Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2018-2814

Fecha presentación: 23/04/2018

Código Ord.: 2018-2194

Fecha sanción: 03/05/2018

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: -

Título: Licitación pública cloacas - Calles Ombú, Constitución y Alem

Resumen: Tema: Proyecto de Ordenanza: LLAMANDO a Licitación Pública Red de Cloacas en calles Ombú, Constitución y Alem.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Visto que la Municipalidad de Bell Ville, ha adherido al Acuerdo Federal suscripto entre el Gobierno de Córdoba y la Unidad de Trabajo Mesa Provincia Municipio, a través de la Ordenanza N° 2009/16, con fecha 9 de junio de 2016.
Que a través de la Ordenanza N°2147/2017, se ha afectado el Fondo de Desarrollo Urbano para obras de saneamiento cloacal y bacheo de pavimento flexible asfaltico.
En el caso particular el Departamento Ejecutivo entiende prioritario avanzar en la obra de cloacas colectoras en calle Ombú y Constitución y Alem, (Cuatro Caminos).-
Esta obra permitirá la extensión de la red de cloacas en loteos municipales y a todos los vecinos del sector sur-este de la ciudad.-
Que en relación al monto a destinar a las obras de cloacas, de acuerdo a la ordenanza de contrataciones vigente, corresponde realizar el llamado a licitación Pública.
Por lo expuesto,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2194/2018

Artículo 1.- LLAMASE a Licitación Pública para el día que mediante Decreto determine el Departamento Ejecutivo Municipal para la provisión de materiales y mano de Obra que comprende la ejecución de la obra de Red de cloacas Colectores calle Ombú y Constitución y Red de cloacas Colectores calle Alem (4 caminos).

Artículo 2º.- APRUEBASE la siguiente documentación que pasa a formar parte integrante de la presente:
a) Pliego General de Condiciones
b) Pliego Particular de Condiciones con sus anexos
c) Memoria Descriptiva (ANEXO I).
d) Pliego de Especificaciones Técnicas (ANEXO II)
e) Pliego de Especificaciones Técnicas Complementario ( ANEXO III)
f) Cómputo Métrico y Presupuesto (ANEXO IV)
g) Plano de Obra (ANEXO V)
h) Solicitud de Admisión

Artículo 3º.- Las obras de red de cloacas descriptas en la presente Ordenanza se ejecutarán de acuerdo a los proyectos que fueran elaborados por la Dirección de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano cuanto por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 4º.- La Dirección Técnica de las obras de red de cloacas la realizará la Dirección de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano.

Artículo 5º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza Municipal, como así también derogase toda ordenanza que se oponga a la presente.

Artículo 6º.- IMPÚTENSE los ingresos que se generen en virtud de la presente Ordenanza a las siguientes partidas, a saber:

OTRAS TRANSFERENCIAS CTAS PROVINCIALES Código: 01.02.02.02.02.07.06

Artículo 7º.- IMPÚTENSE los egresos que demande la ejecución de la presente Ordenanza a las siguientes partidas, a saber:

PLAN DE SANEAMIENTO Código:
02.02.01.02.02.01.01.01.11
02.02.01.02.01.01.02.11

OTRAS OBRAS POR CTA DE LA PROVINCIA Código: 02.02.01.02.01.02.08.

Artículo 8º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir de su promulgación.

Artículo 9º.- COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES

Artículo 1°.- LLAMADO A LICITACION PÚBLICA:

Se instrumentará mediante Ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante.

Artículo 2°.- CONOCIMIENTOS DE ANTECEDENTES:

Quien concurra a la Licitación Pública no podrá alegar en caso alguno, falta de conocimiento de este Pliego, o del régimen de contrataciones vigentes y al solo hecho de concurrir implica el perfecto conocimiento y comprensión de sus cláusulas.
Tampoco se podrá alegar en ningún caso desconocimiento o mala interpretación del Pliego Particular, demás elementos de la documentación ni de ninguna otra disposición que con ellas tenga atinencia.

Artículo 3°.-

El PLIEGO PARTICULAR constituye el conjunto de condiciones específicas o particulares de la Licitación Pública. El pliego como mínimo, contendrá las siguientes cláusulas, a saber:
* Objeto del Contrato: Debe precisar, con la mayor exactitud y fidelidad, en qué consiste la prestación del contratante que persigue la administración.
* Características Técnicas o Especiales: Debe identificar precisamente las características que conforman el objeto de la Licitación Pública, sus condiciones especiales y/o técnicas. Deberá evitarse toda referencia o marca o detalles que pudieran vulnerar la igualdad entre los oferentes. Salvo que existan razones científicas o técnicas debidamente fundadas, no deberá solicitarse marca determinada, quedando entendido que si se menciona alguna marca o tipo es al sólo efecto de señalar las características generales del objeto pedido, sin que ello implique que no pueda el proponente ofrecer artículos similares de otras marcas.
* Importe del Presupuesto Oficial de la Licitación Pública.
* Sistema o modalidad de la Contratación.
* Cotización: Deberá preveer concreta y específicamente cada uno de los aspectos de las distintas alternativas de pago. Podrán requerirse cotizaciones para cada uno de los renglones y/o partes componentes del objeto de la contratación. En este caso deberá indicarse si esto es al efecto del estudio de las propuestas o para efectuar adjudicaciones parciales.
* Forma de Pago.
* Lugar de Entrega.
* Garantía de la Propuesta: Equivalente al uno por ciento (1%) del monto del presupuesto oficial.
* Garantía de Contrato y Garantía de Funcionamiento: Se determinará conforme al objeto de la contratación, según lo establecido en la presente Ordenanza.
* Plazo de Cumplimiento: Deberá señalarse el plazo dentro del cual debe hacerse efectivo el cumplimiento del contrato. Todos los plazos establecidos en el pliego serán computados en días hábiles, salvo que expresamente se establezca lo contrario.
* Precio de adquisición del Pliego.

Artículo 4°.- De la Presentación:

DISPONESE que si –con posterioridad al llamado de la Licitación Publica el día designado para cumplir con cualquier trámite o etapa del procedimiento licitatorio resultara inhábil, se declarara feriado o se decretase asueto, el acto que corresponda y –en especial- la presentación y apertura se realizarán a la misma hora del primer día hábil siguiente.

Artículo 5°.-

ESTABLECESE que no podrán ser contratistas de la Municipalidad ni participar de los procesos licitatorios las siguientes personas, a saber:
* Los que no tienen capacidad de hecho o de derecho para realizar negocios jurídicos.
* Los que por cualquier causa legal estén privados de la administración y disposición de sus bienes.
* Los que se encuentren apremiados por deudas exigibles de cualquier clase, causa y naturaleza por la administración municipal.
* Los inhabilitados, eliminados y/o suspendidos por el Registro de Proveedores del Estado Municipal.
* Los que desempeñen cargos de cualquier nivel en la administración municipal.
* Los deudores alimentarios según Ordenanza n° 1135/2000.
* Los que se encuentren imputados o hubieran sido condenados por delitos de falsedad, estafa, contra la propiedad o lesa humanidad.
* Los que estén en concurso preventivo o en estado de quiebra judicial.
* Los que no estén debidamente inscriptos en los regímenes impositivos vigentes, en el orden Nacional, Provincial y Municipal.

Artículo 6°.- Domicilio del Contratista:

El concurrente, proponente y/o contratista deberá constituir domicilio legal en jurisdicción de la Municipalidad, en cuyo lugar se practicarán las notificaciones que correspondan.

Artículo 7°.- Sobre de Presentación:

A los fines de concurrir y participar válidamente en un procedimiento de la Licitación Pública convocada por la Municipalidad, el proponente deberá entregar y depositar -por sí o por medio de mandatario- toda la documentación exigida por esta Ordenanza en sobre cerrado y lacrado. En todos los casos la entrega deberá hacerse en tiempo propio y en el lugar indicado en el edicto, bajo pena de caducidad y el sobre deberá llevar -como única leyenda- “LICITACION PUBLICA DE FECHA …… OBJETO ……. MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE”.

