Digesto Concejo Deliberante Bell Ville

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Ordenanzas


Asunto: 2020-3150

Fecha presentación: 01/10/2020

Código Ord.: 2020-2377

Fecha sanción: 08/10/2020

Código Decreto promulagación: 0

Fecha promulgación: 08/10/2020

Título: RED DE AGUA SR. ASCUA JORGE ARIEL

Resumen: APRUÉBESE la solicitud realizada por Sr. Ascúa Jorge Ariel D.N.I. 14.165.967, referida a la ampliación de la red de Agua ubicada en calle Pio Angulo (entre M. Malharro y R. Gorordo). Presentado por el DEM, el día 01/10/2020, bajo el nro. 3150/2020.

Estado: Vigente

Autor:

ConcejalBloque
.D.E.M.D.E.M.


Texto completo:
FUNDAMENTOS

Que mediante nota de fecha 18 de Septiembre de 2020, el Sr.Ascúa Jorge Ariel D.N.I. 14.165.967 solicita en su carácter de propietario del inmueble ubicado en calle Pio Angulo (entre M. Malharro y R. Gorordo) nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 012 – Parc. 025, la ejecución de la extensión de cañería Red de Agua a fin de dotar de dicho servicio a la propiedad antes mencionada. -
Que la referida ampliación no tendrá costo alguno para el Municipio, ya que dicho gasto será afrontado de manera total por el solicitante; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red de Agua pasará a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad. -

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N°2377 /2020

Artículo 1°:APRUÉBESE la solicitud realizada por Sr. Ascúa Jorge Ariel D.N.I. 14.165.967, referida a la ampliación de la red de Agua ubicada encalle Pio Angulo (entre M. Malharro y R. Gorordo) nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 012 – Parc. 025, a fin de dotar del servicio a dicha parcela.-

Artículo 2°:TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n°517/2020 de fecha 30/09/2020, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Contrato de Obra.
5- Plano de Detalle de la Obra.

Artículo 3°:DECLÁRESEde utilidad pública la presente ampliación de red de Agua referenciada en el Articulo 1 y en consecuencia pase a formar parte de la red cloacal municipal. -

Artículo 4°:ESTABLÉZCASEque el pago de la obra, estará a cargo del Sr. Ascúa Jorge Ariel en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios. -

Artículo 5°:DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Agua se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes. -

Artículo 6°:ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda -CUIT n°30-66824965-1.-

Artículo 7°: El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza. -

Artículo 8°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBREDEL AÑO DOS MIL VEINTE.