Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2018-2782

Fecha presentación: 12/03/2018

Código Ord.: 2018-2171

Fecha sanción: 28/03/2018

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: -

Título: RATIFICANDO CONTRATO POLICÍA

Resumen: Tema: Proyecto de Ordenanza: RATIFICANDO en todas sus partes el CONTRATO DE LOCACIÓN, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, y la Señora FILOMENA SAVASTIO, con fecha 1º de Septiembre de 2017, referido al inmueble ubicado en calle Hipólito Yrigoyen 226/228 de esta Ciudad, afectado para uso exclusivo de la Policía de la Provincia de Córdoba.-

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS.

Visto que con fecha 1º de Septiembre de 2017, la Municipalidad de Bell Ville, atendiendo a la imperiosa necesidad de continuar contando con el inmueble propiedad de la Sra. FILOMENA SAVASTIO DNI 93.216.536, ubicado en calle Hipólito Yrigoyen nº 226/228 , el que se encuentra afectado a para el uso exclusivo de la Policía de la Provincia de Córdoba , ha formalizado un contrato de locación cuyo plazo se estipuló en dos (02) años y con un precio para el primer año de locación de veintidós mil pesos ($22.000), para el segundo año de locación de veintiocho mil pesos ($ 28.000), es que se remite el presente proyecto de ordenanza a los fines de la ratificación del contrato respectivo.
Por lo expuesto:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNION, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2171/2018

Artículo 1º: RATIFICASE en todas sus partes el CONTRATO DE LOCACION, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, representada por el Señor Intendente Municipal CARLOS EDGARDO BRINER, y la Señora FILOMENA SAVASTIO, DNI 93.216.536, con domicilio en calle Córdoba 681 de esta ciudad, con fecha 1º de Septiembre de 2017, referido al inmueble ubicado en calle Hipólito Yrigoyen 226/228 de esta Ciudad, afectado para uso exclusivo de la Policía de la Provincia de Córdoba.-

Artículo 2º: El egreso que demande la contratación autorizada en los artículos precedentes se imputará a la partida presupuestaria Cuenta Número 02.01.03.02.01 (ALQUILERES DE EDIFICIOS LOCALES Y CARPAS ESTRUCTURALES) de la Ordenanza Presupuestaria Vigente.

Artículo 3º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.