Artículo 8°.- Documentos para participar:

Los documentos que, sin excepciones, los proponentes deberán incluir en el sobre referido en el artículo precedente son los siguientes, a saber:
* Solicitud de Admisión: Será redactada informalmente conforme al modelo que proporcione la Municipalidad y firmado por el proponente.
* Garantía de Propuesta: Los proponentes acompañarán a la propuesta el comprobante de haber constituido la garantía respectiva, a que se refiere la presente Ordenanza, la que podrá efectuarse en la siguiente forma:
* Depósito en efectivo efectuado en Tesorería Municipal.
* Fianza Bancaria.
* Seguro de Caución
* Otras formas de garantías previstas en el llamado de la Licitación Publica
* Recibo de adquisición de los pliegos de bases y condiciones (general y particular) de la Licitación Pública convocada.
* Sellado Municipal.
* Toda otra documentación que específicamente se solicite en el pliego particular de condiciones.

6- Sobre de Propuesta:
Contendrá, única y exclusivamente, la propuesta económica (oferta) y/o la garantía técnica y/o de servicio por duplicado. Este sobre deberá estar cerrado, lacrado, contar con la leyenda “OFERTA ECONOMICA LICITACION PUBLICA DE FECHA ….”

Artículo 9°.- Formalidades de la Propuesta:

La documentación contenida en el sobre de presentación deberá estar firmada por el proponente en todas sus fojas y repuesta fiscalmente con el sellado municipal que corresponda. La presentación no deberá contener ninguna raspadura ni enmiendas ni entre líneas que no aparezcan salvadas expresamente al final de cada foja. El precio cotizado deberá ser cierto, fijo e inamovible, en moneda de curso legal pudiendo el proponente ofrecer bonificaciones o rebajas que podrán ser –o no- aceptadas por la Municipalidad.

Artículo 10°.- Mantenimiento de la oferta:

La propuesta tendrá una vigencia de treinta (30) días a contar desde la fecha de presentación, plazo durante el cual se considerará firme y válida, salvo que en el pliego particular se estipule otro término, en cuyo caso deberá estarse a éste. Durante el plazo de vigencia la Municipalidad deberá aceptarla o rechazarla, en caso contrario, se considerará automáticamente caducada. Todo plazo menor o mayor fijado por el proponente se tendrá por no escrito.

Artículo 11°.- Licitación Pública Desierta:

Si no se hubieran presentado ningún proponente a la convocatoria, de la Licitación Pública se declarará desierta mediante Decreto del Departamento Ejecutivo.

Artículo 12°.- Ofertas Inadmisibles:

En caso de que la presentación y/o la oferta no se ajusten a los pliegos de condiciones y/o modifiquen las bases establecidas, se declararán inadmisibles mediante decisión adoptada por la autoridad competente para resolver sobre la adjudicación.

Artículo 13°.-

En cualquiera de las hipótesis previstas en los dos artículos anteriores (licitación desierta o declaración de inadmisibilidad) el Departamento Ejecutivo podrá convocar a un segundo llamado con la misma Ordenanza y Pliegos.

Artículo 14°.- Aperturas de los sobres:

En el lugar, día y hora establecidos en el Decreto de convocatoria del Departamento Ejecutivo, en presencia de los interesados que concurran al acto y con la asistencia de los funcionarios autorizados, se procederá a abrir los sobres conteniendo las propuestas. En este caso se leerá el contendido de cada sobre y se labrará un acta circunstanciada en donde conste todo lo actuado, las observaciones que los proponentes o sus representantes autorizados y/o los funcionarios actuantes realicen. El acto será presidido por el funcionario público de mayor jerarquía que se encuentre presente y, asimismo, será quien resuelva el procedimiento específico a seguir conforme a las etapas del cronograma y lo ocurrido en el acto de apertura.

Artículo 15°.- Observaciones:

Las observaciones y réplicas que formulen los interesados deberán ser concretas, breves y precisas. Deberán formularse en forma oral, no se admitirá discusión sobre las mismas y se dejará constancia en el acta..

Artículo 16°.- Apertura de los sobres de Propuestas:

Los sobres conteniendo las ofertas serán abiertos en la oportunidad que corresponda, dándose lectura a las propuestas en presencia de los concurrentes. Terminada esta lectura, se preguntará a los proponentes presentes o representantes autorizados si tienen observaciones que formular y se dejará constancia.

Los funcionarios actuantes, también deberán formular las que correspondieran y luego el funcionario de mayor jerarquía que presida el acto resolverá lo pertinente.

Artículo 17°.- Acta:

Todos los hechos y/o circunstancias que ocurran durante las etapas del proceso de licitación quedarán asentados en la correspondiente acta que se labrará, la cual -previa lectura y ratificación- será firmada por el funcionario de mayor jerarquía que presida el acto y por los oferentes que quieran hacerlo.

Artículo 18°.-

Queda expresamente prohibido presentar propuestas complementarias o modificatorias de otra anterior ya presentada. En éste supuesto, la misma deberá rechazarse in límite.

Artículo 19°.- Estudio y comparación de las propuestas:

Las oficinas técnicas que correspondan, harán el estudio de las propuestas presentadas, constatando -en primer lugar- si cumplen, o no, con las condiciones exigidas para su validez. Con todas las propuestas que superen el examen inicial de admisibilidad, se confeccionará una planilla comparativa de precios y detalles de las cosas, bienes y/o servicios ofertados por cada uno de los proponentes.

Artículo 20°.- Pre-adjudicación y Adjudicación:

DISPONESE que con carácter previo a la adjudicación, el Departamento Ejecutivo podrá crear una Comisión de Pre-Adjudicación de hasta cinco (5) miembros integrada por representantes de la administración y del Concejo Deliberante. Dicha comisión deberá evaluar las propuestas presentadas emitiendo un dictamen no vinculante sobre las mismas.
En los casos del segundo y tercer párrafo del artículo 50 de la presente Ordenanza, dispóngase que con carácter previo a la adjudicación el D.E.M deberá crear una Comisión de pre adjudicación de hasta siete (7) miembros integrada por cuatro (4) representantes de la administración y tres (3) del Concejo Deliberante, debiendo resolverse en ese Cuerpo la representación de las minorías asegurándose siempre al menos un representante por la mayoría. Esta comisión deberá evaluar las propuestas presentadas emitiendo un dictamen no vinculante en un plazo perentorio no mayor a cinco (5) días hábiles desde la solicitud expresa en tal sentido del D.E.M.

Artículo 21°.-

Una vez producidos los informes técnicos y emitido –en su caso- el dictamen de la Comisión de Pre-Adjudicación, la autoridad competente juzgará en definitiva la licitación.

Artículo 22°.-

Con carácter previo a la adjudicación definitiva el Departamento Ejecutivo -si así lo considere conveniente- podrá realizar una pre-adjudicación. En este supuesto, pasará el expediente con todas las actuaciones labradas del proceso de Licitación Pública al Tribunal de Cuentas de la Municipalidad a efectos que dictamine sobre la legalidad de la pre-adjudicación propuesta, quien deberá expedirse en un plazo máximo de diez (10) días corridos contados desde la recepción de las actuaciones.

Artículo 23°.-

En el supuesto que el Departamento Ejecutivo no haga uso de la opción prevista en el artículo anterior, adjudicará la l Licitación Pública al proponente que haya concretado la oferta que juzgue más conveniente para la Municipalidad.

Artículo 24°.-

ENTIENDESE por propuesta más ventajosa o conveniente aquella que -ajustada a las bases y condiciones establecidas para la licitación- sea la de más bajo precio o cotización. Lo expuesto, sin perjuicio de la atribución prevista en el artículo 3° de la presente Ordenanza.

