Asunto: 2018-2852
Fecha presentación: 05/07/2018
Código Res.: 2018-673
Fecha sanción: 05/07/2018
Título: SOLICITAR DEM que en 30 días ponga en funcionamiento la comisión plan director de Saneamiento
Resumen: SOLICITARLE AL D.E.M. PLAZO DE 30 DÍAS, PONGA EN FUNCIONAMIENTO LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL PLAN DIRECTOR DE SANEAMIENTO ORDENANZA 1331/2003.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Proyecto de Resolución conformación de la comisión de seguimiento del Plan Director de Saneamiento.
VISTO:
La inquietud manifestada por vecinos de nuestra ciudad relacionada a la información de las actividades de prestación de servicios por parte de la Coop. Sudeste
Y CONSIDERANDO:
Que transcurrido casi 5 años de la aprobación de la Ord. 1837/13 y que aun, tal como ordena la citada, no se conformo la comisión de control de todas las actividades de la Coop.
Que atento a los resultados obtenidos por la auditoría externa solicitada por el Municipio no reflejan con claridad los datos económicos.
Que es función del Concejo Deliberante crear comisiones investigadoras ( Art. 66 COM)
Proyecto presentado por el Concejo en Pleno.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION N°673/2018
Artículo 1º: SOLICITARLE al DEM ponga en funcionamiento la Comisión de Seguimiento del Plan Director de Saneamiento, creada por Ordenanza N° 1331/2003 modificada por la Ordenanza N°1837/2013, a los fines de que esta, pueda realizar un informe cuatrimestral coincidente con el periodo de la auditoria externa contratada, dando cuenta del cumplimiento de las obras y del control de las erogaciones, como así también de la evolución de las variables económicas de ingresos y egresos que conforman el aporte de la concesionaria al Plan Director de Saneamiento.
Artículo 2º: INFÓRMESE al Concejo Deliberante de Bell Ville, en un plazo no mayor a 30 días, lo solicitado en el Art. Precedente.
Artículo 3º: DETERMÍNESE quienes integraran la citada comisión por parte de Departamento Ejecutivo Municipal, tal como lo prevé la Ordenanza 1837/2013.
Artículo 4º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
Art-de la Ord. 1837/13
Artículo 2º: MODIFÍQUESE el art. 5º) de la Ordenanza Nº 1331/03, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Créase una Comisión de seguimiento del Plan director de Saneamiento, integrada por un (1) Funcionario representante del D.E.M., por tres (3) miembros del Concejo Deliberante representantes de las distintas fuerzas políticas existentes en el Cuerpo, electos por dicho cuerpo y, finalmente, un representante de la Concesionaria. Será competencia de esta Comisión el realizar un informe cuatrimestral coincidente con el período de la auditoría externa contratada, dando cuenta del cumplimiento de las obras y del control de las erogaciones, como así también de la evolución de las variables económicas de ingresos y egresos que conforman el aporte de la concesionaria al Plan Director de Saneamiento. Dicho informe será elevado al D.E.M., Concejo Deliberante, Tribunal de Cuentas y Consejo Asesor Municipal. Además, analizará el comportamiento o evolución de las variables económicas en el sentido de prevenir toda distorsión que conlleve a enervar el financiamiento de la Cooperativa y comprometer el monto del aporte, permitiendo adoptar oportunamente medidas correctivas”.