Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2018-2856

Fecha presentación: 24/07/2018

Código Ord.: 2018-2212

Fecha sanción: 09/08/2018

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: -

Título: Contratación para organización de la XVII Fiesta Nacional de la Pelota de Fútbol.

Resumen: APROBACIÓN de la Contratación de la Firma “360 MKT” S.R.L., quien se encargará de producir la Fiesta Nacional de la PELOTA DE FÚTBOL.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Que la ciudad de Bell Ville fue declarada Capital Nacional de la Pelota de Futbol mediante Ley 27.366
Que desde el 04 al 10 de noviembre del corriente año, se llevará a cabo la “XVII FIESTA NACIONAL DE LA PELOTA DE FUTBOL”.
Este evento, no solo ayuda a mantener viva en la memorial de los Bellvillenses la imagen y el genio de los inventores de la pelota sin tiento, sino que pretende general a nivel Nacional una marca distintiva de nuestra ciudad.
Que el DEM considera, que a los fines de intentar garantizar que este evento tenga la coordinación, organización y difusión esperada, sería lo ideal delegar la organización en una empresa que ofrezca ese tipo de servicios.
Que por Decreto N° 2753/2018 se convocó a un Concurso de Ideas para la organización de la XVII Fiesta Nacional de Pelota de Futbol, convocado mediante Decreto Municipal N° 2753/2018. En el cual participó la empresa 360 MKT SRL CUIT 30-71408981-8, aportando ideas innovadoras para la organización de tal evento.
Se estima, en el marco de este análisis, una cuestión imprescindible, que se garantice un alto grado de promoción y difusión, apuntando a una comunicación de alcance nacional, como también lograr el desarrollo, planificación y programación acorde al lugar donde se pretende posicionar la fiesta.
Para ello, considera oportuno este DEM, contratar una empresa especializada, con el conocimiento profesional adecuado para llevar a cabo las diferentes etapas del evento, optimizándose el manejo de los tiempos, la cantidad de recursos y las acciones a realizar, en una sinergia de esfuerzos correcta que sea capaz de brindar el mejor resultado posible, afrontando así el municipio el desafío de instalar definitivamente a la XVII Fiesta Nacional de la Pelota de Futbol en un evento acorde a los parámetros y exigencias actuales.
Se considera en este aspecto que el estado municipal no posee las herramientas específicas para la concreción de un evento de tal magnitud y de semejantes objetivos ya que, atento a la diversidad de tareas y elementos técnicos que se deben disponer para un evento de estas características, se dispersaría una cantidad de tiempo y recursos que por naturaleza están para cumplir otra función hacia la comunidad y de los que habría que disponer para atender cada una de esas necesidades.
Por ello, y en función de cumplir en su rol de impulsor de una celebración deportiva y cultural de gran significado para los vecinos de la ciudad, el estado municipal considera como la mejor opción unificar la totalidad de la gestión del evento, asumiendo la responsabilidad de optar por que este tipo de servicio se lleve a cabo con las garantías que el imperio del marco legal vigente exige.
El criterio para seleccionar a la empresa 360 MKT SRL como la que reúne las condiciones para organizar el evento, está basado en su seriedad, experiencia, antecedente positivo en la organización de la fiesta del año 2017 y una gran estructura profesional, con la diferencia y el valor agregado con respecto a otras en el mercado.
Que el costo de esta organización, conforme el contrato que se adjunta como anexo al presente proyecto, alcanza la suma de pesos tres millones seiscientos veintiocho mil ochocientos cuarenta y siete con treinta centavos ($3.628.847,30) IVA incluido.-
Que conforme art. 10 inc. 4 de la ordenanza 2157/2017, se eleva el presente.-

Por lo expuesto:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2212/2018

Artículo 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa, a la empresa 360 MKT SRL CUIT 30-71408981-8, para que produzca, difunda y organice la XVII Fiesta Nacional de la Pelota de Fútbol, a llevarse a cabo desde el día 04 al 10 de noviembre de 2018.
Artículo 2º: La contratación autorizada en el artículo anterior asciende a la suma de pesos tres millones seiscientos veintiocho mil ochocientos cuarenta y siete con treinta centavos ($3.628.847,30) IVA incluido.
Artículo 3°: AUTORÍCESE, al Señor CARLOS EDGARDO BRINER, en su carácter de titular de Departamento Ejecutivo Municipal, en nombre y representación de la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, en ejercicio de sus atribuciones legales a suscribir el contrato con la firma 360 MKT SRL, representada por el Sr. Jorge Adrián KERKEBE DNI Nº 26.903.086, que se incorpora como ANEXO UNICO y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 4º: FACULTASE al Departamento Ejecutivo para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 5º: IMPÚTENSE los EGRESOS que demande la ejecución de la presente Ordenanza a la partida presupuestaria “FIESTA NACIONAL DE LA PELOTA DE FUTBOL” (código 02.01.03.13).
Artículo 6°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 7º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.