Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2018-2780

Fecha presentación: 07/03/2018

Código Ord.: 2018-2183

Fecha sanción: 19/04/2018

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: -

Título: RECUPERACIÓN ECONÓMICA PYMES

Resumen: Tema: Proyecto de Ordenanza: ADHIRIENDO la Municipalidad de Bell Ville, a la Ley Nacional N° 27.264, “Programa de recuperación productiva para PyMEs”.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
Gavier, ErnestoUnión Cívica Radical
Yanchuc, EmilianoUnión Cívica Radical


Texto completo:
FUNDAMENTOS


Adhesión a Ley Nacional 27.264 “Programa de recuperación productiva de PyMEs”.

Que, las Pequeñas y Medianas Empresas generan el 70% del empleo en nuestro país, y su competitividad es en gran parte responsabilidad del Estado.

Que, el Senado de la Nación Argentina y la Cámara de Diputados sancionó la Ley 27.264 que crea el programa de recuperación productiva de Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs), por la cual se establecieron varios beneficios, como el pago diferido a 90 días del Impuesto al Valor Agregado (IVA); eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta; permite compensar el Impuesto al cheque como pago a cuenta de Ganancias; mejoras para exportaciones extendiendo de 180 días a 365 días del plazo para el ingreso de divisas; devolución del IVA de las inversiones; pago a cuenta de ganancias, 10% sobre las inversiones; Credito PyME a una tasa del 16%, entre otros.

Que, desde la Municipalidad de Bell Ville es menester acompañar la iniciativa a travez de la implementación de la eximición de la contribución que incide sobre comercio, industria y servicio, por el plazo de 12 meses para nuevas PyMEs y 6 meses para aquellas que presente plan de inversión con el objeto de ampliar su capital.

Que, en nuestra ciudad contamos con la Fundación para el Desarrollo Local, organismo que tiene por objeto apoyar e incentivar las iniciativas público-privada, realizar acciones específicas tendientes al desarrollo económico, como exposiciones, planificación, asesoramiento, capacitación, coordinación y todo aquello que apunte al crecimiento de la economía local, en especial a las PyMEs.


Proyecto presentado por los Concejales Emiliano YANCHUC y Ernesto Gavier del Bloque Unión Cívica Radical, fundamentado por Emiliano YANCHUC.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2183/2018

Artículo 1°: ADHIERASE la Municipalidad de Bell Ville a la Ley Nacional 27.264, “Programa de recuperación productiva para PyMEs”.

Artículo 2: ESTABLECESE la eximición a nuevas PyMEs, de la contribución que incide sobre comercio, industria y servicio, por un plazo de doce (12) meses a partir de la incsripción en la Municipalidad de Bell Ville, y para aquellas PyMEs que presenten inversiones en nuestra ciudad con el objeto de ampliar su capital, previa presentación de plan y aprobación por la autoridad de aplicación, por un plazo de hasta seis (6) meses.

Artículo 3°: La Autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Secretaría de Economía Municipal.

Artículo 4°: SERÁN requisitos para la obtención del presente beneficio, los siguientes:
a) Las personas físicas o jurídicas constituidas deberán estar inscriptas como empleadores en AFIP y tener como mínimo un empleado en relación de dependencia al momento de solicitar la eximición.
b) No poseer deudas exigibles e impagas con el Municipio.

Artículo 5°: FACÚLTESE a la Autoridad de aplicación a reglamentar la presente.

Artículo 6°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.