Asunto: 2023-3478

Fecha presentación: 11/01/2023

Código Ord.: 2023-2581

Fecha sanción: 13/01/2023

Título: Compra tamices rotativos

Resumen: AUTORÍZANDO al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir de manera directa a  la empresa AERATION ARGENTINA S.A. CUIT N° 30678620544 con domicilio en calle Dardo Rocha N° 160 de la localidad de Acassuso - Buenos Aires, dos (02) tamices Tornillo, marca Simeco, modelo TSS- C 714,  por el precio de Euros Setenta y Un Mil Ciento Cuarenta (€ 71.140), más IVA, convertibles a pesos al día previo a la acreditación del pago, según el tipo de cambio billete Vendedor del Banco de la Nación Argentina. Presentado por el D.E.M. el día 11 de enero, bajo el N° 3478/2023.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

VISTO:
El expediente 00598/2022, caratulado “Ampliación planta depuradora de líquidos cloacales” iniciado por la Secretaría de Coordinación de Gabinete.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza N°2548 sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Bell Ville con fecha 29 de septiembre del año 2022, se dispuso la ratificación del convenio de refuncionalización y ampliación de la planta depuradora de líquidos cloacales de Bell Ville, suscripto por la Provincia de Córdoba, la Cooperativa de Trabajo Sudeste Limitada, el Ente Regulador de Servicios Públicos y la Municipalidad de Bell Ville.
Que conforme surge de la cláusula primera (inciso C) del referido acuerdo, en el marco de la obra, la Provincia de Córdoba asume el compromiso de financiar la provisión de un tamiz rotativo.
Que a los fines de avanzar en la adquisición, la Secretaría de Coordinación de Gabinete de forma conjunta con la Secretaría de servicios Públicos de la Provincia de Córdoba elabora un Pliego con las especificaciones técnicas necesarias para solicitar las respectivas ofertas, el cual es debidamente supervisado por ERSEP.
Que desde la referida área, expresan que los equipos formarán parte del pre tratamiento de los efluentes del EDAR y que serán instalados en la cámara de llegada, desengrasado, desarenado- cuya construcción está a cargo de la cooperativa Sudeste- y que por razones de diseño se ha optado por la dotación de dos tamices modulares de 450 m3/h cada uno, que cubrirán el requerimiento de caudal de efluentes, el que en esta etapa del proyecto asciende a 900m3/h.
La Secretaria de Economía indica que existe partida presupuestada para afrontar la erogación.
A su vez, informa que, por el monto consagrado en el presupuesto oficial al mes de octubre de 2022, hubiese resultado de aplicación según normativa vigente al momento, el procedimiento previsto para concurso publico de precio y en la actualidad, el de una compulsa de precio a sobre cerrado, según Art. 9 segundo párrafo de la Ordenanza N° 2576/2022. Sin perjuicio a ello, desde el área se realizaron distintas averiguaciones sobre cotizaciones en proveedores por productos de similares características, encontrándose con escasa oferta del mismo, siendo acotado el mercado dada la especificidad del producto, por lo que optaron por recabar presupuestos de empresas que comercializan los equipos requeridos.
Considerando además, que dichos productos se encuentran valuados en moneda extranjera, lo que genera una situación de incertidumbre respecto a las variaciones del precio.
De los presupuestos recabados surge la oferta de la firma Novarsa S.A. por dos (02) tamices rotativos para canal Fluiteco modelo GTRC-1000 por Euros Ciento Veinticinco Mil Ciento Ochenta (€ 125.180) más IVA.
En tanto que la firma AERATION ARGENTINA S.A. cotizó dos (02) tamices Tornillo, marca Simeco, modelo TSS- C 714 por el precio de Euros Setenta y Un Mil Ciento Cuarenta (€ 71.140), más IVA.
Que la Secretaria de Coordinación de Gabinete analizado técnicamente las ofertas observa que la propuesta de la empresa Aeration Argentina S.A. es la que más se ajusta a los requerimientos técnicos solicitados en los pliegos, además de ser la oferta económicamente más ventajosa, operando la empresa exclusivamente en el mercado del tratamiento de aguas y efluentes, por lo que dispone de un plantel profesional altamente capacitado y una política de calidad que garantiza el servicio técnico Post venta.
Que desde la Secretaria de Economía también sugieren la adquisición de la firma AERATION ARGENTINA S.A basándose en su trayectoria, con 30 años en el mercado, lo garantiza solvencia y eficiencia técnica, como así calidad en su producto, certificando norma ISO 9001/2015.
Además de ser su propuesta la más ventajosa económicamente, a la fecha según cotización oficial banco Nación billete, se encuentra dentro del monto de presupuesto oficial.
Que Asesoría Letrada dictaminó manifestando que dado el monto a erogar correspondería llevar a cabo una contratación directa mediante compulsa de precios a sobre cerrado (art. N°9 segundo párrafo- Ord. N°2576/2022), sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta la dificultad para recabar más presupuestos según lo manifestado por los Secretarios de Economía y Coordinación de Gabinete, dada las características de la contratación pretendida, esta Asesoría considera que la misma podría enmarcarse en lo dispuesto por articulo N°10 inc. 4) del Régimen de Contrataciones vigente (Ordenanza N°2576/2022) solicitando el Departamento Ejecutivo Municipal la pertinente autorización de contratación al Concejo Deliberante mediante Ordenanza en particular, conforme la normativa citada “Artículo 10°.- El Departamento Ejecutivo podrá contratar en forma directa y sin límite de monto, previa autorización otorgada mediante Ordenanza particular, en los siguientes casos, a saber:.. Inciso 4°- Cuando de acuerdo a los antecedentes de cada caso, se determine que las obras, cosas o servicios sean de tal naturaleza, que resulte más conveniente este método para el Municipio, que realizar un proceso de concurso de precios, licitación, expropiación, etc.”.-
Por todo lo expresado, resulta conveniente acceder a la propuesta (Q-9010) presentada por AERATION ARGENTINA S.A, efectuando la contratación en cuestión bajo el procedimiento normado por el art. 10 inc. 4 de la Ordenanza de Contrataciones vigente.

