Asunto: 2023-3480
Fecha presentación: 17/02/2023
Código Ord.: 2023-2583
Fecha sanción: 22/02/2023
Título: RATIFICACIÓN CONVENIO ALCEC
Resumen: RATIFICASE en todas sus partes el CONVENIO MARCO DE COLABORACION RECIPROCA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, representada por el señor Intendente Municipal Dr. Carlos Edgardo BRINER, y la ASOCIACION DE LUCHA CONTRA EL CANCER BELL VILLE (A.L.C.E.C.), representada por su Presidente, la Señora María del Huerto BRANDOLI, con fecha 01 de enero de 2023, referido a la derivación por parte de LA MUNICIPALIDAD a la mencionada entidad, de aquellas pacientes que asistan a cualquier Centro de Salud Municipal, bajo la correspondiente prescripción médica, con la finalidad de que allí se realicen de manera gratuita los controles ginecológicos necesarios para la detección temprana y prevención del cáncer. Presentado por el D.E.M. el día 17 de Febrero, bajo el N° 3480/2023.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Que habiendo arrojado resultados positivos la implemen-tación del convenio de colaboración recíproca entre esta Municipalidad de Bell Ville y la Aso-ciación de Lucha Contra el Cáncer (A.L.C.E.C.) Bell Ville, se ha acordado darle continuidad a este tan importante servicio a la comunidad como lo es la lucha y prevención contra el cáncer, procediéndose a dictar y suscribir un nuevo contrato con esta tan prestigiosa entidad, basándose en las pautas establecidas de común acuerdo en el convenio suscripto oportunamente.
Que el control ginecológico muchas veces es la única manera de detectar tempranamente enfermedades como el cáncer de cuello de útero, cáncer de ovarios, cáncer de mama, entre otras patologías, las cuales si son descubiertas de ma-nera precoz, posibilitan mayores oportunidades de vencerlas.
Que es recomendable realizarse controles ginecológicos de manera anual, entre los cuales los más importantes son, el Papanicolaou (P.A.P.), la Col-poscopia, y el Examen Mamario, procedimientos utilizados básicamente para la prevención de este tipo de padecimientos.
Que la Asociación de Lucha contra el Cáncer (A.L.C.E.C.) Bell Ville es una organización formada por un grupo de voluntarios, entre ellos profesionales que con un denodado esfuerzo y mediante una administración ordenada de sus recursos, provenientes de los aportes que realizan sus asociados, tiene por finalidad vencer al cáncer ginecológico mediante la educación, prevención y el diagnóstico temprano.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2583 /2023.
Artículo 1°: RATIFICASE en todas sus partes el CONVENIO MARCO DE COLABORACION RECIPROCA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, representada por el Señor Intendente Municipal Dr. Carlos Edgardo BRINER, (D.N.I. N° 20.288.106), y la ASOCIACION DE LUCHA CONTRA EL CANCER BELL VILLE (A.L.C.E.C.), representada por su Presidente, la Señora María del Huerto BRANDOLI, DNI N° 5.325.780, con fecha 01 de enero de 2023, referido a la derivación por parte de LA MUNICIPALIDAD a la mencionada Entidad, de aquellas pacientes que asistan a cualquier Centro de Salud Municipal, bajo la correspondiente prescripción médica, con la finalidad de que allí se realicen de manera gratuita los controles ginecológicos necesarios para la detección temprana y prevención del cáncer. El que se incorpora como ANEXO I (de una foja) y forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. -
Artículo 2°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R. M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.