Asunto: 2021-3280

Fecha presentación: 21/09/2021

Código Ord.: 2021-2458

Fecha sanción: 23/09/2021

Título: Red de Agua Potable - Calle R. Gorordo

Resumen: APROBANDO red de agua potable ubicada en calle R. Gorordo (entre Córdoba y Pío Angulo). Presentado por el DEM, el día 21/09/2021, bajo el N°3280/2021.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

Que mediante nota de fecha 15 de Julio de 2021, los vecinos Irma Brandt (Dni n° 06.369.185), Silvana Spilman (Dni N° 27.192.440), Ángel Rodríguez (DNi N° 39.176.852), Gerardo Donetto (Dni n° 34.100.522), Nicolas Alladio (Dni n° 36.707.374), Olga Biassoni (Dni n° 11.035.070), y Miguel Ballari (Dni n° 14.615.882), en su carácter de propietarios de los inmuebles ubicados en calle R. Gorordo (entre Córdoba y Pio Angulo) vereda Oeste, nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 011 – Parc. (06, 07, 08, 09, 015, 016, 017 y 018) la ejecución de la extensión de cañería Red de Agua Potable a fin de dotar de dicho servicio a las propiedades antes mencionada. -
Que la referida ampliación no tendrá costo alguno para el Municipio, ya que dicho gasto será afrontado de manera total por los solicitantes; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red de Agua pasará a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2458/2021

Artículo 1°) APRUÉBESE la solicitud realizada por los vecinos, referida a la ampliación de la red de Agua potable ubicada en calle R. Gorordo (entre Córdoba y Pío Angulo) nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 011 – Parc. (06, 07, 08, 09, 015, 016, 017 y 018), a fin de dotar del servicio a dichas parcelas.-
Artículo 2°) TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n°608/2021 de fecha 14/09/2021, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltada.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Contrato de Obra.
5- Plano de Detalle de la Obra.

Artículo 3°) DECLÁRESE de utilidad pública la presente ampliación de Red de Agua Potable referenciada en el Articulo 1° y, en consecuencia, pase a formar parte de la red cloacal municipal. -
Artículo 4°) ESTABLÉZCASE que el pago de la obra, estará a cargo de los vecinos solicitantes en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios.-
Artículo 5°) DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Agua Potable se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes. -
Artículo 6°) ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda -CUIT n° 30-66824965-1.-
Artículo 7°) El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 8°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.