Por lo expuesto:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2581/2023

Artículo 1°: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir de manera directa a la empresa AERATION ARGENTINA S.A. CUIT N° 30678620544 con domicilio en calle Dardo Rocha N° 160 de la localidad de Acassuso - Buenos Aires, dos (02) tamices Tornillo, marca Simeco, modelo TSS- C 714, por el precio de Euros Setenta y Un Mil Ciento Cuarenta (€ 71.140), más IVA, convertibles a pesos al día previo a la acreditación del pago, según el tipo de cambio billete Vendedor del Banco de la Nación Argentina.

Artículo 2°: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo a desembolsar un anticipo financiero del cincuenta por ciento (50%) del monto consagrado en el Artículo precedente. El importe restante será abonado previo a la entrega de los productos.

Artículo 3°: FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar adelante las adquisiciones autorizadas supra, hasta con una variación del precio como máximo del cinco por ciento (5%) final.

Artículo 4°: FACÚLTESE al Señor Intendente Dr. Carlos Edgardo Briner, D.N.I. Nº 20.288.106, para que en nombre y representación de la Municipalidad de Bell Ville, suscriba toda la documentación que sea menester a los fines de cumplimentar con lo dispuesto en los artículos precedentes, en los términos y condiciones establecidos en la presente Ordenanza.

Artículo 5°: IMPÚTENSE los EGRESOS correspondientes a la ejecución de la presente ordenanza en la partida presupuestaria “REFUNCIONALIZACIÓN PLANTA LÍQUIDOS CLOACALES” Código N° 02.02.01.02.01.02.01.

Artículo 6°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.

Artículo 7°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.