Asunto: 2024-3659
Fecha presentación: 26/08/2024
Código Res.: 2024-945
Fecha sanción: 05/09/2024
Título: REPUDIAR las acciones y conductas exteriorizadas por el Ex Presidente Alberto Fernández
Resumen: REPUDIAR las acciones y conductas exteriorizadas por el Sr. Alberto Fernández, durante el ejercicio de la primer magistratura, las cuales son de público y notorio conocimiento. Presentado por el Bloque Unión Cívica Radical, el día 26/08/2024, bajo el N°3659/2024.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
La lucha contra la violencia por motivos de género, constituye una clara política de Estado en nuestro país, que debemos sostenerla especialmente cuando involucra a autoridades públicas. Ni víctimas ni victimarios se distinguen por partidos políticos.
Que vista la denuncia por violencia de género, presentada por la Sra. Fabiola Yáñez, contra su exmarido, el ex presidente Alberto Fernández, como así también los videos que se han hecho públicos, donde Fernández en ejercicio de la primera magistratura, utilizando despachos y residencias oficiales, para fiestas, encuentros e ingesta de alcohol.-
La conducta del ex presidente Fernández ha degradado significativamente la investidura presidencial.
La conducta personal del ex presidente, marcada por las acusaciones de violencia doméstica y su actitud despectiva, ha socavado la dignidad y el respeto que debe acompañar a la máxima investidura del país.
De haberse ventilado estas cuestiones durante su mandato, claramente encuadrarían en causales de juicio político.-
Es tal la decadencia y degradación, que no podemos quedarnos callados y debemos repudiar con énfasis la conducta del Sr. Alberto Fernández.-
Proyecto presentado por el Bloque Unión Cívica Radical.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN N° 945/2024
Artículo 1°: REPUDIAR las acciones y conductas exteriorizadas por el Sr. Alberto Fernández, durante el ejercicio de la primer magistratura, las cuales son de público y notorio conocimiento.-
Artículo 2°: REPUDIAMOS todo acto de violencia, en particular contra las mujeres.-
Artículo 3°: REPUDIAMOS todo acto de violencia ejercido por Funcionarios y/o Autoridades Públicos.-
Artículo 4°: DIFÚNDASE la presente Resolución a todos los medios de prensa locales.
Artículo 5°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.