Artículo 25°.- Rechazo de las Propuestas:

La autoridad competente podrá también, si así lo estima conveniente, rechazar –total o parcialmente- las propuestas, sin que esto de derecho a reclamo de ninguna naturaleza a los proponentes interesados en la misma.

Artículo 26°.- Mejora de Precios:

En aquellos casos en que dos o más ofertas resulten igualmente convenientes o ventajosas, se llamará a los proponentes para que, dentro del término de tres (3) días, formulen mejoras de ofertas. La Municipalidad podrá realizar adjudicaciones parciales de distintos renglones siempre que las mismas resulten convenientes a los intereses municipales.

Artículo 27°.- Desistimiento:

Si un proponente retirara su propuesta antes que el Departamento Ejecutivo resuelva definitivamente sobre la adjudicación y dentro del plazo de mantenimiento de la oferta, perderá el depósito de garantía constituido a favor de la Municipalidad.

Artículo 28°.- Devolución de Garantía de Propuesta:

Hasta que se firme el contrato pertinente, la Municipalidad reservará los depósitos de garantía. Una vez suscripto el contrato, solamente quedará en poder de la misma el depósito de garantía presentado por el adjudicatario y pasará a formar parte –total o parcialmente- del depósito de garantía sobre el cumplimiento de contrato.

Artículo 29°.- Contrato:

Una vez resuelta la adjudicación y comunicada oficialmente al oferente, mediante copia autenticada del Decreto correspondiente, el adjudicatario deberá presentarse, dentro de los diez (10) días corridos subsiguientes a la notificación, ante el Departamento Ejecutivo a los fines de suscribir el contrato respectivo. En caso de imposibilidad y antes del vencimiento del plazo, el adjudicatario podrá solicitar a la Municipalidad una prórroga por causa debidamente justificada que no podrá exceder de cinco (5) días corridos adicionales.
Vencido el plazo y –en su caso- la prórroga en caso de haber sido acordada, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación con pérdida para el adjudicatario del depósito de garantía.
En este supuesto, el Departamento Ejecutivo podrá proceder a una nueva adjudicación al proponente que siga en el orden de conveniencia.
Una vez firmado el contrato, el adjudicatario no podrá transferirlo ni cederlo a terceros sin autorización expresa y documentada de la Municipalidad.

Artículo 30°.- Garantía de Contrato:

Antes de suscribir el contrato, el adjudicatario deberá acreditar, mediante certificado de depósito en efectivo efectuado en Tesorería Municipal, aval o fianza bancaria, seguro de caución u otras formas de garantías previstas en el llamado a la Licitación Pública que haya constituido –a favor de la Municipalidad- una garantía de cumplimiento de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) sobre el monto adjudicado. Si el pliego particular de condiciones estableciera otras garantías debido a las características del contrato, las mismas prevalecerán sobre las que se han estipulado precedentemente en este artículo.


Artículo 31°.- Devolución del Depósito de Garantía de Contrato:

Cuando la ejecución del contrato no hubiera generado observaciones a su cumplimiento, la Municipalidad procederá al reintegro del depósito de garantía establecido en el artículo anterior previo informe de la Oficina Técnica encargada del control y seguimiento contractual. Los depósitos de garantía constituidos no devengarán intereses ni actualizaciones monetarias a favor del adjudicatario.

Artículo 32°.- Rescisión del Contrato:

Si el adjudicatario no cumpliera con las obligaciones contractuales o si el mismo no las cumpliera en la forma estipulada en los pliegos de la Licitación Pública la Municipalidad -sin necesidad de interpelación judicial ni extrajudicial- podrá elegir, a su exclusivo criterio, entre dar por rescindido el contrato con pérdida para el adjudicatario del depósito de garantía constituido (primera opción) o bien sancionar al mismo con una multa equivalente al uno por ciento (1%) del monto del contrato por cada día de mora y/o de incumplimiento que fije el pliego particular de condiciones. Las sanciones establecidas precedentemente lo son sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad pueda iniciar, en cualquier caso, por daños y perjuicios.

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES

RED DE CLOACAS

Art.1) SISTEMA DE CONTRATACIÓN:

Licitación Pública:

Art. 2) OBJETIVO DE LA LICITACIÓN:

Consiste en la ejecución de Red de cloacas Colectores calle Ombú y Constitución y Red de cloacas Colectores calle Alem (4 caminos) en las calles de la ciudad en un todo de acuerdo con los elementos que constituyen el legajo, según el Art. 3)

Art. 3) ELEMENTOS QUE CONSTITUYEN EL LEGAJO:

A los efectos legales y de cumplimiento de contrato, forman parte del mismo, la siguiente documentación:

a) Pliego General de Condiciones
b) Pliego Particular de Condiciones
c) Memoria Descriptiva (ANEXO I)
d) Pliego de Especificaciones Técnicas (ANEXO II)
e) Pliego de Especificaciones Técnicas Complementarias (ANEXO III)
f) Cómputo métrico y presupuesto (ANEXO IV)
g) Plano de Obra (ANEXO V)
h) Solicitud de Admisión

Art. 4) INFORMACIONES SUPLEMENTARIAS:

Las dudas que pudieran originarse con respecto a la interpretación de los Pliegos deberán plantearse por escrito a la Municipalidad solicitando concretamente la aclaración que estime necesaria, la que podrá hacerse hasta cinco (5) días antes de la fecha fijada para abrir las propuestas.
No se admitirán reclamos posteriores que se funden en la falta de conocimiento de información o mala interpretación de los Pliegos.

Art. 5) EFECTOS JURÍDICOS DEL LLAMADO A LICITACIÓN:

La Municipalidad de Bell Ville no asume responsabilidad alguna por el llamado a Licitación y podrá dejarlo sin efecto parcial o totalmente en salvaguarda de sus intereses, en cualquier etapa de la tramitación.

Art. 6) PLAZO DE EJECUCION:

Sesenta (60) días corridos desde la firma del contrato con la ¨Constructora¨.
Si a los diez (10) días de la firma del contrato no se comienza la obra, la Municipalidad podrá rescindir el mismo.

Art. 7) EJECUCION DE LOS TRABAJOS:

Red de cloacas Colectores calle Ombú y Constitución y Red de cloacas Colectores calle Alem (4 caminos), según se detalla en memoria descriptiva y planos, pudiendo variar en mas o en menos los metros detallados en la planilla de Computo Métrico y Presupuesto (Anexo IV).
Deberá ejecutarse de acuerdo al Pliego de Especificaciones Técnicas, todo trabajo ejecutado en desacuerdo con lo estipulado será demolido y reconstruido por la ¨Constructora¨.
La Municipalidad no abonará suma alguna por trabajos extras que no hayan sido autorizados expresamente.

Art. 8) PLAZO DE COMIENZO DE LOS TRABAJOS:

Dentro de los diez (10) días de suscripto el contrato respectivo.

Art. 9) PRECIO DEL PLIEGO:

Se fijará en pesos doscientos cincuenta ($ 250,00).

Art. 10) PRESUPUESTO OFICIAL:

Pesos dos millones novecientos noventa dos mil ciento noventa dos noventa dos. ($2.992.192,00), al mes de agosto de 2017.-

Art. 11) FORMA DE COTIZACION:

Precio total de la obra en forma global, según las tareas detalladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, cotizando por ítems como se detalla en planillas de Cómputo Métrico y Presupuesto (ANEXO IV).
En el monto total cotizado se debe prever los intereses de financiación por la forma de pago establecida en el párrafo anterior, con más el impuesto al valor agregado u otros impuestos que correspondan.
La Municipalidad de Bell Ville no reconocerá ningún otro tipo de interés, actualizaciones o mayores costos que no sean aquellos previstos en el monto cotizado.

