Asunto: 2022-3343
Fecha presentación: 22/03/2022
Código Ord.: 2022-2494
Fecha sanción: 22/03/2022
Título: Cambio sentido calle Rivadavia (Praderas Sur)
Resumen: ESTABLÉCESE el doble sentido de circulación, de Norte a Sur y de Sur a Norte, de la calle Rivadavia, en el tramo comprendido entre calles Bv. Unión y Rivadavia hasta su culminación hacia el Sur.- Presentado por el D.E.M., el día 22-03-2022, bajo el N° 3343-2022.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Que el Coordinador de Transito de la Municipalidad de Bell Ville, habiendo analizado el sentido de circulación que existe hoy actualmente en el barrio “Praderas del Sur”, comunica un reclamo constante de los vecinos del sector en relación que solo se cuenta con dos (2) accesos al mencionado barrio (ambos con un mismo sentido de circulación), uno de ellos por calle Figueroa Alcorta con sentido de circulación SUR y NORTE y el otro acceso es por calle Rivadavia cuyo sentido de circulación es igual, ósea SUR y NORTE, por lo que, es necesario establecer un nuevo sentido de circulación.-
Atento a esto, se observa que el ancho de las calzadas del lugar es de trece (13) metros lo que es posible considerar cambiar el sentido de circulación de la calle Rivadavia (entre Bv. Unión y calle Rivadavia hasta su culminación hacia el Sur) haciendo las mismas en doble mano (sentido Sur- Norte y Norte- Sur).-
A su vez, esto vendría a licuar los graves inconvenientes que ocasiona a los residentes del lugar, ya que, se ha tomado como un uso y costumbre, el ingreso por Rivadavia como doble mano, lo cual repercute en que si en el peor de los escenarios se produjera un accidente automovilístico las aseguradoras no darían cobertura al damnificado que circulare en sentido Sur-Norte, ya que legalmente la arteria Rivadavia en ese tramo es de única mano y en el sentido ya descripto supra.
Por lo que hacer efectivo el cambio de circulación de la mencionada calle en el sector detallado es necesario para facilitar el tránsito vehicular y para evitar posibles accidentes viales.
Por todo lo expuesto.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2494/2022
Artículo 1°: ESTABLÉCESE el doble sentido de circulación, de Norte a Sur y de Sur a Norte, de la calle Rivadavia, en el tramo comprendido entre calles Bv. Unión y Rivadavia hasta su culminación hacia el Sur.-
Artículo 2°: ENCOMIÉNDESE al Área de Tránsito Municipal, para que realice las demarcaciones correspondientes en las arterias mencionadas supra, a los fines de adecuar la señalética respectiva a las disposiciones que establece la presente Ordenanza. –
Artículo 3°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.-
Artículo 4°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese. -
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.-