística, quienes nos brindaran alternativas de solución en materia de la transferencia de mercaderías para lograr una económica y adecuada reglamentación que nos permita organizar la mercadería que ingresa a la ciudad y que se lleve a cabo con vehículos de porte pequeño.

Por lo expuesto, venimos a solicitar la aprobación del presente proyecto que ratifica el convenio marco suscripto entre la UTN y la Municipalidad de Bell Ville, para luego avanzar sobre convenios específicos referido a los rubros mencionados supra.

Se aclara que el mismo instrumento fue suscripto por ambas instituciones de manera digital, por lo que se remitirá el mismo en forma virtual para que el Cuerpo Deliberativo pueda observar en el documento electrónico la certificación legal de cada una de las suscripciones.

A su vez, se hace saber que mediante Decreto n° 6451/2021 de fecha 13 de mayo de 2021, se dispuso: “Artículo 1º) AUTORÍCESE a suscribir mediante firma digital los instrumentos públicos emitidos por la Municipalidad de Bell Ville a los funcionarios Municipales Dr. Carlos Edgardo BRINER, D.N.I N°20.288.106- Intendente; Ab. Horacio Agustín LOPEZ, D.N.I N° 31.731.291 -Secretario de Gobierno-, Cr. Juan Manuel MORONI, D.N.I N°27.445.039 -Secretario de Economía-, Ing. Ernesto Alejandro BORRAGEROS, DNI n° 25.493.428 -Secretario de Coordinación Gabinete-, Dr. Horacio Ricardo PELLETTI, DNI n° 17.729.749 – Secretario de Desarrollo Social-, Ab. Ernesto Ramon GAVIER, DNI N° 13.108.081 -Presidente Concejo Deliberante-, conforme los considerandos expresados supra.- “

Por ello.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CORDOBA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2452/2021

Artículo 1º.- RATIFIQUESE en todos sus términos el “CONVENIO MARCO” celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE representada por el Sr. Intendente Carlos Edgardo BRINER, por una parte, y la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL, REGIONAL CORDOBA, representada por el Sr. Decano Ing. Rubén SORO, por el que convienen en un marco general la posibilidad de asistencia en materia de capacitación de recursos humanos, asesoramiento y servicio técnico, transferencia de investigación aplicada o desarrollos tecnológicos. Ello con la posibilidad de concretar convenios específicos. El referido convenio marco se incorpora a la presente Ordenanza como parte integrante de la misma en un ANEXO UNICO de dos (2) fojas.

Artículo 2º.- LA ratificación y la autorización dispuesta en el artículo precedente comprende la autorización al Departamento Ejecutivo para seguir avanzando en los vínculos con la Universidad Tecnológica Nacional a los fines de lograr los objetivos específicos.

Artículo 3º.- COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo, publíquese, dése al Registro Municipal y protocolícese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.