Art. 12) GARANTIA DE LA PROPUESTA:

El (1%) uno por ciento del presupuesto oficial.

Art. 13) GARANTIA DEL CONTRATO:

En la forma determinada en el Pliego General de Condiciones.

Art. 14) FORMA DE PAGO:

El pago se realizará de acuerdo al avance de obra. La Secretaria de Desarrollo Urbano certificara de acuerdo a la superficie intervenida, por el precio unitario cotizado. La Municipalidad podrá ampliar lo cotizado por “la Constructora” hasta un 20% global, a certificar de acuerdo a los precios unitarios de los ítems cotizados y determinar los sectores y perfiles a ejecutar dicha ampliación.

Art. 15) SELLADO DE LA PROPUESTA:

Pesos cuatro mil seiscientos ochenta ($4.680.00)

Art. 16) ADELANTO FINANCIERO:

La Municipalidad efectuará un adelanto financiero a “la Constructora” de un cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato de obra el que se descontará en forma proporcional al avance de obra. Dicho fondo deberá ser respaldado por “la Constructora” con un seguro de caución a favor de la Municipalidad de Bell Ville, por dicho monto y por el plazo de obra.

Art.17) DENOMINACIONES:

Las diversas denominaciones contenidas en este Pliego y en toda documentación relacionada con esta licitación, se entiende de la siguiente manera:

LA CONSTRUCTORA:
Oferente, cuya oferta haya sido aceptada.-
LA MUNICIPALIDAD:
Municipalidad de Bell Ville, autoridad competente o poder cedente.-
AUTORIDAD DE APLICACION:
Secretaría de Desarrollo Urbano
PROPONENTE U OFERENTE:
Toda persona física o jurídica que presente propuesta en el acto del de la Licitación Pública.-

Art.18) PLAZO:

Todos los plazos establecidos en el presente Pliego y toda documentación relacionada con la Licitación Publica serán computados como días corridos.-

Art.19) PERSONAL:

La totalidad del personal para cumplir con la ejecución de la obra estará a cargo de “la Constructora”, quién asume la responsabilidad de empleador, en consecuencia,
queda a su cargo todo conflicto o cuestión laboral u obligación previsional vigente o que se legisle en el futuro.-
Es obligación de “la Constructora”, pagar el salario en tiempo y forma que la Ley indica, quedando perfectamente aclarado que dicho personal no tendrá relación de dependencia ni de ninguna otra índole con “la Municipalidad”.-

Art.20) DAÑOS:

Queda a cargo de “la Constructora”, todo daño que pueda causarse a terceras personas o cosas, por aquella que la misma tenga bajo su cuidado o de las que se sirve, conforme a las normas del Código Civil.-

Art.21) INSPECCION DE LOS TRABAJOS:

“La Constructora”, se ajustará a las ordenes emanadas de la Inspección Municipal absteniéndose de tapar los trabajos o continuarlos antes de que estos hayan sido revisados por la referida Inspección, avisando con el tiempo necesario para que el control pueda verificarse sin ocasionar demoras o pérdidas de materiales.-

Art.22) PLAZO CONTRACTUAL:

Los trabajos deberán ser ejecutados por “la Constructora”, dentro del plazo establecido en el presente Pliego comprendiendo la terminación total de lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas.-
Para ello “la Constructora”, deberá contar con personal competente, herramientas y elementos necesarios para ejecutar la obra.-
En el supuesto de producirse casos fortuitos o fuerza mayor que no fueran previsibles y justificables para la Inspección o que por razones climáticas no se haya podido trabajar y que obliguen a “la Constructora”, a alterar el plan de trabajo, éste deberá ponerlo en conocimiento de “la Municipalidad” dentro de un plazo no mayor de cinco (5) días corridos a los efectos de su consideración.-
Transcurrido dicho plazo quedará extinguido todo derecho a justificación.-

Art.23) DAÑOS Y PERJUICIOS:

El contralor de la obra por parte de “la Municipalidad” no disminuirá en ningún caso la responsabilidad de “la Constructora”, la que deberá revisar y estudiar el proyecto de obra, antes de la ejecución de la misma haciéndose responsable de todos los accidentes, omisión, daño, utilización de materiales y enseres.-

Art.24) DIRECCION TECNICA:

La Dirección Técnica de la obra estará a cargo de la Secretaria de Desarrollo Urbano

Art.25) REPRESENTANTE TECNICO:

“La Constructora”, deberá designar a un Representante Técnico con el cuál se efectuarán todas las tramitaciones técnicas.-

Art.26) RECEPCION DE MATERIALES:

“La Constructora”, controlará la cantidad y calidad de los materiales recibidos en su obrador, los que quedarán bajo su responsabilidad de los daños que sufran por hechos de terceros, fortuitos o de causa mayor.-

Art.27) OBRADOR Y CERCOS PERIMETRALES:

“La Municipalidad” no proveerá ni el material ni la mano de obra para la construcción del obrador y/o cercos perimetrales.-

Art.28) EQUIPOS:

“La Constructora”, deberá acreditar tener la disposición (propios, alquilados o en comodato) equipos, para la ejecución de la obra, objeto del presente concurso.

Art.29) ORDENES DE SERVICIOS:

Toda orden de servicio será expedida por triplicado en el Libro que “la Constructora”, proveerá al efecto y que tendrá permanentemente en la obra y deberá ser firmado por ésta o su Representante Técnico dentro de las 24 hs. de su libramiento.-

Art.30) VIGILANCIA DE LA OBRA:

“La Constructora”, es responsable de la vigilancia de la obra para prevenir sustracciones y deterioro de materiales o construcciones.-

Art.31) RECEPCION PROVISIONAL:

Cuando la totalidad de la obra se haya terminado de acuerdo a las Condiciones Generales y de Especificaciones Técnicas, “la Municipalidad” procederá a la recepción provisoria, labrándose acta en presencia de los funcionarios de “la Municipalidad” y de “la Constructora”.-

Art.32) RECEPCION DEFINITIVA:

Cumplido el plazo de Cuarenta y Cinco (45) días corridos desde la recepción provisional y la obra se encontrará en correctas condiciones, se procederá a la recepción definitiva, procediéndose en la misma forma indicada para la recepción provisoria.-

Art.33) INCUMPLIMIENTO:

“La Municipalidad” tendrá derecho a rescindir el contrato celebrado con “la Constructora” sin necesidad de interpelación judicial, extrajudicial o administrativa alguna, ni previa constitución en mora en los siguientes casos:

a- Incumplimiento del plazo de comienzo de trabajos o de ejecución de obra.-
b- Ejecución de la obra con lentitud y que a juicio de “la Municipalidad” no puede terminarse en los plazos previstos.-
c- Cuando la Constructora abandone la ejecución de la obra por el término de quince (15) días.-
d- Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas y que emane de los Pliegos que constituyen la base de ésta Licitación.

Art.34) MULTAS:

La falta de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales en la forma prevista en los Pliegos, faculta a “la Municipalidad” a aplicar a “la Constructora”, multas graduales de hasta ocho por ciento (8 %) del precio cotizado por ésta para la ejecución de la obra, en el acto de la Licitación Publica.-

Art.35) INTRANSFERENCIA:

Los derechos y obligaciones emergentes del contrato de concesión a favor y a cargo de “La Constructora”, son intransferibles a terceros, su incumplimiento faculta a “la Municipalidad” a la rescisión del contrato.-

Art.36) INSUMOS:

Quedarán a cargo de “la Constructora” los gastos que demande el suministro de agua y corriente eléctrica durante el tiempo de ejecución de los trabajos.

