Digesto Concejo Deliberante de la Ciudad de Bell Ville.

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ORDENANZAS


Asunto: 2025-3780

Fecha presentación: 08/07/2025

Código Ord.: 2025-2750

Fecha sanción: 17/07/2025

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 17/07/2025

Título: Ampliación de la red de Agua Potable y Cloacas - Mauricio BAROTTO

Resumen: APRUÉBESE la solicitud realizada por el Señor Mauricio BAROTTO, referida a la ampliación de la red de Agua Potable y Cloacas, ubicada en calle La Cautiva esq. Av. Hernández. Presentado por el D.E.M., el día 08/07/2025, bajo el N° 3780/2025.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Que mediante nota de fecha 9 de Mayo de 2025, el Sr. Mauricio Barotto D.N.I. 31.044.663 solicita en su carácter de propietario del inmueble ubicado en calle La Cautiva esq. Av. Hernández, nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 125 – Parc. 13 y 14, la ejecución de la extensión de cañería Red de Agua Potable y Red de Cloacas a fin de dotar de dicho servicio a la propiedad antes mencionada. -
Que la referida ampliación no tendrá costo alguno para el Municipio, ya que dicho gasto será afrontado de manera total por el solicitante; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red de Agua y Cloacas pasará a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad. -

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2750/2025

Artículo 1°: APRUÉBESE la solicitud realizada por el señor Mauricio BAROTTO (D.N.I. 31.044.663), referida a la ampliación de la red de Agua Potable y Cloacas, ubicada en calle La Cautiva esq. Av. Hernández nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 125 – Parc. 13 y 14, a fin de dotar del servicio a dicha parcela.-

Artículo 2°: TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n° 423/2025 de fecha 04/07/2025, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltada.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Contrato de Obra.

Artículo 3°: DECLÁRESE de utilidad pública la presente ampliación de red de Agua potable y red de Cloacas, referenciada en el Articulo 1° y en consecuencia pase a formar parte de la red municipal. -

Artículo 4°: ESTABLÉZCASE que el pago de la obra, estará a cargo del señor Mauricio Barotto en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios. -

Artículo 5°: DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Agua y Red de Cloacas se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes. -

Artículo 6°: ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda -CUIT n° 30-66824965-1.-

Artículo 7°: El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza. -

Artículo 8°: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.