ORDENANZAS
Asunto: 2025-3828
Fecha presentación: 11/11/2025
Código Ord.: 2025-2775
Fecha sanción: 20/11/2025
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: 20/11/2025
Título: Prohibición de estacionar sobre el lado Este de Calle Pellegrini sentido Norte-Sur (num. 0 a 100)
Resumen: ESTABLECIENDO la Prohibición de estacionar sobre el lado Este de Calle Pellegrini sentido Norte-Sur, de la numeración 0 a 100. Presentado por el Concejal Juan Pablo Oviedo del Bloque de la U.C.R., bajo el N° 3828/2025, el día 11/11/2025.
Estado: Vigente
Autor:
| Concejal | Bloque |
|---|---|
| Oviedo, Juan Pablo | Unión Cívica Radical |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Que, a partir de las modificaciones generadas por la construcción y emplazamiento del Puente “Brigadier General Juan Bautista Bustos”, la circulación por calle Tucumán se encuentra interrumpida a partir de su intersección con calle Pellegrini.
Que a ello se suma la edificación de un inmueble de importantes dimensiones en la esquina de calles Pellegrini y Córdoba, lo cual produce un incremento natural del tránsito vehicular por la presencia de nuevos residentes y de diversos comercios instalados en el lugar.
Que, asimismo, deben considerarse las dependencias del Banco de la Nación Argentina y del Correo Argentino, instituciones que generan una concurrencia constante de vecinos que se trasladan en vehículos, incrementando aún más la densidad de tránsito en el sector.
Que, en virtud de lo expuesto, se ha advertido que resultaría beneficioso para la seguridad vial y la fluidez del tránsito en la zona disponer la prohibición de estacionamiento sobre calle Pellegrini, margen este, a fin de optimizar el aprovechamiento del ancho de calzada y facilitar la circulación ordenada de los distintos vehículos que transitan por dicha arteria.
Que la experiencia recogida a partir de ordenanzas anteriores dictadas en el mismo sentido ha demostrado la efectividad de la prohibición de estacionamiento en un solo lateral, permitiendo ordenar y agilizar la circulación vehicular, además de contribuir a un entorno más seguro y accesible para todos los ciudadanos.
Que el área de Convivencia Ciudadana ha emitido un análisis favorable respecto de la presente medida, considerando su pertinencia técnica y su conveniencia para la seguridad vial y la armonía urbana.
Que, finalmente, resulta oportuno que el municipio continúe adoptando medidas de planificación y ordenamiento del tránsito que acompañen el crecimiento urbano y garanticen condiciones adecuadas de circulación, seguridad y convivencia en los distintos sectores de la ciudad.
Proyecto presentado por la Bancada de la U.C.R. con autoría del Concejal Juan Pablo Oviedo.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNION, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2775/2025
Artículo 1°: °: ESTABLEZCASE la prohibición de estacionar sobre el lado Este de calle Pellegrini sentido Norte – Sur de la numeración 0 a 100 es decir entre calles Tucumán y Córdoba. -
Artículo 2°: ENCOMIÉNDESE al Área de Convivencia Ciudadana para que: a) Realice las demarcaciones correspondientes en la arteria mencionada supra, proceda a adecuar la señalética respectiva a las disposiciones que establece la presente Ordenanza.
Artículo 3°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación. -
Artículo 4°: COMUNIQUESE al DEM y a los medios de prensa locales.
Artículo 5°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.




