Ordenanzas
Asunto: 2024-3695
Fecha presentación: 07/11/2024
Código Ord.: 2024-2706
Fecha sanción: 12/12/2024
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: 12/12/2024
Título: RECONOCIMIENTO PERPETUO A HACEDORES CULTURALES LOCALES
Resumen: RECONOCIMIENTO PERPETUO A HACEDORES CULTURALES LOCALES. Presentado por el Concejo en Pleno, con autoría del Bloque Hacemos Unidos por Bell Ville, el día 07/11/2024, bajo el N° 3695/2024.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
---|---|
Casas, Sonia Beatriz | Unión Cívica Radical |
Montuori, Jorge Nicolás | Unión Cívica Radical |
Ferrari, Noelia | Unión Cívica Radical |
Oviedo, Juan Pablo | Unión Cívica Radical |
Celiz, Herminia Andrea | Unión Cívica Radical |
Salvucci, Flavia Soledad | Hacemos Unidos por Bell Ville |
Villarroel, Jorge German | Hacemos Unidos por Bell Ville |
Sontag, Valentina | Hacemos Unidos por Bell Ville |
Iman, Fermín Ezequiel | Hacemos Unidos por Bell Ville |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
RECONOCIMIENTO PERPETUO A HACEDORES CULTURALES LOCALES CIRCUITO DE BALDOSONES CULTURALES
VISTO:
Que Luis David Picolomini, en su carácter de actor cultural de la comunidad Bellvillense presentó el proyecto “Homenaje a los actores culturales Bellvillenses ya desaparecidos”.
Que la carta orgánica de nuestra ciudad, en el artículo 8 del capítulo II postula que son funciones, atribuciones y finalidades de competencia municipal (…) “disponer y fomentar políticas de apoyo y difusión de los valores culturales locales, regionales y nacionales (…)”
Que a su vez dispone en el Artículo 41 que “…el Municipio incentiva (entre otros) el desarrollo cultural, en función de los intereses de la comunidad y la región.
Que además en el apartado específico de “Cultura”, el artículo 45 dice: “El Municipio promueve una política pluralista como factor dinámico de transformación y progreso social que garantice la libertad en todas sus manifestaciones y afirme la identidad cultural de la ciudad y sus barrios”
Y CONSIDERANDO:
Que la ciudad de Bell Ville, desde los mismos albores de la Patria, ha sido distinguida por la extensa serie de singularidades que le han otorgado la clara identidad de la cual, sus habitantes, siempre han sido altivos embajadores.
Que probablemente, estas señales de personalidad, tengan que ver con el paisaje que envuelve a Bell Ville. Un río que divide exactamente a la ciudad en dos mitades que nunca se sintieron separadas; una fronda autóctona, tupida, espinosa y florida; un mar de campos, extendido a los cuatro vientos y, el generoso abanico de temperaturas, que templa, atempera y también otorga contorno a la definición del "ser llanero". Así también, esa situación geográfica, lo modela al Bellvillense. Él, habita el último bastión fronterizo de la cordobesidad. Su cadencia en la expresión defiende la mediterraneidad, pero no lo convierte en emisor característico de acento barrial de la poderosa urbe, capital del estado provincial.
Que en razón de ello cada habitante de la ciudad de Bell Ville, munido de tan intensas características, transita por la vida, desarrollándose en un entorno social y cultural que le es propicio y al que le otorga momentos y lugares.
Que es desde allí que emanan ciertas figuras que están predestinadas a sobresalir, surgiendo, mayoritariamente, desde las instituciones formadoras de talentos o bien, desde los adoquines, los senderos o los templos populares.
Que esas figuras, abanderadas de esa sociedad singular, hoy irrumpen atravesando los calendarios, con el firme clamor que suplica no ser olvidadas por generaciones futuras, las que, al no ser advertidas de su propio origen, supondrán que carecen de tal frondosa historia que los estará identificando.
Que en este sentido, es necesario que se lleve a cabo un justo y permanente homenaje a quienes tanto hicieron por la identidad cultural de los Bellvillenses y ya no están en el mundo terrenal.
Que debe ser a forma de galardón hacia los hacedores culturales que se hayan distinguido en el desarrollo de sus actividades, expuesto en un ámbito público y como testimonio social.-
Que el mismo - a la manera de grandes centros urbanos mundiales - se propone a través de la instalación de “baldosones” conteniendo el nombre y apellido de artistas, de nuestro medio, que se hayan destacado durante su vida y hayan aportado para la indubitable identidad de los habitantes de esta ciudad, tan reconocida en la historia de la argentinidad.
