Asunto: 2022-3401

Fecha presentación: 05/07/2022

Código Res.: 2022-851

Fecha sanción: 07/07/2022

Título: RECONOCIENDO y AVALANDO a la Asociación Civil Manos Unidas para la Equidad Laboral

Resumen: RECONOCIENDO y AVALANDO a la Asociación Civil Manos Unidas para la Equidad Laboral (M.U.E.LA.). Presentado por la Concejal Carla Conti del Bloque UCR, el día 05/07/2022, bajo el n° 3401/2022.

Estado: Vigente

Texto completo:

FUNDAMENTOS

En el corriente año 2022 se reúne un grupo de personas para constituir una Asociación Civil, cuyo objetivo es la creación de espacios laborales para personas con discapacidad.
Que la Asociación Civil se denominará “M.U.E.LA” “Manos Unidas para la Equidad Laboral”. Tendrá su base en Bell Ville y desarrollara actividades de reciclado desde los deshechos plásticos.
Que la Asociación M.U.E.LA pretende ser una fuente de trabajo autosustentable en el tiempo. Pretende ser el punto de inicio de la obtención de mayores y mejores oportunidades para quienes lo necesiten.
Que para la conclusión del trámite se requiere desde la Inspección de Personas Jurídicas un aval de este Cuerpo para dicha Asociación.
Habiendo sido el Concejo Deliberante de Bell Ville informado de la constitución de la Asociación Civil M.U.E.LA” en Bell Ville, Provincia de Córdoba, por medio de la presente Resolución se expresa el reconocimiento y el beneplácito hacia la misma.
Asimismo, se faculta al Señor Presidente del Concejo Deliberante, para que suscriba el aval del cuerpo ante la Inspección de Personas Jurídicas.

Proyecto presentado por la Concejal Carla Conti del Bloque Unión Cívica Radical, fundamentado por su autora.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNION, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION N° 851/2022

Artículo 1°: EXPRESAR el reconocimiento y el beneplácito de este Cuerpo Legislativo a la Asociación Civil M.U.E.LA. “Asociación Civil Manos Unidas para la Equidad Laboral”.
Artículo 2°: FACULTAR al Señor Presidente del Concejo Deliberante para que suscriba el aval ante la Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3°: COMUNICAR la presente Resolución a los integrantes de la Asociación y a los medios de prensa.
Artículo 4°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.