Asunto: 2022-3467

Fecha presentación: 15/12/2022

Código Ord.: 2022-2575

Fecha sanción: 15/12/2022

Título: Agua y Cloacas - Dutto César

Resumen: APRUÉBESE la solicitud realizada por el señor Dutto César (D.N.I. 29.373.960), referida a la ampliación de la red de agua potable y red cloacal ubicada en calle Callejuela sin Nombre entre Cura Ferreyra y Ruta N° 9 (63,00 metros) a fin de dotar de servicios a las parcelas 4 y 6.- Presentado por el D.E.M., el día 15/12/2022, bajo el N°3467/2022.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS


Que mediante nota de fecha 06 de septiembre de 2022, el Sr. Dutto César, D.N.I. 29.373.960, solicita en su carácter de propietario de los inmuebles ubicados en Callejuela sin Nombre (entre Cura Ferreyra y Ruta N° 9) nomenclatura catastral Circ. 01 -Secc. 01- Mza. 041 – Parc. 4 y 6, la ejecución de la extensión de cañería subsidiaria de desagües cloacales y red de agua potable sobre dicha Callejuela ya que existe conexión de empalme en la intersección de la misma y Cura Ferreyra a fin de dotar de dichos servicio a las dos propiedades antes mencionadas. -
Que la referida ampliación no tendrá costo alguno para el Municipio, ya que dicho gasto será afrontado de manera total por los solicitantes; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red cloacal pasara a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad. -

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2575/2022

Artículo 1°) APRUÉBESE la solicitud realizada por el señor Dutto César (D.N.I. 29.373.960), referida a la ampliación de la red de agua potable y red cloacal ubicada en calle Callejuela sin Nombre entre Cura Ferreyra y Ruta N° 9 (63,00 metros) a fin de dotar de servicios a las parcelas 4 y 6.-
Artículo 2°) TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n° 684/2022 de fecha 05/12/2022, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Contrato de Obra.
Artículo 3°) DECLÁRESE de utilidad pública la presente ampliación de red cloacal referenciada en el Articulo 1° y en consecuencia pase a formar parte de la red cloacal municipal. -
Artículo 4°) ESTABLÉZCASE que el pago de la obra, estará a cargo de los Sr. Dutto César en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios. -
Artículo 5°) DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Agua y Cloacas se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes. -
Artículo 6°) ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda. -CUIT n° 30-66824965-1.-
Artículo 7°) El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza. -
Artículo 8°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.