Asunto: 2022-3361
Fecha presentación: 10/05/2022
Código Ord.: 2022-2505
Fecha sanción: 12/05/2022
Título: Aceptar la donación efectuada por la Srta. María Matilde SAMMARTINO
Resumen: AUTORÍZASE al Señor Intendente Municipal Dr. Carlos Edgardo BRINER, a aceptar la donación efectuada por la Srta. María Matilde SAMMARTINO, de un bien mueble de época destinado a la Casa de la Cultura. Presentado por el Concejo en Pleno, el día 10/05/2022, bajo el N° 3361/2022.-
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
VISTO:
Que con motivo del ofrecimiento efectuado por la Señorita María Matilde familia SAMMARTINO, a la Municipalidad de Bell Ville, mediante nota nº 1039, de fecha 08 de marzo del corriente año, el cual consiste en la donación de un bien mueble de época perteneciente a su familia paterna y que estuvo en el hogar de su niñez y adolescencia.
Que el bien mueble es de estructura de madera; compuesto por una repisa de mármol y puertas con vidrios labrados; con medidas de 60 cm de profundidad, 1,84 cm de longitud y 3 mts. de altura.
Que el destino del bien será la Casa de la Cultura de nuestra ciudad, lugar en que se encuentra actualmente.
Que este Concejo expresa su reconocimiento y gratitud a la Srta. María Matilde SAMMARTINO, remitiéndole copía de la presente Ordenanza.
Que conforme el art 66° inc. 32 de nuestra Carta Orgánica, el Concejo Deliberante debe autorizar la presente donación.
Proyecto presentado por el Concejo en Pleno.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2505/2022
Artículo 1º: AUTORÍZASE al Señor Intendente Municipal Dr. Carlos Edgardo BRINER, (D.N.I. Nº 20.288.106), a aceptar la donación efectuada por la Srta. María Matilde SAMMARTINO (D.N.I. Nº 3.694.027), donación de un bien mueble de época; de estructura de madera compuesto por una repisa de mármol y puertas con vidrios labrados; con medidas de 60 cm de profundidad, 1,84 cm de longitud y 3 mts. de altura, y con destino de permanencia en la Casa de la Cultura de la ciudad de Bell Ville. Se adjunta a la presente Ordenanza el Anexo Único que consta de una copia de la fotografía del bien mueble donado.
Artículo 2º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.