ANEXO I

MEMORIA DESCRIPTIVA

REF: OBRA RED CLOACALES COLECTORES CALLES OMBU, CONSTITUCIÓN Y ALEM (Cuatro Caminos)

Se prevé la ejecución de la red colectora de cloacas de referencia, para lo cual se deberá deprimir napas. Las misma se ejecutara con materiales de P.V.C. de primera calidad de acuerdo a las especificaciones técnicas, nivelación y planos, respetando las reglas del arte del buen construir.

ANEXO II

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS

MATERIALES Y DIAMETROS DE LAS CAÑERIAS

La ampliación de la Red de Cloaca será de caños de P.V.C. de diámetro según lo especificado en los planos correspondientes, aprobados para sistema de colectoras externas, con piezas especiales del mismo material, ramales a 45º del diámetro correspondiente para la realización de la conexión domiciliaria en diámetro 110 mm., manguitos deslizantes y de empotramiento.
La unión entre caños será del tipo desmontable deslizante con aro de goma de caucho sintético (para desagües de líquidos cloacales).
Todo el material a proveer, deberá tener aprobación de ¨OBRAS SANITARIAS DE LA NACION Y DE LA DIRECCION DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA PROVINCIA¨.
Los materiales deberán ser nuevos de primer uso, tener estampado la leyenda de aprobación por O.S.N. o IRAM, debiéndose presentar la correspondiente acta de aprobación de los materiales.-

DIRECCIÓN TÉCNICA

La Dirección Técnica de la obra será realizada por personal profesional de la Secretaria de Desarrollo Urbano de la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE (Cba.).
La obra deberá ser ejecutada cumpliendo todas las disposiciones vigentes en la referida repartición por cuyo motivo las mismas forman parte de la documentación contractual bajo la cual se ejecutan los trabajos, no pudiendo en ningún momento alegarse desconocimiento de las mismas.-

RELEVAMIENTO PREVIO

El contratista deberá efectuar previamente un relevamiento total planimétrico de la obra licitada de conformidad con las directivas que le imparte la DIRECCION TECNICA DE LA OBRA.

TRABAJOS PRELIMINARES

El Contratista realizará todos los trabajos preliminares de limpieza, eliminación de obstáculos que fuese necesario antes de proceder a la excavación.
El costo de estos trabajos se considera incluido en el precio del respectivo item.

PRECAUCION PARA EL CORRECTO MANIPULEO DE LOS CAÑOS DE P.V.C.

Para preservarlos de daños, producidos por golpes y caídas, los tubos se transportarán siempre en haces o atados utilizando para sujetar los tubos material que no produzca raspaduras o alteraciones en los mismos.
Al descargar del transporte debe tenerse la precaución de depositar los tubos en suelo, firme, liso y plano.
Cuando el almacenamiento se deba hacer por períodos prolongados, los tubos y piezas de P.V.C. deberán estar protegidos de la aciión de los rayo de sol y alejados de cualquier otra fuente de calor, en el interior de tinglados, galpones o cobertizos o cubiertos con lonas adecuadas.

PRECAUCIONES A ADOPTAR EN LAS EXCAVACIONES

La excavación para la instalación de las cañerías deberá distanciarse lo más posible de las redes existentes, ya sea de agua como de colectoras para evitar que produzcan desmoronamientos, roturas u otra clase de inconvenientes.
A tal efecto en la Delegación local de la Empresa concesionaria del servicio de Agua se le proporcionará al Contratista datos con la ubicación de los referidos conductos, como así también de diagramas de las conexiones domiciliarias que obligatoriamente deberá cruzar. Toda rotura o desperfecto que se originen en las instalaciones existentes serán reparadas en forma urgente por el Contratista sin que ello signifique el reconocimiento de liquidaciones adicionales. Cualquier obstáculo (columnas, cables subterráneos, cañerías fibra óptica, etc) que se encuentren en la traza de la cañería pertenecientes a entes oficiales o privados deberá el Contratista interiorizarse en las reparticiones correspondientes de sus ubicaciones y normativas existentes. Cualquier rotura de las instalaciones enunciadas anteriormente será responsabilidad del Contratista la reparación o el pago de esta según lo disponga la entidad pertinente, sin que esto signifique el reconocimiento de liquidaciones adicionales.

La Contratista está obligada a verificar con la debida anticipación el recorrido y emplazamiento de las instalaciones a construir, realizar las averiguaciones y sondeos pertinentes a los efectos de prever la solución de todo tipo de inconvenientes que pudieran ocurrir, presentando con veinte (20) días de anticipación la documentación que origine cualquier modificación a los efectos de que los entes competentes analicen la factibilidad de la misma.

RESTRICCIONES EN LA EJECUCION DE EXCAVACIONES EN ZANJAS Y COLOCACION DE CAÑERIAS

Se determinan los siguientes límites de ejecución de excavación en zanjas y colocación de cañerías, en cada frente de trabajo:
a) se permitirá trescientos (300) metros de excavación sin cañería colocada.
b) Quinientos (500) metros de cañerías colocadas en zanjas abierta sin prueba hidráulica.
c) Quinientos (500) metros de cañería colocada en zanja tapada con prueba hidráulica efectuada a zanja abierta.
d) Se permitirá solo una ventana en los cruces de calles con túnel, los cuales deberán efectuarse con máquinas tuneleras, estando totalmente prohibido la realización de túnel a mano. La reparación del pavimento de la ventana será ejecutado por la MUNICIPALIDAD y a cargo de la Contratista, según lo expresa la Ordenanza correspondiente.

EXCAVACION Y PREPARACION DE ZANJA

El ancho de zanja deberá ser no menor de 0.50 mts. superior al diámetro externo del caño a colocar y de sección rectangular, en toda su profundidad o por lo menos en su parte inferior, siempre que la naturaleza del terreno y la profundidad a excavar lo permita.
Para la instalación de la cañería de la Red de Cloaca, la tapada mínima sobre la misma será en vereda 0.80 m. Y de 1.20 m. Respecto de la rasante definitiva de la calzada.
El fondo de la zanja de la cañería de cloaca, deberá ser perfilado, debiendo tener la pendiente fijada en los proyectos de instalación de la misma.
El Contratista rellenará por su cuenta con hormigón mezcla ¨D¨ (O.S.N.) (118-472-944) cemento, piedra, arena, toda la excavación hecha a mayor profundidad, que la que corresponda y tramos de terrenos inconsistentes de relleno fangoso o por cualquier otra causa imputable o no a imprevisión del Contratista.
Este relleno de hormigón deberá ser o no menor de 0.10 m. de espesor.
El fondo de la zanja se rellenará con una capa de 0.10 m. de arena gruesa zarandeada, libres de guijarros o cualquier otro objeto que pueda perjudicar a las paredes del caño.
Los tubos deben asentarse sobre esta capa de arena en toda su longitud, para lo cual el lecho se construirá de manera de adaptarse a las irregularidades del diámetro de la tubería, originadas por cambio de sección y/o colocación de piezas especiales.

PREPARACION DE LA UNION Y COLOCACION DE CAÑERIAS – ANCLAJES

Se deberán limpiar cuidadosamente las superficies de encastre de los elementos a unir.
Cuando fuese necesario cortar los tubos o longitudes predeterminadas se utilizará un serrucho de dentado fino, una vez cortado el tubo, la espiga debe ser achaflanada con un ángulo de aproximadamente 15º, usando para ello una lima o bien una herramienta achaflanadora.
Realizado esto deberá provocarse una separación de por lo menos uno (1) centímetro entre los extremos para permitir eventuales variaciones longitudinales.
Luego de colocado el anillo de caucho en el alojamiento, se aplica una fina capa de lubricante o de soluciones jabonosas, no agresivas para el caucho, cuidando que el producto elegido sea bromatológicamente aprobado y no confiera sabor u olor.
Inmediatamente después de aplicado el lubricante se introduce la espiga en el enchufe, con la precaución de mantener alineados los elementos a unir.
La unión con tuberías de asbesto cemento o hierro fundido, deberá ejecutarse con piezas de transición, calibradas correctamente y con aprobación habilitada por Obras Sanitarias de la Nación o la Dirección de Agua y Saneamiento de la Provincia de Córdoba.
Cuando se realice cambios de dirección en la tubería, se deberán construir dados de hormigón para anclaje. Las medidas de los dados de hormigón serán de acuerdo a la Norma I.R.A.M. 13446 II Parte, Art. 4.3.3. Tabla III.

