Resoluciones
Asunto: 2019-3037
Fecha presentación: 01/10/2019
Código Res.: 2019-758
Fecha sanción: 10/10/2019
Título: Recomposición de la barranca del Rio Ctalamochita - Puente Frondizi, margen costanera F. Molina
Resumen: RESOLUCIÓN: SOLICITANDO al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione ante la Autoridad Provincial competente la recomposición de la barranca del Rio Ctalamochita, altura puente Frondizi, margen costanera F. Molina. Asimismo, que disponga lo necesario para la urgente reparación del desagüe pluvial. Presentado por el Concejal Antonio Soliani, del Bloque Unión Vecinal, el día 01/10/2019, bajo el N° 3037.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
---|---|
Soliani Antonio | Unión Vecinal Bell Ville |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Solicitud de reparación barrancas Rio Ctalamochita, altura puente Frondizi, por desmoronamiento ocurrido en la última inundación.
VISTO:
Los reiterados reclamos efectuados por los vecinos del lugar (Barrio El Rosedal) y de transeúntes que recorren la costanera.
Y CONSIDERANDO:
Que aún no hubo respuesta por parte del Municipio.
Que, desde nuestro Bloque, se realizaron en forma verbal los pertinentes reclamos desde hace más de tres años ante la Secretaria de Desarrollo Urbano y en respuesta a ello expresaron que ya lo tenían chequeado.
Que este inconveniente data de más de cuatro años, cuando ocurriera la última inundación en el año 2015.
Que en ese lugar se encuentra un gran desagüe pluvial, el que contribuye, cuando llueve, a continuar con el desmoronamiento de la barranca con el peligro que ello significa.
Proyecto presentado por el Concejal Antonio Soliani del Bloque Unión Vecinal Bell Ville, fundamentado por su autor.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN N° 758/2019
Artículo 1º: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione ante la Autoridad Provincial competente la recomposición de la barranca del Rio Ctalamochita, altura puente Frondizi, margen costanera F. Molina. Asimismo, que disponga lo necesario para la urgente reparación del desagüe pluvial.
Artículo 2º: GIRAR a la Secretaria de Desarrollo Urbano la presente Resolución a fin de dar solución a lo requerido en el Artículo anterior.
Artículo 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M., y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-