Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

Sarmiento 14, Planta Alta (C.P. 2550) - Teléfonos: (03537) 414052 / 414054 | Contacto | Sitio institucional del Concejo

Ordenanzas


Asunto: 2018-2803

Fecha presentación: 05/04/2018

Código Ord.: 2018-2189

Fecha sanción: 26/04/2018

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: -

Título: Cloacas Bianucci Elba Susana

Resumen: Tema: Proyecto de Ordenanza: APROBANDO el Proyecto y demás documentación de la Obra Ampliación de Red de Colectores Cloacales en Bv. Ascasubi entre Rio Negro y San Luis. Sra. Elba Susana Bianucci.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

El presente proyecto de Ordenanza, tiene como objetivo, la dotación del servicio de Cloacas a la propiedad de Elba Susana Bianucci en Bv. Ascasubi entre Río Negro y San Luis (30,10 metros desde Río Negro hasta parcela 22.) para dotar de servicios a la parcela 22.
Motiva la misma, que la solicitante Elba Susana Bianucci ejecutara la misma a su cargo, en base a las pautas y condiciones que se establecen en la presente Ordenanza.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2189/2018

Artículo 1°: APRUEBASE el Proyecto y demás documentación de la Obra Ampliación de Red de Colectores Cloacales, integrado por la siguiente documentación:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Presupuesto de Obra.
5- Plano de Detalle de la Obra.
Correspondientes a la calle que se detalla a continuación:

RED DE CLOACAS
Bv. Ascasubi entre Rio Negro y San Luis (30,10 metros desde Rio Negro hasta parcela 22.), para dotar de servicios a la parcela 22, según plano, artículo 1°. Inc.5 de la presente Ordenanza.
Pasando la mencionada documentación a formar parte de la presente Ordenanza. -

Artículo 2°: DECLARASE de utilidad pública y de obligatoriedad de pago general de los trabajos para la Ampliación de la Red de Colectores Cloacales en las calles que se detallan en la presente Ordenanza, a la señora Elba Susana Bianucci.

Artículo 3°: DISPONESE la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Cloacas se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes. -

Artículo 4°: La Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda.-

Artículo 5°: El pago de la obra será a cargo exclusivamente de la señora Elba Susana Bianucci, es decir la totalidad de los materiales y mano de obra, pasando a formar parte de la red existente municipal. -

Artículo 6°: El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza. -

Artículo 7°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese. -

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.