Digesto Concejo Deliberante de la Ciudad de Bell Ville.

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ORDENANZAS


Asunto: 2025-3757

Fecha presentación: 06/05/2025

Código Ord.: 2025-2736

Fecha sanción: 22/05/2025

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: -

Título: CREACIÓN Programa Municipal “Tu instrumento, tu música”

Resumen: CREACIÓN Programa Municipal “Tu instrumento, tu música”. Presentado por el D.E.M., el día 06/05/2025, bajo el N° 3757/2025.-

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Que la Escuela Municipal y Banda “Ernesto A. Bianchi” ha desempeñado, a lo largo de los años, un papel esencial en el desarrollo cultural, social y educativo de los jóvenes de nuestra comunidad. Desde su fundación, se ha consolidado como un verdadero motor de inclusión social, formación artística y promoción del arte musical.
Gracias a su constante labor, numerosos jóvenes han tenido la oportunidad de acceder a una educación musical de calidad, integrarse a un entorno colaborativo y adquirir valores fundamentales como la disciplina, la responsabilidad, el trabajo en equipo y el compromiso con la comunidad.
Que, desde el año 2022, la Escuela Municipal y Banda “Ernesto A. Bianchi” ha implementado un Proyecto Educativo conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 2485/2021, el cual ha evidenciado un notable crecimiento en el desarrollo técnico y artístico de sus integrantes.
Que, surge la necesidad de fortalecer el patrimonio instrumental de la Escuela Municipal y Banda mediante la posibilidad de acceder a una línea de crédito específica, destinada a la adquisición de instrumentos musicales de alta calidad. Esta iniciativa tiene como objetivo principal mejorar el nivel artístico y pedagógico de la institución. La incorporación de nuevos instrumentos no solo permitirá optimizar el desempeño individual y grupal de los músicos, sino también potenciará el desarrollo de la Banda como un espacio de crecimiento cultural y educativo dentro de la comunidad.
Que, si bien una parte del alumnado cuenta con instrumentos propios, el perfeccionamiento de sus habilidades técnicas demanda el acceso a herramientas más especializadas y de mayor calidad, acordes con el nivel formativo alcanzado y con los estándares requeridos para una práctica académica y profesional de excelencia.
Que, nuevos integrantes de la comunidad educativa han manifestado un marcado interés y la necesidad concreta de disponer de instrumentos musicales propios, lo cual constituye un factor adicional que impulsa y justifica la creación del presente Programa, concebido como una respuesta integral a las demandas actuales de la Banda Municipal.
La habilitación de una línea de crédito accesible permitirá a los músicos la adquisición de instrumentos musicales de calidad, cuyo costo resulta, en muchos casos, económicamente inaccesible mediante otros medios. Esta medida contribuirá significativamente al fortalecimiento de sus capacidades técnicas, artísticas y formativas, impactando positivamente en su desarrollo individual y en el enriquecimiento del entorno educativo.
Que, el acceso a financiamiento mediante créditos ofrecerá condiciones de pago flexibles y sostenibles en el tiempo, facilitando a estudiantes y docentes la posibilidad real de incorporar a su quehacer diario los instrumentos necesarios para su crecimiento personal, académico y profesional, promoviendo así una mayor equidad de oportunidades dentro del ámbito musical.

Que es relevante señalar que ciertos instrumentos musicales, debido a su naturaleza y al cuidado que requieren, tienen la capacidad de revalorizarse con el tiempo, transformando así su adquisición no solo en una compra inmediata, sino en una inversión cultural y patrimonial con un alto potencial de crecimiento y proyección a largo plazo.
Que, la Escuela Municipal y Banda Ernesto A. Bianchi desempeña un papel fundamental en la vida cultural de la comunidad, siendo un referente en la promoción de la música como medio de integración social, expresión artística y preservación de las tradiciones locales.
Que, esta renovación instrumental contribuirá a fortalecer el tejido social de la comunidad, brindando a los ciudadanos la posibilidad de participar en actividades culturales enriquecedoras que promuevan el respeto mutuo, el trabajo en equipo y la creatividad. En definitiva, se trata de una apuesta por la inclusión cultural que fomente el acceso equitativo a las artes, promoviendo una sociedad más cohesionada y con sentido de identidad colectiva.
Considerando que la posesión de un instrumento propio constituye un factor determinante en la mejora continua de la práctica musical, permitiendo a los músicos contar con las herramientas necesarias para su desarrollo técnico y artístico, lo que, a su vez, puede abrirles oportunidades laborales y profesionales en el futuro, facilitando su inserción en el mercado musical y en diversas actividades culturales.
Que, las bandas municipales representan un componente esencial del patrimonio cultural de cada comunidad. Invertir en instrumentos musicales no solo facilita la continuidad de estas agrupaciones, sino que también fortalece la identidad cultural local, promoviendo la música como una tradición. Además, contribuye a la formación de nuevas generaciones de músicos, incentivando el aprendizaje y la valoración de la música en sus diversas expresiones.
Que, es fundamental resaltar que la música no solo actúa como una herramienta educativa que fortalece valores fundamentales como la disciplina, el trabajo en equipo, la creatividad y la perseverancia. También constituye un bien cultural invaluable, que beneficia a toda la comunidad al promover el bienestar colectivo, la integración social y el desarrollo humano a través de la cultura y el arte.
Por todo ello.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2736/2025

Artículo 1°: CRÉASE el “Programa Municipal Tu Instrumento, Tu Música”, el cual se regirá por los lineamientos establecidos en la presente Ordenanza y su reglamentación complementaria.

Artículo 2°: OBJETIVO: El presente programa tiene como finalidad principal facilitar el acceso a instrumentos musicales a través del otorgamiento de créditos destinados a alumnos vinculados al Proyecto Educativo de la Escuela Municipal y Banda “Ernesto A. Bianchi”. Mediante esta iniciativa, el Municipio busca fomentar la formación musical, fortalecer el desarrollo artístico local y promover la equidad en el acceso a los recursos necesarios para la práctica instrumental. El crédito permitirá a los beneficiarios adquirir instrumentos musicales nuevos o usados en buen estado, adecuados a sus necesidades formativas y pedagógicas. Este Programa representa un compromiso con la educación musical como herramienta de inclusión, desarrollo cultural y crecimiento personal de quienes integran la Escuela Municipal y Banda Ernesto A. Bianchi y su entorno educativo.

Artículo 3°: AUTORIDAD DE APLICACIÓN: Será autoridad de aplicación del presente Programa la Dirección de Cultura y Educación, o el organismo que en el futuro la sustituya, quedando facultada para su ejecución, seguimiento y evaluación.

Artículo 4°: BENEFICIARIOS: Podrán acceder al presente Programa los alumnos que formen parte activa de la Escuela Municipal y Banda “Ernesto A. Bianchi”. Para ser considerados beneficiarios, los solicitantes deberán acreditar una antigüedad mínima de un (1) año comprobables de participación continua en las actividades formativas y musicales desarrolladas por dicha entidad educativa.

Artículo 5°: El presente Programa será financiado por la Municipalidad de Bell Ville, debiendo todas las erogaciones que demande su desarrollo ser imputadas a la partida presupuestaria “FORTALECIMIENTO DE CLUBES, ARTES Y ASOCIACIONES CIVILES - Código N° 02.01.04.02.09.00.00.00.00.”

Artículo 6°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar todos los aspectos necesarios para la efectiva implementación del presente Programa, incluyendo las condiciones del crédito, montos máximos, plazos de devolución, garantías, mecanismos de seguimiento y demás disposiciones operativas.

Artículo 7°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.

Artículo 8°: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-