Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Resoluciones


Asunto: 2018-2790

Fecha presentación: 20/03/2018

Código Res.: 2018-651

Fecha sanción: 12/04/2018

Título: PEDIDO DE INFORME - CONTROL Y CUIDADO DE ANIMALES DOMÉSTICOS

Resumen: Tema: Proyecto de Resolución: PEDIDO DE INFORMES: al D.E.M., respecto al CONTROL Y CUIDADO DE ANIMALES DOMÉSTICOS.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
Ferrero de Maccari María CristinaUnión por Córdoba
Pedano, GonzaloHacemos por Bell Ville


Texto completo:
FUNDAMENTOS

RESOLUCIÓN PEDIDO DE INFORMES PARA EL CONTROL Y CUIDADO DE ANIMALES DOMÉSTICOS

- QUE se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 2003/2016 para el Control y Cuidado de Animales Domésticos en el ámbito de la ciudad de Bell Ville y es necesario realizar un balance de lo actuado en función de lo establecido por la misma.
- QUE dicha Ordenanza vigente representa un antecedente de importancia en la elaboración de políticas municipales de protección, control y cuidado canino en articulación con organizaciones sociales y ONG´s de nuestra ciudad y marca un camino a profundizar a los fines de una reducción en el menor tiempo posible de la superpoblación canina que afecta a la ciudad.
- QUE hoy en día es muy común ver un gran número de perros y caballos que deambulan por las calles de nuestra ciudad. A esta problemática no se le ha dado la importancia que merece por parte del Municipio y la falta de control ha ocasionado un incremento desmedido de la población canina principalmente.
- QUE es función del gobierno municipal, crear las condiciones materiales para la aplicación de políticas integrales y participativas en torno a la regulación del manejo responsable de la fauna urbana. Siendo componentes en esta materia y teniendo clara la problemática de nuestra ciudad, es necesario realizar un trabajo conjunto y coordinado con otras instituciones (Art Nº8) para cumplir con este mandato.
- QUE el Municipio debe garantizar el funcionamiento de un albergue público municipal (Art. Nº11), no con el objeto de que las personas vayan y abandonen allí a sus mascotas, sino como una medida de socorro en caso de detectarse perros rescatados por maltrato o requisados por expenderlos de forma ilegal o como albergue de perros callejeros o perdidos. Para hacer un trabajo eficiente en este tema es indispensable por supuesto realizar actividades de concienciación y educación (Art Nº16) en primera instancia.

Proyecto presentado por el Bloque Unión por Córdoba, fundamentado por el Concejal Gonzalo PEDANO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN N° 651/2018

Artículo 1º: INFÓRMESE al Concejo Deliberante de la Ciudad de Bell Ville, por parte de la Autoridad de Aplicación de la Ordenanza Nº 2003/2016 en el término de 20 días hábiles, los aspectos que se mencionan a continuación:

a- Tareas de control de salubridad, vacunación y esterilización de animales domésticos desarrolladas desde la sanción de la Ordenanza citada, incluyendo castraciones, vacunación antirrábica, desparasitación y atención antisárnica.

b- Atenciones realizadas a animales afectados y/o sospechosos de padecer enfermedades zoonóticas (leptospirosis, psitacosis, toxoplasmosis, etc.) por medio de personal especializado, el control del foco epidemiológico domiciliario.

c- Acciones acordadas y realizadas con la Mesa de Trabajo creada en su Art. Nº8

d- Programas y campañas educativas aplicados a los fines de promocionar
la tenencia responsable y la adopción de canes abandonados estipulada
en el Art. Nº16

e- Sanciones instrumentadas al tenedor, propietario y/o dueño de una mascota que no cumpliera con las condiciones de la tenencia responsable de la misma.

Artículo 2°: INDÍQUENSE las partidas presupuestarias ejecutadas en el marco de los objetivos fijados en el Art. Nº7.

Artículo 3º: ENVÍENSE, si los hubiera, estudios estadísticos realizados a fin de
obtener empíricamente datos permanentes de la situación de la población canina, felina y equina, sus características y condiciones, requeridas en el Art. Nº10.

Artículo 4º: DETÁLLESE el número de capturas y retiros de los perros que se encontraron en la vía pública sin identificación, y su registración, desparasitación, vacunación, esterilización y adopción, implementada a través del Art Nº11.

Artículo 5º: INFÓRMESE el estado de desarrollo, avance y ejecución del Programa Municipal de Adopción de Mascotas promovido por el Art. Nº15 y Art. N° 6° . Adjúntese el Padrón Municipal de Mascotas creado por Art. Nº 18.

Artículo 6º- COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese. -

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.