Ordenanzas
Asunto: 2018-2781
Fecha presentación: 12/03/2018
Código Ord.: 2018-2170
Fecha sanción: 28/03/2018
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: -
Título: Médicos Comunitarios
Resumen: Tema: Proyecto de Ordenanza: RATIFICANDO, en todos sus términos el convenio suscripto por el Sr. Intendente Municipal Dr. Carlos Edgardo BRINER con el Ministro de Salud de la Nación Dr. Jorge Daniel Lemus, en representación del Ministerio de Salud de la Nación con fecha 2 de octubre de 2017. Médicos Comunitarios.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
---|---|
.D.E.M. | D.E.M. |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
La Municipalidad de Bell Ville, por intermedio de su Intendente Dr. Carlos Edgardo BRINER, formalizó un convenio con fecha dos (2) de octubre de 2017, con el Ministerio de Salud de la Nación por medio del cual se asegura, en el marco de la Cobertura Universal de Salud (Decreto Nº 908/16 y Resolución del Ministerio de Salud de la Nación Nº 475/16), el fortalecimiento del Primer Nivel de Atención a través de los Equipos de Comunitarios financiados por el Ministerio mediante la realización de capacitaciones en Salud Social y Comunitaria y en Atención Primaria de la Salud y Fortalecimiento de Primer Nivel de Atención.
Así las cosas y para que el convenio en cuestión se formalice, de conformidad con el art. 66 inc. 32º de la Carta Orgánica Municipal se requiere Ordenanza del Concejo Deliberante ratificando el mismo.
Por lo expuesto, el Departamento Ejecutivo Municipal remite al Concejo Deliberante el presente proyecto de Ordenanza, en virtud de las facultades conferidas por el art. 93 inc. 3º de la Carta Orgánica Municipal.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CORDOBA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2170/2018
Artículo 1º:
RATIFÍCASE, en todos sus términos el convenio suscripto por el Sr. Intendente Municipal Dr. Carlos Edgardo BRINER con el Ministro de Salud de la Nación Dr. Jorge Daniel Lemus, en representación del Ministerio de Salud de la Nación con fecha 2 de octubre de 2017 que forma parte integrante del presente como ANEXO I.
Artículo 2º
COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.