Que cada una de los baldosones deberá indicar el rubro en que destacaron y marcaron su impronta, conteniendo las fechas respectivas de inicio y fin de su vida.-
Que en el corredor respectivo donde se emplacen los baldosones haya un código QR para que los visitantes puedan acceder a la información virtual cargada digitalmente, de cada uno de los hacedores culturales reconocidos.-
Que el área de Cultura Municipal deberá ser la autoridad de cumplimiento y contralor, quien deberá arbitrar los medios para que se desarrollen los baldosones, su colocación y la construcción y carga virtual de los datos para el código QR.-
Que deberá conformarse una Comisión integrada de manera plural.-
Que llevar adelante una política pública de este tipo – en tanto señales físicas y simbólicas – genera sentido de pertenencia de los y las Bellvillenses, sirven de visita y consulta por educandos, como así también, promueve la participación popular y tiene un estrecho vínculo con las áreas abocadas a la protección del patrimonio histórico y cultural de la localidad.
Presentado por el Concejo en Pleno, con autoría del Bloque Hacemos Unidos por Bell Ville.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N ° 2706/2024
Artículo 1°: CREASE el REGISTRO DE HACEDORES CULTURALES Y ORDENASE LA INSTALACION DE BALDOSONES ESPECIALMENTE DISEÑADOS Y CONSTRUIDOS EN RECONOCIMIENTO PERPETUO A ESTOS, los que representaran a cada Hacedor Cultural de nuestra ciudad, ya extinto.-
Artículo 2°: DISPONGASE la CONFORMACIÓN de una Comisión Permanente de Homenaje a Hacedores Culturales, ad honorem, integrada por cuatro Funcionarios designados por el DEM, un Concejal de cada Bancada con representación parlamentaria, y tres miembros del colectivo de Hacedores Culturales locales.-
Artículo 3º: Los miembros de la Comisión representantes de los Hacedores Culturales surgirán de una convocatoria pública y abierta que deberá realizar la Dirección de Cultura o la que en el futuro la reemplace, debiendo los interesados inscribirse en la misma, procediendo a realizar un sorteo público en caso de ser los interesados más de tres. Los mismos duraran dos años en sus funciones no pudiendo ser reelectos hasta tanto se agote la lista de inscriptos.
Artículo 4º: La Comisión Permanente iniciará un proceso de selección de los posibles homenajeados garantizando participación del colectivo y la ciudadanía en la postulación y conformará un listado a inscribirse en el registro indicado en el Artículo primero de la presente.- Una vez integrado el listado de futuros homenajeados en el registro, deberá comenzar la marcación, señalización e instalación de los baldosones Culturales, en un espacio público a definir por el D.E.M.
Artículo 5º: A los fines de darle continuidad al programa y teniendo en cuenta el listado de hacedores a inscribirse en el registro, la Comisión Permanente de Homenaje a Hacedores Culturales conformará un listado anual de reconocimientos e instalación de baldosones que haga posible la ejecución de los mismos.
Artículo 6°: DELÉGUESE a la Dirección de Cultura o la que en el futuro la reemplace, la coordinación de la Comisión Permanente y organización del llamamiento abierto a la comunidad para la postulación.-
Artículo 7º: La Comisión Permanente podrá llamar a concurso de ideas para la definición del diseño gráfico de los baldosones y su confección, para lo cual en su caso deberá fijar las bases y condiciones de dicho concurso.-
Artículo 8°: ESTABLÉCESE que los baldosones deberán llevar en su diseño las siguientes referencias:
- El Escudo de la Municipalidad de Bell Ville;
- El Isologo del Concejo Deliberante y Número de Ordenanza que promovió esta iniciativa;
- El nombre del Hacedor Cultural, las fechas de inicio y fin de su vida;
- Código QR para el acceso a información virtual del homenajeado, cuyo contenido deberá ser elaborado por la Comisión Permanente.-
Artículo 9°: ENCOMIÉNDESE a la Dirección de Cultura arbitrar todos los recursos para llevar adelante este programa, como así también los recaudos posteriores a fin de conservar y mantener en buen estado los baldosones Culturales que se vayan colocando, como también reponerlas en caso de daño total de manera que no se afecte o destruya el valor simbólico y cultural que representan.
Artículo 10: AUTORÍCESE al DEM a reglamentar la presente Ordenanza.
Artículo 11°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIDUAD DE BELL VILLE, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.