Asunto: 2022-3476

Fecha presentación: 16/12/2022

Código Ord.: 2022-2579

Fecha sanción: 22/12/2022

Título: TARIFA DE REMISES - FEBRERO AÑO 2023

Resumen: AUTORIZANDO EL AUMENTO DE LAS TARIFAS DEL SERVICIO PÚBLICO DE COCHES DE ALQUILER 2023.- Presentado por el D.E.M. el día 16/12/2022, bajo el N° 3476/2022.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

VISTO:
Que los permisionarios y choferes del servicio de coches de alquiler de nuestra ciudad, han solicitado mediante nota nº 6629, de fecha 29 de noviembre del corriente año, un aumento de sus tarifas tanto diurna como nocturna a partir del 1º de Febrero de 2023.

Y CONSIDERANDO:
Que los comparecientes proponen que la mencionada suba de precios por la prestación del servicio ascienda, por un lado, a la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA ($230) para la bajada de bandera y ONCE PESOS CON CINCUENTA CTVS. ($11,50) para el valor de la “ficha” cada 100 metros de recorrido, correspondiente a la tarifa diurna, y en cuanto a la tarifa nocturna la misma se incrementa en un 7 % el valor de bajada de bandera haciendo un total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON VEINTINUEVE CTVS. ($253,29) y la “Ficha” DOCE PESOS CON NOVENTA Y CUATRO CTVS. ($12,94) por cada 100 metros recorridos.- por cada 100 metros recorridos.-
Que es entendible el pedido efectuado por los comparecientes, puesto que, se ha informado una serie de aumentos en combustibles (20%) que comenzarán a regir a partir del mes de enero próximo, lo cual también repercute en materia de repuestos, accesorios e insumos, lo que directamente impacta en el mantenimiento de las unidades dispuestas para el servicio de autos de alquiler, por ello es entendible y razonable se efectúe la recomposición de la tarifa requerida.-
Por ello
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2579/2022

Artículo 1°: ESTABLÉZCASE las tarifas que se detallan seguidamente, las cuales serán únicas y uniformes para todos los vehículos, para el servicio que prestan los permisionarios de coches de alquiler, a saber:
Tarifa Diurna: aplicarse desde su promulgación:
a.- La suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA ($230) por cada bajada de bandera.
b.- La suma de ONCE PESOS CON CINCUENTA CTVS. ($11,50) por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario. –
Tarifa Nocturna: aplicarse desde la efectiva puesta en vigencia de la presente.-
a.- La suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON VEINTINUEVE CTVS. ($253,29) por cada bajada de bandera.
b.- La suma de DOCE PESOS CON NOVENTA Y CUATRO CTVS. ($12,94), por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario. –

Artículo 2°: Las tarifas autorizadas en virtud del Artículo precedente comenzarán a regir a partir del 1° de febrero de 2023.-

Artículo 3°: DÉJESE SIN EFECTO a partir del 1° de febrero de 2023 la Ordenanza 2561/2022 y todo otro precepto legal que se oponga a los contenidos de la presente Ordenanza.

Artículo 4°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.