DAÑOS A TERCEROS

El Contratista será único responsable de cualquier daño, desperfecto o perjuicio directo o indirecto, sea ocasionado a personas, a las obras mismas o a edificaciones e instalaciones próximas, derivando el empleo de sistemas de trabajos inadecuados y de falta de previsión de su parte.
La Inspección podrá exigir al Contratista, cuando así lo estime conveniente, la justificación del empleo del sistema o medios determinados de trabajo o la presentación de los cálculos de resistencia de los enmaderamientos, entibaciones y tablestacados, a fin de tomar la intervención correspondiente, sin que ello exima al Contratista de su responsabilidad.
El costo de los entibamientos, enmaderamientos y tablestacados, se considerará incluido por los precios unitarios que se contraten para los respectivos items.

ELIMINACION DEL AGUA DE LAS EXCAVACIONES, DEPRESION DE LAS NAPAS SUBTERRANEAS, BOMBEO

Las obras se construirán con las excavaciones en seco, debiendo el Contratista adoptar todas las precauciones y ejecutar todos los trabajos concurrentes a ese fin por su exclusiva cuenta y riesgo. Para la defensa contra las avenidas de aguas superficiales se construirán ataguías, tajamares o terraplenes si ello cabe en la forma que proponga el Contratista y aprueba la Inspección.
Para la eliminación de aguas subterráneas, el Contratista dispondrá de los equipos necesarios y ejecutará los drenajes que estime conveniente y si ello no bastara, se efectuará la depresión de napas mediante procedimientos adecuados.
Queda entendido que el costo de todos estos trabajos y la provisión de materiales y planteles que al mismo fin se precisarán, se considerarán incluidos en los precios que se contraten para el item.
El Contratista al adoptar el método de trabajo para mantener en seco las excavaciones deberá eliminar toda posibilidad de daños, desperfectos y perjuicios directos e indirectos a la edificación o instalaciones próximas, de todos los cuales será el único responsable.

PUENTES, PLANCHADAS Y PASARELA

Cuando con las obras se pase por delante de puertas, cocheras, garages públicos, particulares, galpones, depósitos, fábricas, talleres, etc. se colocarán puentes o planchadas provisorias destinados a permitir el tránsito de vehículos.
Para facilitar el tránsito de peatones en el caso de que el acceso a sus domicilios se hallara obstruido por las construcciones, se colocarán cada sesenta (60) metros, pasarelas provisorias que permitan el paso de peatones sin ofrecer riesgos de accidentes.
El costo de estos puentes, planchadas y pasarelas, se considerará incluidos en los precios unitarios de los items contratados.

DESAGUES PUBLICOS DOMICILIARIOS

Toda vez que con motivo de las obras se modifique o impida el normal funcionamiento del desagüe de los albañales u otras canalizaciones, el Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar perjuicios al vecindario. Inmediatamente de terminadas las partes de las obras que afectaban dichos desagües, el Contratista deberá establecerlos por su cuenta en la forma primitiva.

PRUEBAS HIDRÁULICAS

La presión de prueba se medirá sobre el intrados del punto más alto del tramo.
Las cañerías constitutivas de la red de Cloacas serán sometidas a pruebas hidráulicas de presión interna, las que se ejecutarán por tramos no mayores de una (1) cuadra, es decir, entre las bocas de registro ubicadas en las bocacalles.
La primera prueba en ¨zanja abierta¨ se llenará la cañería con agua y eliminando el aire a una presión de columna de agua de dos (2) metros durante una (1) hora. La merma de agua de las pérdidas no deberá medirse por descenso del nivel en el dispositivo, sino por cantidad de agua que sea necesario agregar para mantener el nivel constante durante el tiempo indicado.
Si algún caño o junta acusará exudaciones o pérdidas visibles, se identificarán las mismas descargándose la cañería y procediéndose de inmediato a su conexión.
Las juntas que pierden deberán ser rehechas totalmente.
Una vez terminadas las reparaciones, se permitirá la prueba, repitiéndose el proceso las veces que sean necesario hasta alcanzar un resultado satisfactorio.
Pasada la prueba ¨zanja abierta¨, se mantendrán las cañerías con la misma presión y se procederá al relleno de la zanja con arena gruesa o tierra tamizada hasta alcanzar un espesor uniforme que supere en quince (15) centímetros el nivel superior de la tubería.
Luego se continuará con la tierra apisonada hasta llegar a un espesor de treinta (30) centímetros, progresivamente desde un extremo hasta el otro, y así sucesivamente hasta el nivel de contrapiso de vereda o calzada.
La presión se mantendrá durante todo el tiempo que dure el relleno, para comprobar si no han sido dañadas las instalaciones durante la operación de la tapada. Si las pérdidas no sobrepasan las admisibles, se dará por aprobada la prueba a ¨zanja tapada¨.

AGUA PARA LAS PRUEBAS HIDRAULICAS

El Contratista arbitrará los medios por su cuenta para la provisión del agua necesaria para las pruebas hidráulicas, cumpliendo con las tramitaciones correspondientes ante la autoridad competente.

CRUCES DE CALLES

Se realizarán a cielo abierto en las calzadas no pavimentadas.
En calzadas pavimentadas cualquiera sea su ancho se permitirá solo una ventana en los cruces de calles con túnel, los cuales deberán efectuarse con máquinas tuneleras sin utilización de agua, estando totalmente prohibido la realización de túneles a mano. La tecnología a utilizar para realizar el túnel deberá ser aprobada por la Inspección. La reparación del pavimento de la ventana ejecutada será realizada por la MUNICIPALIDAD y a cargo de la Contratista, según lo expresa la Ordenanza correspondiente.

RELLENO DE EXCAVACIONES

El relleno de la excavación para las cañerías de las dos (2) primeras capas de treinta centímetros sobre el nivel del trasdos, se efectuará con pala a mano, de tal manera que las cargas de tierra a uno y otro lado de las cañerías estén siempre equilibradas, y en capas sucesivas, bien apisonadas para asegurar el perfecto asiento de la misma. Las restantes en capas de treinta (30) centímetros perfectamente compactadas, utilizándose la tierra de la excavación libre de todo guijarro y/o cuerpos extraños.
En las excavaciones en túnel para su relleno se adoptarán similares medidas a las observadas para las de cielo abierto, utilizándose la ventana, si se realizó, para el correcto relleno del túnel. A tal fin se usará un suelo cemento suficientemente fluido, de manera que no queden espacios vacíos.
Al realizarse el relleno pueden presentarse los siguientes casos:
a ) En correspondencia con calles de tierra el relleno deberá restaurar las condiciones de compactación y perfilados existentes antes de la iniciación de los trabajos.
b ) En correspondencia con las calles pavimentadas, donde se realice cruce a cielo abierto el relleno en tierra deberá asegurar la compactación adecuada ( 99% del proctor ) para la posterior restitución de la superficie pavimentada por parte de la Municipalidad de Bell Ville a cargo del Contratista.
c) en correspondencia con veredas, realizado el relleno se procederá a reconstruir la vereda para restablecer como mínimo, las condiciones o estados que las mismas tenían antes de la iniciación de los trabajos.
Cuando se ejecuten túneles para la colocación de los caños, deberá extremarse las medidas para lograr el correcto relleno de las mismas. En todos los casos el relleno de excavaciones debe tratarse en seco, con excavación libre de agua.

