Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Resoluciones


Asunto: 2021-3310

Fecha presentación: 02/12/2021

Código Res.: 2021-827

Fecha sanción: 02/12/2021

Título: INTERÉS LEGISLATIVO: ARTECO - JARDIN MATTERSON

Resumen: DECLÁRASE DE INTERÉS LEGISLATIVO todas las actividades que se realizarán para promover ARTECO Proyecto interactivo y móvil, Paseo de Arte del Jardín de la Escuela Arturo Matterson. Presentado por la Concejal Gladys Fucili del Bloque UCR,  bajo el N° 3310/2021.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
Fucili, Gladys BeatrizUnión Cívica Radical


Texto completo:
FUNDAMENTOS

VISTO:
Que, el Jardín de Infantes Arturo Matterson presentará su proyecto institucional de carácter educativo/cultural denominado Arteco- Ovillando arte, ambiente y emociones, el paseo interactivo y móvil emplazado en el sector frente y lateral de la Institución, en contacto visual con el espacio público de la ciudad de Bell Ville.
Es una exposición de arte interactiva que busca crear conciencia ambiental desde el vínculo del niño con el arte, la naturaleza y las emociones.
La exposición quedará presentada públicamente a nuestra comunidad durante tres jornadas consecutivas los días 30/11, 1/12, 2/12 del año 2021.
Y CONSIDERANDO:
Que este ambicioso y trascendente proyecto a través del encadenamiento de acciones pedagógicas sistemáticas y sucesivas que involucran el arte, educación ambiental y formación ciudadana, generando conciencia sobre la preservación del medio en que vivimos. La propuesta nace desde que los niños, mediante experiencias estéticas, aprecien las obras de artistas plásticos nacionales e internacionales, vivenciando las potencialidades del arte como lenguaje que transmite sensaciones, estados de ánimo y variados mensajes.
A través del juego viven la experiencia que vincula a cada artista con su historia, con su obra y con la impronta característica del lenguaje de las artes.
Posteriormente, realizan una intervención artística con el espacio exterior del Jardín. Para la misma se valen de materiales reciclados que previamente son transformados en objetos estéticos, que a su vez impactan de modo visible en la transformación del espacio cotidiano. Integrando acciones de producción , diseño y creación de entornos embellecidos por sus propias obras, expresando su derecho a vivir en un ambiente sano, generando la posibilidad de ampliar la participación en la ciudad haciendo de esta un lugar de aprendizaje permanente, una ciudad más igualitaria, solidaria, inclusiva y participativa. ARTECO proclama el derecho de las infancias a hacer efectiva la educación relativa al medio ambiente.
La Constitución Nacional de Argentina establece que todos los habitantes gozan del derecho a un medio ambiente sano y tiene el deber de preservarlo. (Art.41°).
El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó una Resolución cuyo objetivo es incluir el derecho a un entorno saludable como parte integrante de los derechos del niño, en el que se considera a la educación ambiental como un elemento clave. Refuerza de este modo la aplicación del (Art. 29° (1) de la Convención sobre los Derechos del Niño que estipula que la educación deberá estar encaminada a ¨inculcar el respeto del medio ambiente natural¨.
Que es compromiso de este Concejo Deliberante el apoyo y el fomento de las diversas actividades educativas, culturales, recreativas, como herramientas para transmitir conocimientos, participación activa y revalorización, sobre la importancia de Proyecto institucional de carácter educativo/cultural ARTECO-Ovillando arte, ambiente y emociones que se realiza en nuestra Ciudad.

Proyecto presentado por la Concejal Gladys Fucili del Bloque Unión Cívica Radical, fundamentado por su autora.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION N° 827/2021.
Artículo 1°: DECLARAR de INTERÉS LEGISLATIVO todas las actividades que se realizarán para promover ARTECO Proyecto interactivo y móvil, Paseo de Arte del Jardín de Infantes de la Escuela Arturo Matterson .
Artículo 2°: ENTREGAR la presente Resolución a los Organizadores del evento y a los Medios de Prensa locales.
Artículo 3°: ENTREGAR la presente Resolución a la Dirección de Educación y Cultura de la Municipalidad de Bell Ville.
Artículo 4°: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.