Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2024-3692

Fecha presentación: 27/11/2024

Código Ord.: 2024-2692

Fecha sanción: 07/11/2024

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 07/11/2024

Título: RECTIFICATIVA DE PRESUPUESTO 2024

Resumen: RECTIFICATIVA DE PRESUPUESTO 2024. Presentado por el D.E.M. el día 27/11/2024, bajo el N° 3692/2024.- SEGUNDA LECTURA.-

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 143 de la Carta Orgánica Municipal, que establece que la estructura del Presupuesto Municipal debe cumplir con los principios de anualidad, universalidad, equilibrio, especificidad, publicidad, claridad y uniformidad, y en el marco de la Ordenanza de Presupuesto Nº 2650/2023, rectificada por Ordenanza Nº 2669/2024, presentamos el presente Proyecto de Ordenanza para rectificar el Presupuesto General del año 2024.
La presente rectificación tiene como principal objetivo readecuar las partidas vigentes de las cuentas de orden debido a causas laborales. Estas cuentas reflejan los aportes a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba y a la Administración Provincial del Seguro de Salud (APROSS), entre otras, que son retenidos de los haberes del personal municipal. Estos ítems sufrieron modificaciones luego de aprobada la Ordenanza General de Presupuesto 2024, introduciendo aportes como el Fondo Solidario de Cobertura y Financiación para Desequilibrios de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba e incrementando el porcentaje de aporte al APROSS, entre otras.
El Fondo Solidario de Cobertura y Financiación para Desequilibrios de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba establece un aporte mensual obligatorio según la Ley 10.724, artículo 9, inciso E), el cual se calcula aplicando un porcentaje del 2%, 3% o 4% sobre los haberes brutos mensuales totales del empleado, dependiendo del tramo salarial. Esta norma, publicada el 29 de diciembre de 2023, se aplica retroactivamente a la liquidación de diciembre de 2023, lo que imposibilitó su inclusión en el cálculo del Presupuesto 2024. Cabe destacar que los tramos para el cálculo de este aporte no se han actualizado desde su publicación, lo que ha provocado que, al día de hoy, el 66% del personal aporte en el tramo más alto (4%), frente al 2,59% que aportaba en este tramo en diciembre de 2023.
Asimismo, se modifica el porcentaje del aporte mensual al APROSS, que aumenta del 4,5% al 5,5%, según el Decreto del Ejecutivo Provincial 2414/2023, publicado el 12 de enero de 2024, con vigencia a partir de enero del presente año. Además, se actualiza el aporte mínimo personal del inciso a) del artículo 32 de la Ley 9277, que ha sufrido un incremento del 240% entre diciembre de 2023 y agosto de 2024. Igualmente, el aporte al Fondo de Enfermedades Catastróficas (AProSS FEC) se incrementa en un 124%, y se crea el Fondo Solidario de Atención para Enfermedades Emergentes e Innovación Tecnológica (FOSAET), cuya aplicación está suspendida temporalmente, pero podría entrar en vigencia en cualquier momento.
Dado que las cuentas de orden se originan en retenciones realizadas al personal, es decir, aportes de terceros, estas deben reflejarse de igual manera en las cuentas de ingresos.
Adicionalmente, se rectifican los saldos correspondientes al ítem "Servicios no Personales", destinado a gastos operativos, en particular las partidas de Energía Eléctrica y Alumbrado Público. Al planificar el ejercicio 2024, se estimó un aumento del 200%; sin embargo, el incremento real proyectado para diciembre del presente año es cercano al 400%. De igual manera, se prevé un aumento en la recaudación de la Contribución por Inspección Eléctrica, Mecánica y Suministro de Energía Eléctrica.
Esta rectificación modifica el monto total del Presupuesto, que se ajusta a $20.345.000.000 (veinte mil trescientos cuarenta y cinco millones de pesos), adecuando también la composición interna de las partidas generales.
Por último, se incorpora un párrafo adicional al final del artículo 96 de la Ordenanza Tarifaria 2649/2023, con el objetivo de flexibilizar su aplicación.

Por todo lo expuesto.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2692/2024

Artículo 1°: RECTIFÍCASE el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del corriente año (Ordenanza Nro. 2650/2023, rectificado por Ordenanza Nro. 2669/2024), que forma parte del presente como ANEXO I.-

Artículo 2: A tal efecto se fija en la suma de PESOS VEINTE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES ($20.345.000.000), el Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, que regirá para el año 2024, de acuerdo al detalle de las Planillas Anexas que son parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3°: Se estima en la suma de PESOS VEINTE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES ($20.345.000.000) los recursos para el año 2024, destinados a la financiación del Presupuesto General de Gastos, de acuerdo al detalle de las Planillas Anexas que son parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 4°: AGRÉGUESE el siguiente párrafo al final del último párrafo del Art. 96° de la Ordenanza Tarifaria 2649/2023:"Las tasas, multas y sanciones expuestas y detalladas en los Art. 94° y 95° precedentes, podrán ser disminuidas bajo resolución fundada de la Dirección de Obras Privadas, previo suscripción de Convenios entre la Municipalidad y entidades oficiales colegiadas u organismos de contralor”.

Artículo 5°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.