BOCAS DE REGISTRO

Las bocas de registro en vereda y calzada se construirán de hormigón simple de acuerdo a las Normas Generales, Plano tipo 29.920-E.
Los paramentos internos deberán quedar lisos, sin huecos, protuberancias o fallas. Las diferencias que se notaren deberá subsanarlas el Contratista por su cuenta a satisfacciones de la Dirección Técnica, la que podrá exigir la ejecución de un enlucido de mortero de cemento y arena, que se considerará incluido en los precios unitarios.

CONEXIONES DOMICILIARIAS

En la ampliación de la Red Colectora de líquidos Cloacales, se deberán dejar instalados los ramales a 45º de diámetro 160 x 110mm, correspondientes a las conexiones domiciliarias, perfectamente sellados, de los edificios existentes y en construcción. La ubicación de los mismos deberá estar de acuerdo a la posición de descarga del futuro primer tirón del desagüe domiciliario. A tales efectos los propietarios de las fincas deberán presentar su conformidad, en un formulario que el Contratista confeccionará para cuyo texto prestará su visto bueno la Empresa prestadora del servicio.

INSPECCIONES

Todos los trabajos de colocación y ejecución de cañerías deberán realizarse con la correspondiente autorización de la Dirección Técnica de la Obra, además de contar con la supervisión de la Empresa prestadora del servicio.
Las inspecciones serán las siguientes:
1 – Acta Inspección de materiales.
2 – Materiales de obra.
3 – Fondo de zanja.
4 – Nivelación de fondo de zanja.
5 – Colocación de arena.
6 – Instalación de cañería colectora de cloaca.
7 – Construcción de bocas de registro.
8 – Prueba hidráulica a zanja abierta.
9 – zanja compactada.
10 – Prueba hidráulica a zanja tapada.
11 – Paso de tapón.
12 – Enlace.

Las inspecciones se solicitarán con una anticipación de 24 hora, mediante una Nota de Pedido las que se harán por triplicado en un cuaderno debidamente foliado, y los trabajos deben ser aprobados u observados en las correspondientes Ordenes de Servicio, las que también serán por triplicado y foliadas.
Los enlaces con las instalaciones existentes se realizarán una vez aprobadas en su totalidad las obras ejecutadas, incluyéndose la inspección de las reparaciones de veredas
Refaccionadas, con aprobación previa de la Municipalidad.

MATERIALES SOBRANTES DE LAS EXCAVACIONES

El material sobrante de excavaciones, luego de efectuados los rellenos, el Contratista deberá alejarlos del lugar de las obras.
La carga, transporte, descarga y desparramo del material sobrante hasta una distancia de 5 km. Y donde lo indique la Dirección Técnica, será por cuenta del Contratista y su costo se considerará incluido dentro del precio de los items respectivos.

SEÑALIZACION DE Y BALIZAMIENTO DE LA OBRA

Cuando sea necesario interrumpir el tránsito y previa autorización de la Dirección Técnica, el Contratista colocará letreros indicadores en los que inscribirá bajo el título Municipalidad de Bell Ville, el nombre del Contratista y la designación de la obra, las mismas exigencias caben para la totalidad de la señalización que corresponda como medida precautoria de la obra. La Inspección determinará el número y lugar en que deberán colocarse dichos carteles. En los lugares de peligro que indique la Inspección se colocarán en horario nocturno y diurno de escasa visibilidad balizamientos de luminidad roja, dispuestos en forma de evitar cualquier accidente.
El Contratista será el único responsable de todo accidente o perjuicio a terceros que se deriven del incumplimiento de las prescripciones presentes, y además se hará pasible de la multa que prevé el art. 67 de la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Córdoba.

PLANOS CONFORME A OBRA

Previo a la recepción provisoria de la obra, el Contratista deberá presentar los correspondientes planos conforme y los diagramas de cuadra.

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
COMPLEMENTARIAS

ANEXO III

EXCAVACIÓN PARA CAÑERÍAS

Excavaciones y Rellenos

Al formular las ofertas, se considera que los proponentes han reconocido la totalidad de los terrenos que interesan a la obra, de manera que el precio de la oferta tiene en cuenta la totalidad de los costos que demande la real ejecución del ítem excavación, en distintas condiciones desde suelo a roca firme, incluyendo la depresión de napas, tablestacados provisorios y/o definitivos, entibamientos y demás eventualidades, teniendo especial cuidado en la variación de nivel de la napa freática, como protecciones especiales para el control de la vibraciones y eventuales proyecciones de material por voladuras, etc., no admitiéndose reconocimientos adicionales de precios por los motivos expuestos.-
La Contratista deberá realizar un estudio geotécnico que les permita lograr un conocimiento pleno de toda el área de implantación de las obras objeto de la presente licitación indicada en los planos adjuntos.
La Contratista deberá apuntalar debidamente y adoptar las precauciones necesarias, en todas aquellas excavaciones que por sus dimensiones, naturaleza del terreno y/o presencia de agua, sea previsible que se produzcan desprendimientos o deslizamientos.
En igual forma se adoptarán las medidas de protección necesarias para el caso en que puedan resultar afectadas las obras existentes y/o colindantes, y en todo de acuerdo a lo requerido para el replanteo de la Obra.
No se reconocerán Adicionales de Obra por lluvias extraordinarias y/o inundaciones, correspondiendo en consecuencia prórrogas en el plazo de ejecución. El precio de estos trabajos se considera contemplado en Gastos Generales.-
En la siguiente tabla se resumen los anchos de zanjas a considerar en el presente pliego, no dando lugar a reclamos por parte del Contratista, en caso de anchos mayores:

Diámetro cañería (mm) Ancho Excavación (m)
110 0,60
160 0,60
200 0,70
250 0,80

Replanteo planialtimétrico

El Contratista procederá a efectuar el replanteo planialtimétrico de la traza de las conducciones y del área donde se implantarán las conducciones. Dicho replanteo deberá hacerlo con una antelación no inferior a 7 (siete) días a la iniciación de cada uno de los frentes de trabajo.

Excavación de Zanja en cualquier clase de terreno
Descripción General

La excavación de zanjas para la instalación de cañerías comprende la ejecución de los siguientes trabajos: replanteo y nivelación geométrica del terreno a lo largo de las trazas de los conductos; excavación del suelo; los enmaderamientos, entibaciones, apuntalamientos y tablestacados que requiera la zanja para mantenerla estable; la eliminación del agua freática o de lluvia mediante depresiones, drenajes y bombeos o cualquier otro procedimiento que garantice el mantenimiento de la zanja libre de agua durante el tiempo necesario para la instalación de las cañerías y la aprobación de la prueba de la misma; el mantenimiento del libre escurrimiento superficial de las aguas de lluvia o de otro origen; los gastos que originen las medidas de seguridad a adoptar, a las actividades de la ciudad y al tránsito, incluyendo la sobreexcavación de 0,10 m para el relleno con arena para asiento de cañerías y nivelación del fondo de la zanja; el relleno a mano y mecanizado del mismo con su compactación y riego y la carga, el transporte y descarga del material sobrante hasta una distancia promedio de 5 km, en los lugares que indique la Inspección, incluyendo su desparramo; la prestación de enseres, equipos, maquinarias u otros elementos de trabajo necesarios para la correcta ejecución de lo aquí especificado y el estricto cumplimiento de las medidas de mitigación de impactos ambientales.

Trabajos Previos a la Excavación

El Contratista deberá realizar las gestiones necesarias ante los Organismos competentes y las Empresas de servicios públicos para definir la posición y las normativas a cumplir de las diferentes instalaciones que puedan interferir con el tendido de las cañerías cloacales. Quedará asimismo a su cargo las tareas de sondeos y relevamientos para verificar la existencia de obstáculos y/o instalaciones ocultas.
Antes de comenzar la excavación de zanjas el Contratista deberá contar con la autorización escrita de la Inspección y de las autoridades Municipales, cuando corresponda. Cualquier costo derivado por tasas municipales para obtener los permisos para la ejecución de las obras, deberá ser considerado dentro del precio del ítem correspondiente.
No se permitirá la apertura de zanjas cuando previamente no se hayan acopiado los elementos de apuntalamiento, abatimiento de napa y demás equipos y materiales requeridos por la obra.

