Asunto: 2022-3456

Fecha presentación: 24/11/2022

Código Ord.: 2022-2561

Fecha sanción: 01/12/2022

Título: MODIFICACIÓN TARIFA DE AUTOS DE ALQUILER

Resumen: MODIFICACIÓN TARIFA DE AUTOS DE ALQUILER. Presentado por el D.E.M., el día 24/11/2022, bajo el N° 3456/2022.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

VISTO
Que los permisionarios y choferes del servicio de coches de alquiler de nuestra ciudad, han solicitado mediante nota nº 5988, de fecha 31 de octubre del corriente año un aumento de sus tarifas tanto diurna como nocturna.

Y CONSIDERANDO
Que los comparecientes proponen que la mencionada suba de precios por la prestación del servicio ascienda, por un lado, a la suma de PESOS DOSCIENTOS QUINCE ($215) para la bajada de bandera y ONCE PESOS ($11) para el valor de la “ficha” cada 100 metros de recorrido, correspondiente a la tarifa diurna, y en cuanto a la tarifa nocturna la misma se incrementa en un 34,5 % el valor de bajada de bandera haciendo un total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y DOS CTVS. ($236,72) y la “Ficha” DOCE PESOS CON DIEZ CTVS. ($ 12,10) por cada 100 metros recorridos.-
Que es entendible el pedido efectuado por los mencionados supra, puesto que, la última actualización efectuada data del mes de mayo del corriente año a través de la Ordenanza n° 2506, Promulgada mediante Decreto N° 7548/2022 y ha existido un importante incremento en el índice de precios en general, como así también en las autopartes, servicios de talleres mecánicos (reparaciones varias) y combustibles, lo que directamente impacta en el mantenimiento de las unidades dispuestas para el servicio de autos de alquiler, por ello en entendible y razonable se efectúe la recomposición de la tarifa requerida.-
Por ello;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2561/2022

Artículo 1°: ESTABLÉZCASE las tarifas que se detallan seguidamente, las cuales serán únicas y uniformes para todos los vehículos, para el servicio que prestan los permisionarios de coches de alquiler, a saber:
Tarifa Diurna: aplicarse desde su promulgación:
a.- La suma de PESOS DOSCIENTOS QUINCE ($215) por cada bajada de bandera.
b.- La suma de ONCE PESOS ($11) por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario. –
Tarifa Nocturna: aplicarse desde la efectiva puesta en vigencia de la presente.-
a.- La suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON SETENTA Y DOS CTVS. ($236,72), por cada bajada de bandera.
b.- La suma de DOCE PESOS CON DIEZ CTVS. ($ 12,10), por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario. –

Artículo 2°: Las tarifas autorizadas en virtud del Artículo precedente comenzarán a regir a partir de la promulgación de la presente norma.-

Artículo 3°: DERÓGASE la Ordenanza 2506/2022 y todo otro precepto legal que se oponga a los contenidos de la presente Ordenanza. -

Artículo 4°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A UN DÍA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.