ORDENANZAS
Asunto: 2026-3884
Fecha presentación: 08/06/2026
Código Ord.: 2026-2807
Fecha sanción: 11/06/2026
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: 11/06/2026
Título: AFÉCTESE al dominio público municipal el inmueble Matrícula: 584.722
Resumen: 0
Estado: Vigente
Autor:
| Concejal | Bloque |
|---|---|
| .D.E.M. | D.E.M. |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
Ref: “Exp Adm. N°278/2026: caratulado, Nuevo Hospital Bell Ville- AMG Obras Civiles- obra conexión infraestructura eléctrica, iniciado por la Dirección de Planificación y Gestión de Obras.”
Que la firma AMG Obras Civiles S.A. se encuentra ejecutando la obra de la traza acometida eléctrica en Media Tensión del nuevo Hospital de Bell Ville.
Que debido al consumo eléctrico que demandará el nuevo Hospital, EPEC estableció como punto de derivación de energía en media tensión la intersección de calles Gerónimo del Barco y Pearson.
Que siendo de Propiedad Municipal, el inmueble inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo F. Real: Mat: 584722, Lote de Terreno Ubic. Cdad. Bell Ville. Dpto. Union. Lote 19, con una superficie de 344ms, 45dms. cdos. Conforme Plano 120.506, identificado con Nomenclatura Catastral 3603040103013019, Plano Exp Provincial 0033-39848-93 donde actualmente atraviesa la traza de la calle Pearson, nunca fue declarada de dominio público.
Por lo expresado, se eleva el presente proyecto con la finalidad de obtener la respectiva afectación al dominio público municipal, con destino a calle pública, del inmueble inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo F. Real: Mat: 584722 a fin de obtener la regularización de dicha superficie y facilitar el proyecto de realización de una línea de Media Tensión subterránea que vincule el punto de derivación de intersección de calles Gerónimo del Barco y Pearson con el predio donde actualmente se construye el nuevo Hospital.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNION, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2807/2026
Artículo 1º: AFÉCTESE al Dominio Público Municipal, con destino a calle pública, el inmueble inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo F. Real: Mat: 584722, Lote de Terreno Ubic. Ciudad. Bell Ville. Dpto. Unión. Lote 19, con una superficie de 344ms, 45dms. cdos. Conforme Plano 120.506, identificado con Nomenclatura Catastral 3603040103013019, Plano Exp. Provincial 0033-39848-93, propiedad de la Municipalidad de Bell Ville, CUIT N° 30-66824859-0.
Artículo 2º: FACÚLTESE y AUTORÍCESE al Señor Intendente Municipal Cr. Juan Manuel Moroni D.N.I N°27.445.039, para que en nombre y representación de la Municipalidad de Bell Ville, suscriba los instrumentos y demás documentación que fuera menester, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
Artículo 3º: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 4º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.