Perfil Longitudinal de las Excavaciones

El fondo de las excavaciones tendrá la profundidad necesaria para permitir la correcta instalación de las cañerías, de acuerdo con las cotas de proyecto, o las que oportunamente fije la Inspección.
Antes de instalar los conductos, se procederá a la nivelación final de la zanja, trabajo que se ejecutará a mano y que se controlará mediante la nivelación geométrica del fondo. En caso de que el asiento de la cañería se produzca en suelo duro no emparejable, el fondo de la zanja se sobreexcavará en 0,10 m disponiéndose en su lugar la capa de arena o suelo seleccionado tamizado para asiento de los conductos.
Para comenzar a colocar una nueva capa, la anterior deberá ser aprobada por la Inspección. La falta de cumplimiento de ello obligará al Contratista a retirar el terreno sobre la capa no aprobada, a su exclusiva cuenta.
La profundidad de la zanja quedará definida por la distancia entre el fondo de la misma (sin la capa de arena) y el nivel del terreno, luego de efectuada la limpieza y el emparejamiento del micro relieve o del pavimento según el caso. La profundidad de la zanja para instalar las cañerías será variable.
Restricciones en la Ejecución de Excavaciones de Zanjas

Se establece como máximo para cada frente de trabajo, 100 m lineales de excavación sin cañería colocada como límite de ejecución de zanjas.
Desagües Públicos y Domiciliarios

Toda vez que con motivo de las obras se modifique o impida el desagüe de los albañales u otras canalizaciones, el Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar perjuicios al vecindario. Inmediatamente de terminadas las partes de obra que afectaban a dichas canalizaciones, el Contratista deberá restablecerlas por su cuenta de tal manera de dejarlas en la forma primitiva. No se reconocerá pago adicional alguno por los trabajos y materiales que deba disponer para ejecutar la restauración indicada.
Apuntalamientos – Derrumbes

Cuando deban practicarse excavaciones en lugares próximos a la línea de edificación o a cualquier construcción existente y hubiera peligro inmediato o mediato de ocasionar perjuicios o producir derrumbes, el Contratista efectuará por su cuenta el apuntalamiento prolijo y conveniente de la construcción cuya estabilidad pueda peligrar.
Todos los gastos producidos por los hechos mencionados en los párrafos anteriores serán asumidos exclusivamente por el Contratista, el cual debió haberlos previsto en la oferta. El Comitente no admitirá adicional alguno por estas razones, ni retraso del plazo contractual establecido.
Eliminación del Agua de las Excavaciones

Las obras se construirán con las excavaciones en seco, debiendo el Contratista adoptar todas las precauciones y ejecutar los trabajos concurrentes a ese fin, por su exclusiva cuenta y cargo. Para la defensa contra avenidas de aguas superficiales, se construirán ataguías, tajamares y contenciones, si ello cabe, en la forma que proponga el Contratista y apruebe la Inspección.
En esta etapa del trabajo el Contratista deberá presentar, con no menos de sesenta (30) días de anticipación respecto de la fecha prevista para la iniciación de las excavaciones en las zonas donde se prevé abatimiento de napa, la memoria descriptiva y técnica definitiva, justificativa de la metodología de trabajo que propone y del tipo de equipamiento que utilizará, así como las características técnicas de éste, tomando también en cuenta lo especificado en el presente pliego.
Depósito de los Materiales Extraídos de las Excavaciones

El material que no ha de emplearse en rellenos será retirado al tiempo de hacer las excavaciones y se transportará hasta los lugares de depósito definitivo que indique la Inspección; serán desparramados en forma prolija de manera de obtener rellenos parejos, al solo juicio de la Inspección.
El transporte de los suelos a acopios transitorios y definitivos no recibirá pago directo alguno y su costo se considerará incluido dentro del precio del ítem correspondiente a colocación de cañerías de la Planilla de Cotización.
Relleno y Compactación de la Zanja

Una vez colocada la cañería y realizada la prueba hidráulica a "zanja abierta", se procederá a rellenarla hasta la tapada requerida para realizar la prueba hidráulica a "zanja rellena". Para poder iniciar estos trabajos el Contratista deberá solicitar la autorización escrita de la Inspección.
Tampoco se reconocerá al Contratista precios adicionales por la adquisición y/o extracción de mayores cantidades y/o transporte desde mayor distancia de los suelos requeridos para asegurar la calidad del relleno, entendiéndose que para elaborar su Propuesta Técnica y su Oferta Económica tomó debido conocimiento de las calidades de los suelos locales y de las disponibilidades y ubicación de suelos para mejorar la calidad de los primeros, de acuerdo con lo estipulado en el presente Pliego.
El relleno se efectuará en capas sucesivas de 0,20 m de espesor, llenando perfectamente los huecos y compactándolos adecuadamente con el procedimiento aprobado por la Inspección.
El material a utilizar para el relleno tendrá las condiciones óptimas de humedad y desmenuzamiento que permita la correcta ejecución de los trabajos.
Los materiales excedentes serán transportados hasta una distancia media de cinco (5) km, según las indicaciones de la Inspección, y desparramados en forma prolija.
Si luego de terminados los rellenos se produjeran asentamientos de los mismos, la Inspección fijará al Contratista en cada caso un plazo para completarlos y, en caso de incumplimiento, la Inspección podrá suspender la certificación de los rellenos que estuvieran en condiciones de certificar hasta tanto se completen los mismos.
Carteles y Faroles Indicadores - Medidas de Seguridad

En los lugares de peligro y en las posiciones que indique la Inspección, se colocarán durante el día banderolas rojas y por la noche faroles rojos en número suficiente, dispuestos en forma de evitar cualquier posible accidente.
El Contratista será el único responsable de todo accidente o perjuicio a terceros que se derive del incumplimiento de las prescripciones del presente artículo. En caso de que no adopte las medidas de seguridad adecuadas o no atienda los requerimientos de la Inspección se hará pasible a una multa diaria equivalente al uno por mil del monto del contrato, pudiendo la Inspección tomar las medidas que crea conveniente, por cuenta de Contratista, sin necesidad de notificación previa.

Forma de Medición y Pago

Las excavaciones de zanjas, provisión acarreo y colocación de relleno con arena y el relleno y compactación de las zanjas, se pagarán por metro cúbico, de acuerdo a los ítem correspondientes de la Planilla de Cotización y Cómputo, incluyéndose en el precio de los ítem, todo lo necesario para dejar los trabajos correctamente terminados y de acuerdo a lo especificado.

COMPUTO MÉTRICO Y PRESUPUESTO

ANEXO IV

PLANO DE OBRA

ANEXO V

SOLICITUD DE ADMISION

Señor:
Intendente Municipal
Carlos Briner
Bell Ville.-
S-------------/--------------D


Ref.: Licitación Pública de Red de cloacas Colectores calle Ombú y Constitución y Red de cloacas Colectores calle Alem (4 caminos).

Apertura: día………………... de…. ……….2018 a las …….…. horas


---------------------------------------------
(Nombre y Apellido del Proponente)


Solicita por la presente ser admitido como proponente en la Licitación pública de referencia dispuesta por Decreto Nº ……….., para el día y hora antes indicados.-

Se adjunta la siguiente documentación:

a) ......................................................................-
b) ......................................................................-
c) ......................................................................-
d) ......................................................................-






Firma del Proponente: ..........................................-
Documento:……...................................................-
Domicilio: .............................................................-
Localidad: ……………….………………………