Ordenanzas
Asunto: 2018-2939
Fecha presentación: 30/11/2018
Código Ord.: 2018-2259
Fecha sanción: 06/12/2018
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: -
Título: Pago de una asignación de pesos tres mil quinientos ($3.500), a todos los empleados municipales
Resumen: APROBANDO para el mes de diciembre de 2018, el pago de una asignación de pesos tres mil quinientos ($3.500), a todos los empleados municipales, revistiendo carácter de extraordinaria y no remunerativa. Y APROBANDO un incremento salarial para los empleados de la Municipalidad de la Ciudad de Bell Ville, cuyo importe será el siguiente: a) a partir del 1° de febrero de 2019, un seis por ciento (6%) de incremento; b) a partir del mes de marzo de 2019, un diez por ciento (10%). Presentado por el D.E.M. con fecha 30/11/2018, bajo el N° 2939/2018.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
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.D.E.M. | D.E.M. |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
El DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a lo largo de los meses de octubre y noviembre de este año 2018, ha mantenido distintas reuniones con el SINDICATO UNION OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE BELL VILLE, el cual actúa en representación de los agentes públicos municipales.
Que en el marco de las reuniones indicadas y celebradas entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los representantes gremiales, se debatió y analizó la necesidad de recomponer el salario de los agentes municipales ello con la intención de garantizar el poder adquisitivo de los mismos.
En dicho marco, se resolvió, el pago, para el mes de diciembre de 2018, de un bono de $3500, extraordinario, por única vez, con carácter no remunerativo, a todos los empleados municipales, (permanentes, jornalizados y contratados), excluyéndose del pago del mismo a los funcionarios de planta política, (Intendente, Secretarios y Directores), como así también quedan excluidos del dicho bono, Concejales, Secretario del Concejo Deliberante, Vocales del Tribunal de Cuentas, Jueza de Faltas y Secretaria del Juzgado de Faltas.-
Asimismo se acordó, un incremento salarial escalonado y acumulativo, con lo que se cierra la paritaria correspondiente al año 2018, el cual se implementará de la siguiente manera: a) en el mes de febrero de 2019, un seis (6%) de incremento; b) en el mes de marzo del año 2019, un diez por ciento (10%). A fin de que dicho aumento sea acumulativo, el mismo deberá ser practicado en cada oportunidad, sobre el salario vigente al mes de octubre del año 2018.-
Que lo expuesto se ajusta al acuerdo arribado, y se entiende que garantiza y resguarda el interés de la actual Administración Municipal por recomponer y asegurar de esta manera una mejora el nivel de ingresos de todos los trabajadores municipales, en tanto ello sea posible y compatible con los ingresos provenientes de la recaudación municipal y el resto de las erogaciones necesarias para el mantenimiento, continuidad y desarrollo de los servicios públicos y el resto de la actividad municipal.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNION, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2259/2018
Artículo 1º: APRUEBASE para el mes de diciembre de 2018, el pago de una asignación de pesos tres mil quinientos ($3.500), a todos los empleados municipales, (Planta Permanente, Jornalizados y Contratados), el cual será abonada por única vez, revistiendo el carácter de extraordinaria y no remunerativa. Quedan expresamente excluidos de la percepción de esta asignación, los funcionarios de planta política, (Intendente, Secretarios y Directores), Concejales, Secretario del Concejo Deliberante, Vocales del Tribunal de Cuentas, Jueza de Faltas y Secretaria del Juzgado de Faltas.-
Artículo 2°: APRUEBASE un incremento salarial para los empleados de planta permanente, así como también a los jornalizados y contratados de Municipalidad de la Ciudad de Bell Ville, Departamento Unión, Provincia de Córdoba, cuyo importe – para las distintas categorías– será el siguiente: a) a partir del 1° de febrero de 2019, un seis por ciento (6%) de incremento; b) a partir del mes de marzo de 2019, un diez por ciento (10%). A fin de que dicho aumento sea acumulativo, el mismo deberá ser practicado de la siguiente forma: a) el aumento del seis (6) por ciento estipulado para febrero del 2019, sobre el salario vigente al mes de octubre del año 2018 y, b) el aumento del diez (10) por cientos estipulado para marzo de 2019, sobre el salario de febrero de 2019, en los términos de la nueva escala salarial obrante en el ANEXO UNICO, que se incorpora como parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3°: Con el pago de la asignación prevista en el Artículo 1° y el aumento establecido en el Artículo 2° de la presente, queda cerrada y concluida la paritaria para el año 2018.-
Artículo 4º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a reasignar las partidas presupuestarias que sean necesarias para dar fiel cumplimiento y acabada implementación de la presente Ordenanza,
Artículo 5º: LA presente Ordenanza Municipal comenzará a regir a partir de su promulgación.-
Artículo 6º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.