Asunto: 2022-3383
Fecha presentación: 23/05/2022
Código Ord.: 2022-2529
Fecha sanción: 23/06/2022
Título: DESÍGNESE con el nombre de “José S. Lloret”, a calle pública
Resumen: DESÍGNESE con el nombre de “José S. Lloret”, a la calle pública descripta identificada en plano adjunto con el número 1.- Presentado por el Concejal Nicolás Montuori, del Bloque U.C.R., el día 23/05/2022, bajo el N° 3383/2022.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Visto la reciente entrega de 140 lotes a sus beneficiarios en loteo municipal “Los Espinillo”, ubicado al sureste de la ciudad y la necesidad de nominar las arterias del mismo.-
Que en dicho loteo se procedió a la apertura de calles las cuales necesariamente deben ser nominadas.-
Que en dicho loteo avanzan a buen ritmo la construcción de viviendas por parte de sus adjudicatarios.-
Que en este caso en particular, nos encontramos con la calle pública descripta como Polígono A-A1-G1-G-G3-G2-H1-H-H3-H2-M1-M-M3-M2-N1-N-N3-O2-O1-O-L3-L2-L1-L-I3-I2-I1-I-F3-F2-F1-F-O3-P2-P1-P-K3-K2-K1-K-J3-J2-J1-J-E3-E2-E1-E-P3-D7-D6-D1-D2-D5-D4-D3-A, identificada en plano adjunto con el número 1.-
En esta instancia y haciendo un análisis de personalidades de nuestra ciudad que han contribuido a redescubrir y mantener viva nuestra historia y cultura, se observa una figura que merece ser destacada, y en esta línea también lo ha peticionado mediante nota el Centro Municipal de Estudios Históricos de Bell Ville, estoy hablando del señor José Secundino “Pepe” Lloret.-
José Lloret nació en Justiniano Posse, en el año 1936.
Hijo de Joaquín Lloret, español Catalán, que llega a la Argentina en 1920, y Alcira Córdoba, criolla. En 1982 la familia se traslada a Bell Ville, donde reside hasta su muerte en el año 2009. En la misma se desempeña como agricultor.-
En la ciudad de Bell Ville donde realiza su destacada labor de historiador, como miembro del Centro Municipal de Estudios Históricos de Bell Ville.
Se especializa en hallar, descifrar e interpretar documentos antiguos acerca de las mensuras y ventas de campos de la región guardados en el Archivo General de la Provincia de Córdoba, la Dirección General de Catastro de la Ciudad de Córdoba y documentos de bautismos, matrimonios y defunciones guardados en el Registro Civil de la Municipalidad de Bell Ville.
Fue asesor de infinidad de autores que escriben sobre el pasado de la región y el país.-
Aunque su obra más destacada como historiador, es la que realiza como coautor, junto con el Prof. Juan Evaristo González del libro “De Bell Ville al Mundo” historia del invento argentino que cambió a la pelota de futbol.
Su último gran trabajo data del año 2007, en el cual publica el hallazgo de los antecedentes de los hermanos Bell en archivos de Edimburgo, Escocia.-
Es así que entiendo justo y merecido que, la ciudad de Bell Ville, reconozca la labor de este vecino de la ciudad, que ha dejado plasmado en libros y trabajos parte de nuestra historia y cultura, la cual está más viva que nuca gracias, entre otros a don Pepe Lloret, llevando este nombre inmortalizado en unas de las arterias de nuestra ciudad, en calidad de homenaje.-
Proyecto presentado por el Concejal Nicolás Montuori del Bloque Unión Cívica Radical, fundamentado por su autor.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2529/2022
Artículo 1°: DESÍGNESE con el nombre de “José S. Lloret”, a la calle pública descripta como Polígono A-A1-G1-G-G3-G2-H1-H-H3-H2-M1-M-M3-M2-N1-N-N3-O2-O1-O-L3-L2-L1-L-I3-I2-I1-I-F3-F2-F1-F-O3-P2-P1-P-K3-K2-K1-K-J3-J2-J1-J-E3-E2-E1-E-P3-D7-D6-D1-D2-D5-D4-D3-A, identificada en plano adjunto con el número 1.-
Artículo 2°: DESE la pertinente comunicación de la presente Ordenanza a las reparticiones públicas, tales como las Direcciones de Catastro y Rentas de la Provincia de Córdoba, al Registro General de la Propiedad Inmueble, a los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y a las empresas prestatarias de servicios que operan en la ciudad.-
Artículo 3°: ENCOMIÉNDESE al Área de Tránsito Municipal para que realice la colocación de la cartelería correspondiente.-
Artículo 4°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación. -
Artículo 5°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-