Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2019-3024

Fecha presentación: 28/08/2019

Código Ord.: 2019-2298

Fecha sanción: 05/09/2019

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 05/09/2019

Título: CREANDO el programa “Centro Comercial a Cielo Abierto” (CCCA)

Resumen: CREANDO en el ámbito de la Ciudad de Bell Ville, el programa “Centro Comercial a Cielo Abierto” (CCCA). Presentado por el Concejal Emiliano Yanchuc del Bloque Unión Cívica Radical, bajo el N° 3024/2019.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
Yanchuc, EmilianoUnión Cívica Radical


Texto completo:
FUNDAMENTOS

VISTO:
El Programa “CENTRO COMERCIAL A CIELO ABIERTO” (CCCA), que en nuestra Ciudad viene desarrollando la Municipalidad conjuntamente con el CERBEL.
Y CONSIDERANDO:
Que, este programa consiste en desarrollar, sobre un área comercial determinada, una gestión global y transversal mediante una estrategia consensuada en la que participen todos los agentes del área afectados, que reportará un beneficio para el conjunto de los usuarios de ese espacio.

Que, nos permitirá gestionar de una forma conjunta y unitaria un área urbana con una oferta integrada y atractiva de servicios que sea competitiva y responda a las necesidades de sus usuarios actuales y futuros.
Que, estos conceptos se refieren a un espacio urbano delimitado que agrupa una oferta integrada de comercios y otros negocios independientes que cooperan entre sí para mejorar su atractivo y compartir servicios, que es gestionado profesionalmente mediante la participación pública y privada y que se dirige a su mercado mediante una imagen y una estrategia única.

Que, para la ejecución y desarrollo del programa “Centro Comercial a Cielo Abierto” (CCCA), es fundamental constituir una Mesa de Trabajo integrada por todos los actores alcanzados en su proceso.

Proyecto presentado por el Concejal Emiliano YANCHUC Bloque Unión Cívica Radical, fundamentado por su autor.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CORDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2298/2019:

Artículo 1º: CREASE en el ámbito de la Ciudad de Bell Ville, el programa “Centro Comercial a Cielo Abierto” (CCCA).
Artículo 2º: La presente Ordenanza tiene como objeto:
a) Permitir y fomentar la consolidación de los Centros Comerciales a Cielo Abierto, como centros de desarrollo urbano, cultural, deportivo, económico y social.
b) Promover el trabajo conjunto y coordinado, a través de nuevas formas de gestión asociada entre el gobierno local, comerciantes, prestadores de servicios o entidades que los nucleen o representen (CERBEL) y otras personas jurídicas públicas o privadas.
c) Impulsar la optimización de la competitividad del comercio minorista, generando condiciones para que se produzca incremento y mejora de la oferta comercial y los servicios prestados a los consumidores en el ámbito de la ciudad de Bell Ville.
d) Propender a la generación de acciones que produzcan la mejora y revalorización de los entornos y/o espacios urbanos donde se emplacen los Centros Comerciales a Cielo Abierto;
e) Promover el desarrollo de pequeñas y medianas empresas y el incremento de los puestos de trabajo en la ciudad.
Artículo 3º: CREASE la Mesa de Trabajo del Programa CCCA, órgano consultivo, integrada por el Departamento Ejecutivo Municipal, Concejo Deliberante, CERBEL y Cámara Industrial. La misma deberá estar compuesta por un (1) representante de cada área involucrada del Ejecutivo Municipal (Desarrollo Urbano, Economía, Cultura, Convivencia Ciudadana, Deportes, etc), por un (1) Concejal represéntante de cada Bloque del Concejo Deliberante, dos (2) representantes del CERBEL, un (1) representante de la Cámara Industrial y un (1) coordinador general de la Mesa de Trabajo.
Artículo 4 º :La Mesa de Trabajo establecida en el artículo anterior tiene como objeto la coordinación y ejecución del programa “Centro Comercial a Cielo Abierto” (CCCA), definiendo tareas y roles de los ejecutores, como así también, la redacción de la normativa pertinente para las intervenciones urbanísticas en las zonas de alcance del programa.
Artículo 5º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M y archívese. -

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-