Ordenanzas
Asunto: 2019-2977
Fecha presentación: 11/04/2019
Código Ord.: 2019-2273
Fecha sanción: 16/04/2019
Código Decreto promulagación: 0
Fecha promulgación: -
Título: MODIFICANDO el Artículo Primero de la Ordenanza 2250/2018 - Remises
Resumen: MODIFICANDO el Artículo Primero de la Ordenanza 2250/2018. Remises. Presentado por el Concejal Ernesto Gavier del Bloque U.C.R., con fecha 11-04-2019, bajo el N° 2977.
Estado: Vigente
Autor:
Concejal | Bloque |
---|---|
Gavier, Ernesto | Unión Cívica Radical |
Texto completo:
FUNDAMENTOS
El 29 de noviembre de 2018, el Concejo Deliberante sancionó el proyecto de ordenanza que fuera remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal referido a las tarifas del servicio de coches de alquiler.
El proyecto fue sancionado bajo el N° 2250/2.018.
En su artículo primero, primer párrafo, la citada ordenanza expresa textualmente: ESTABLECESE que los permisionarios del servicio de coches de alquiler podrán cobrar a los usuarios del sistema las siguientes tarifas, la cual será única y uniforme para todos los vehículos a saber:….” Continúan las tarifas y las fechas de vigencia de las mismas.
El articulo cuya parte pertinente se trascribió, contiene una expresión que ha generado controversia en cuanto establece que los permisionarios “podrán cobrar”, y luego cuando refiere a la tarifa establece que “la misma será única y uniforme para todos los vehículos”.
Se infiere de la norma así redactada, que el permisionario puede cobrar, o puede no cobrar. Pero si cobra la tarifa es única y uniforme para todos los vehículos.
No cabe otra interpretación de dicha norma.
Sin embargo, la misma ha dado lugar a controversias a partir de las cuales algunas empresas y permisionarios promocionan viajes en toda la ciudad a una tarifa menor a la establecida en la misma ordenanza y que se entiende debe ser “única y uniforme para todos los vehículo”.
La norma integra un subsistema normativo de la legislación municipal y no puede interpretarse de manera aislada, y mucho menos interpretar una palabra de la misma para darle un sentido absolutamente contrario al que establece toda la legislación vigente para los coches de alquiler o “remisses”.
En efecto, la ordenanza que regula toda la situación de los coches de alquiler, ordenanza N° 1889/2014, en el título noveno, regula lo atinente a las tarifas, y en el artículo veintisiete, establece con absoluta claridad lo siguiente: “La tarifa del servicio, única y uniforme para todos los prestadores del servicio, será fijada conforme los parámetros aprobados por ordenanza específica”.
Esta norma que es la regulatoria de la actividad, estableció que la tarifa debe ser “única y uniforme”, lo que a las claras indica que no puede haber distintas tarifas, ni queda librada a la decisión de cada empresa o permisionario, sino que es la tarifa que se fija mediante ordenanza. –
La situación planteada a partir de la redacción de la citada ordenanza 2.250/2018, motivó que la mayoría de los permisionarios solicitaran la corrección para que se cumpla efectivamente con lo dispuesto en la ordenanza y todos los permisionarios perciban de los usuarios la misma tarifa.
Los permisionarios solicitaron al Departamento Ejecutivo Municipal que diera solución a esta problemática, órgano que decidió remitirla a este cuerpo para que se adoptara la solución pertinente, que no es otra que cumplir con el claro y explícito texto de la norma regulatoria (ord. 1889/2014, art. 27).
De este modo y a fin de despejar toda controversia y cumplir de manera cabal con el mandato expreso de la ordenanza 1889/2014, es necesario modificar el artículo primero de la ordenanza 2250/2018, que quedará redactado de la siguiente manera: “Para el servicio que prestan los permisionarios de coches de alquiler se establecen las tarifas que se detallan seguidamente, las cuales serán únicas y uniformes para todos los vehículos a saber: “ Desde el 1° de diciembre del 2018 al 31 de mayo de 2019 a.- La suma de cuarenta pesos ($ 40,00) por cada bajada de bandera. b.- La suma de tres pesos ($ 3,00) por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario.- Desde el 1° de junio de 2019 a.- La suma de cincuenta pesos ($ 50,00) por cada bajada de bandera. b.- La suma de tres pesos ($ 3,00) por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario.-
Proyecto presentado por el Concejal Ernesto Gavier del Bloque Unión Cívica Radical, fundamentado por el Concejal Emiliano Yanchuc del Bloque Unión Cívica Radical.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2273/2019
Artículo 1°: MODIFICASE el artículo primero de la ordenanza N° 2250/2018, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Para el servicio que prestan los permisionarios de coches de alquiler se establecen las tarifas que se detallan seguidamente, las cuales serán únicas y uniformes para todos los vehículos, a saber: Desde el 1° de diciembre del 2018 al 31 de mayo de 2019 a.- La suma de cuarenta pesos ($ 40,00) por cada bajada de bandera. b.- La suma de tres pesos ($ 3,00) por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario. - Desde el 1° de junio de 2019 a.- La suma de cincuenta pesos ($ 50,00) por cada bajada de bandera. b.- La suma de tres pesos ($ 3,00) por cada cien (100) metros recorridos, los que comenzaran a computarse a partir de la bajada de bandera, y mientras el vehículo se encuentre transportando al usuario. -
Articulo 2°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.