Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Resoluciones


Asunto: 2019-2991

Fecha presentación: 20/05/2019

Código Res.: 2019-732

Fecha sanción: 30/05/2019

Título: PEDIDO INFORME VIDA DIGNA

Resumen: PEDIDO DE INFORME: SOLICITANDO a la Dirección de Acción Social informe, incumbencia de dicha Dirección con respecto al Registro, entrega y seguimiento de los Planes Vida Digna, pertenecientes a los Programas del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Córdoba. Presentado por la Concejal Adriana Tomasa del Bloque Arturo Illia – Unión Cívica Radical, con fecha 20/05/2019, bajo el N° 2991.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
Tomasa AdrianaUnión Cívica Radical


Texto completo:
FUNDAMENTOS
El Plan Vida Digna, Familia Feliz, es uno de los programas del Ministerio de Desarrollo del Gobierno de la Provincia de Córdoba y otorga asistencia económica a familias en situación de “carencia” de la Provincia de Córdoba, a fines de que realicen mejoras edilicias en sus hogares.
Podrán acceder, los integrantes de hogares que vivan en condiciones de hacinamiento y/o no posean baños en las viviendas que habitan. Deberán ser propietarios o poseedores a título de dueño del inmueble, o tener en préstamo un inmueble de un familiar.
La operatoria implica la entrega de créditos por 40 mil pesos. Los fondos se otorgan en dos etapas: la primera, de 20 mil pesos (al comenzar la obra), y la segunda, de 20 mil pesos, una vez verificado el avance de los trabajos.
La asistencia contempla tres tipologías: 1) Para hogares que se encuentren por encima del parámetro de pobreza, se otorgará un crédito por el monto total, a devolver en un plazo máximo de 10 años y en cuotas mensuales sin interés, según cada caso. 2) Para hogares que se encuentren por debajo del parámetro de pobreza, se subsidiará el 50 % por ciento del monto total y se entregará un crédito por el saldo, a devolver en un plazo máximo de 10 años y en cuotas mensuales sin interés. 3) Para hogares que se encuentren en situación de indigencia, se subsidiará el 100 % ciento por ciento del monto total.
Si viven en la ciudad de Córdoba, los interesados en el plan deberán dirigirse al Ministerio de Desarrollo Social (Avenida Vélez Sarsfield 2311, de 8 hs a 20 hs). Si residen en el interior provincial, deberán dirigirse a los Municipios o las Comunas correspondientes. (Según Portal Oficial del Ministerio de Desarrollo Social).
La iniciativa que lleva adelante la Provincia tiene como objetivo alcanzar (para el 2019) a 100 mil beneficiarios cordobeses de toda la Provincia.
Considerando que desde la Dirección de Acción Social Municipal se registran las familias con necesidades básicas de vivienda, hacinamiento, falta de baños, pozos negros saturados, peligros de derrumbe, etc. y teniendo en cuenta que el mismo Ministerio de Desarrollo Social en su Portal de información sobre el Plan, invita a los vecinos del interior a dirigirse a los Municipios o Comunas a quienes tengan interés por Vida Digna. Tomando conocimiento que, en nuestra ciudad, en oportunidad previa de la entrega, las familias vulnerables, señalan nombre y domicilio particular de personas ajenas a la administración pública, como dador del Plan Vida Digna y que en función de hacer la distribución del beneficio por fuera de la administración municipal hay vecinos en condición de recibir el Plan que quedan relegados y surgen las denuncias y peleas de pobres contra pobres. Observo como dirigente social involucrada con los sectores de pobreza estructural que el excelente Proyecto de contención de este programa administrado de esta manera, echa por la borda la consigna primaria impartir “justicia social” Que por lo expuesto considero, esta entrega debe ser otorgada con el respeto y/ o reserva de las personas que lo reciben para que no termine siendo un show de fotos y exposición de los vulnerables o necesitados.
Es atribución del Concejo Deliberante según artículo 66° de la Carta Orgánica Municipal, Pedir informes al Departamento Ejecutivo Municipal.
Proyecto presentado por la Concejal Adriana TOMASA, del Bloque Arturo Illia Unión Cívica Radical, fundamentado por su autora.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN Nº 732/2019

Artículo 1º: SOLICITAR a la Dirección de Acción Social informe, incumbencia de dicha Dirección con respecto al Registro, entrega y seguimiento de los Planes Vida Digna, pertenecientes a los Programas del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Córdoba.

Artículo 2º: INFORMAR sobre persona o delegación del Ministerio de Desarrollo Social, con sede en Bell Ville, encargada del Registro, entrega y seguimiento de los planes. ¿Se superponen o se coordinan y cotejan los listados de beneficiarios y listas de espera?.

Artículo 3º: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal ENVIAR, a este Cuerpo Legislativo, informe administrativo referido a Planes entrega Vida Digna otorgados por el Municipio.

Artículo 4º: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal INFORME con qué tiempo de antelación se comunica a las familias seleccionadas la entrega del beneficio Vida Digna.

Artículo 5º: SUGERIR para próximas entregas del Plan Vida Digna, se respete el principio de reserva de identidad de los beneficiados evitando actos protocolares, que los expongan y se respete la intimidad de niños, niñas y adolescentes de línea familiar pertenecientes a estructura pobreza.

Artículo 6º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M y archívese.

DADA LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.