Resoluciones
Asunto: 2018-2862
Fecha presentación: 09/08/2018
Código Res.: 2018-680
Fecha sanción: 16/08/2018
Título: Pedido de Informe Jardín Florentino Ameghino
Resumen: INFÓRMESE al Concejo Deliberante, por parte del Ejecutivo Municipal, en un plazo no mayor a los siete (7) días hábiles, la fecha estimativa de finalización de la obra del Jardín de Infantes “Florentino Ameghino” realiza bajo Administración Municipal con fondos del FODEMEEP.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
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Pedano, Gonzalo | Hacemos por Bell Ville |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
PROYECTO DE RESOLUCIÓN PEDIDO DE INFORME FINALIZACIÓN OBRA JARDÍN DE INFANTES “FLORENTINO AMEGHINO”
-Que luego de la respectiva apertura de sobres con las propuestas, se adjudicó a la empresa de Fernando Lattante para la provisión de mano de obra y material necesario para la construcción del pórtico de ingreso, en lo que a albañilería se refiere, en la obra del nuevo Jardín de Infantes Florentino Ameghino.
-Que la adjudicación de las tareas aludidas se hizo mediante Decreto Nº 3057-2018 del Intendente, en Junio del año 2018.
-Que la obra se lleva adelante bajo administración y apoyatura técnica de la Municipalidad, mientras que los fondos provienen del programa provincial FODEMEEP.
-Que la inquietud de un conjunto de padres y vecinos impulsores de la obra es la de saber la fecha probable de finalización de todos los trabajos adjudicados.
Proyecto presentado por el Concejal Gonzalo PEDANO, del Bloque Unión por Córdoba, fundamentado por el autor.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN N° 680/2018
Artículo 1º: INFÓRMESE al Concejo Deliberante, por parte del Ejecutivo Municipal, en un plazo no mayor a los siete (7) días hábiles, la fecha estimativa de finalización de la obra del Jardín de Infantes “Florentino Ameghino” realiza bajo Administración Municipal con fondos del FODEMEEP.
Artículo 2º: NOTIFÍQUESE a las Autoridades de la Institución del presente pedido, así como de la respuesta que envíe el Ejecutivo Municipal.
Artículo 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.